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	<title>Publicaciones &#8211; ODGS</title>
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	<description>Observatorio de Derechos Humanos y Gasto Social</description>
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	<title>Publicaciones &#8211; ODGS</title>
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	<item>
		<title>Transparencia y control ciudadano: Los retos del Presupuesto 2026 para Guatemala</title>
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		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Nov 2025 16:23:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Análisis gasto social]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Transparencia y control ciudadano: Los retos del Presupuesto 2026 para Guatemala" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/transparencia-y-control-ciudadano-los-retos-del-presupuesto-2026-para-guatemala/#more-4751" aria-label="Leer más sobre Transparencia y control ciudadano: Los retos del Presupuesto 2026 para Guatemala">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Análisis del Presupuesto 2026</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2026, aprobado mediante el Decreto Número 27-2025, asciende a un monto total de <strong>Q. 163,469,328,657.00</strong>, normativa aprobada en horas de la madrugada de este miércoles 26 de noviembre, con 139 votos a favor y 11 en contra.<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a></p>



<p class="wp-block-paragraph">Este instrumento financiero refleja una política fiscal, que busco “equilibrar” la rigidez del gasto de funcionamiento y deuda, pero con una ENORME apuesta significativa por la inversión pública descentralizada, como estrategia de agilizar la inversión en los territorios con la justificación de las exigencias de la población se vieran convertidas en una diversidad de obras, utilizando para tal efecto a los Consejos de Desarrollo (CODEDES) como el principal brazo ejecutor, un tema que en los últimos meses ha causado mucha polémica debido a los diversos mecanismos oscuros y personajes de dudosa reputación quienes serán los encargados de ejecutar dichos fondos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ahora bien centraremos este resumen áreas fundamentales como los <strong>Ingresos</strong>; de qué forma se financiará el presupuesto como sus diversas fuentes, también la estructura de <strong>Egresos</strong>, es decir como se gastarán las diversas entidades públicas dichos fondos, y detalles como el fondo otorgado a CODEDES y los sectores de Seguridad y Sistema de Justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Datos clave para iniciar:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Monto total aprobado:</strong> Q163.47 millardos.</li>



<li><strong>Estructura del Gasto:</strong>
<ul class="wp-block-list">
<li>El <strong>66%</strong> se destina a Funcionamiento,</li>



<li>el <strong>21%</strong> a Inversión y</li>



<li>el <strong>13%</strong> al pago de la Deuda Pública.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Déficit / Financiamiento:</strong> Aproximadamente el <strong>22.4%</strong> del presupuesto se financia <strong>con deuda</strong> (bonos y préstamos) y el uso de saldos de caja.</li>
</ul>



<p class="has-00-c-4-ce-color has-text-color has-link-color wp-elements-48dc7cab605b652925cc224f49837180 wp-block-paragraph"><em>Con este porcentaje estamos diciendo técnicamente que: de cada <strong>Q. 1.00</strong> que el Estado gastará en 2026, <strong>22 centavos</strong> no existen en la recaudación de impuestos del año. Esos 22 centavos se consiguen pidiendo prestado (emitiendo Bonos o préstamos bancarios) o «rascando la olla» de ahorros viejos (Saldos de Caja).</em></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>CODEDES:</strong> Reciben una asignación histórica que supera los <strong>Q10.8 millardos.</strong></li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Fuentes de financiamiento – Ingresos &#8211;</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El presupuesto se sustenta o su base de financiamiento principal es la recaudación tributaria, aunque mantiene una dependencia del endeudamiento que utilizan para cubrir el déficit fiscal y la inversión.</p>



<figure class="wp-block-table aligncenter is-style-stripes"><table><thead><tr><th class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Fuente de Financiamiento</strong></th><th><strong>Monto (Q)</strong></th><th><strong>% del Total</strong></th><th><strong>Descripción</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Ingresos Corrientes</strong></td><td><strong>126,800,287,853.00</strong></td><td><strong>77.57%</strong></td><td>Principalmente impuestos directos e indirectos.</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ingresos Tributarios</td><td>119,762,800,000.00</td><td>73.26%</td><td>Recaudación de ISR, IVA, ISO, entre otros.</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">No Tributarios y Transferencias</td><td>7,037,487,853.00</td><td><em>4.31%</em></td><td>Tasas, derechos y arrendamientos.</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Ingresos de Capital</strong></td><td><strong>51,209,000.00</strong></td><td><strong>0.03%</strong></td><td>Venta de activos y recuperación de capital.</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Fuentes Financieras</strong></td><td><strong>36,617,831,804.00</strong></td><td><strong>22.40%</strong></td><td>Endeudamiento y uso de saldos.</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Bonos del Tesoro (Int<em>erna)</em></td><td>25,598,900,000.00</td><td>15.66%</td><td>Colocación de deuda bonificada a largo plazo.</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Préstamos Externos</td><td>5,601,837,000.00</td><td>3.43%</td><td>Financiamiento de organismos internacionales.</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Disminución de Caja</td><td>5,417,094,804.00</td><td>3.31%</td><td>Utilización de ahorros de ejercicios anteriores.</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Total</strong></td><td><strong>163,469,328,657.00</strong></td><td><strong>100.00%</strong></td><td></td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Egresos por entidad pública</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La distribución institucional muestra que la mayor parte de los recursos se concentra en las obligaciones a cargo del tesoro (transferencias) y en el sector educación.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Entidades con mayor asignación:</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Obligaciones del estado a cargo del tesoro:</strong> <strong>Q. 62,167,873,972</strong>.00 (38.0% del total). Incluye el aporte constitucional a municipalidades, aportes a CODEDES, clases pasivas y subsidios diversos.</li>



<li><strong>Ministerio de educación (MINEDUC):</strong> <strong>Q. 26,941,500,000</strong>.00 (16.5% del total).</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph">Destinado mayoritariamente al rubro de funcionamiento (pago de nómina), con una asignación de Q26,688 millones para gastos operativos.</p>



<ol start="3" class="wp-block-list">
<li><strong>Servicios de la deuda pública:</strong> <strong>Q. 21,368,706,634</strong>.00 (13.1% del total).</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph">Representando el costo financiero de la deuda (intereses y amortizaciones), constituyendo una carga fija relevante.</p>



<ol start="4" class="wp-block-list">
<li><strong>Ministerio de Salud (MSPAS):</strong> <strong>Q. 16,537,678,000</strong>.00 (10.1% del total).</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph">Contempla Q1,497 millones para inversión en infraestructura hospitalaria y centros de salud.</p>



<ol start="5" class="wp-block-list">
<li><strong>Ministerio de Gobernación:</strong> <strong>Q. 9,560,355,600</strong>.00 (5.8% del total).</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Otras entidades relevantes:</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Ministerio de Comunicaciones (CIV):</strong> Q7,061,667,692.00 a pesar de ser el ente rector de la infraestructura, su presupuesto es menor comparado con la suma de fondos descentralizados, además de estar envuelto en mucha polémica por las críticas a la baja inversión en mantenimiento de la red vial y la creación de más kilómetros nuevos de esta.</p>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes has-small-font-size"><table class="has-fixed-layout"><thead><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Institución</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Presupuesto total</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Funcionamiento</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Inversión</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Deuda pública</strong></td></tr></thead><tbody><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Presidencia de la República</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 246,000,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 243,750,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;&nbsp;&nbsp;2,250,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Relaciones Exteriores</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 1,250,400,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 1,233,620,093.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 16,779,907.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Gobernación</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 9,560,355,600.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 8,945,945,081.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;614,410,519.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de la Defensa Nacional</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 4,720,904,550.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 4,597,175,802.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;123,728,748.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Finanzas Públicas</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 590,282,343.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 542,469,042.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 47,813,301.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Educación</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 26,941,500,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 26,688,804,226.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;252,695,774.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 16,537,678,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 15,040,256,114.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 1,497,421,886.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Trabajo y Previsión Social</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 2,110,000,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 2,091,575,843.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 18,424,157.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Economía</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 640,772,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 569,842,865.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 70,929,135.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 2,130,769,200.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 1,849,781,550.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;280,987,650.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 7,061,667,692.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 3,807,489,862.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 3,254,177,830.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Energía y Minas</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 264,992,366.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 263,034,966.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;&nbsp;&nbsp;1,957,400.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Cultura y Deportes</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 1,030,000,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 899,448,610.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;130,551,390.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Secretarías y Otras Dependencias del Ejecutivo</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 2,163,483,300.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 2,077,959,052.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 85,524,248.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 343,943,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 327,065,679.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 16,877,321.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 62,167,873,972.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 34,679,443,437.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 27,488,430,535.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Servicios de la Deuda Pública</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 21,368,706,634.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 21,368,706,634.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio de Desarrollo Social</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 4,100,000,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 3,933,404,922.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;166,595,078.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Procuraduría General de la Nación</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 240,000,000.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 231,341,600.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. &nbsp;&nbsp;&nbsp;8,658,400.00</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 0.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Total</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Q. 163,469,328,657.00</strong><strong></strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Q. 108,022,408,744.00</strong><strong></strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Q. 34,078,213,279.00</strong><strong></strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Q. 21,368,706,634.00</strong><strong></strong></td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDES)</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Los CODEDES “asumen” o les designan un rol protagónico en el presupuesto 2026, administrando y gestionando una porción sustancial de la inversión pública, los fondos asignados para este ejercicio fiscal se desglosan de la siguiente manera:</p>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table class="has-fixed-layout"><thead><tr><th class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Descripción</strong></th><th class="has-text-align-left" data-align="left"><strong>Monto</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Aporte IVA-PAZ:</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 4,491,416,000.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Aporte extraordinario:</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 6,312,100,000.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Aporte FONPETROL</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 17,913,000.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Total CODEDES</strong></td><td class="has-text-align-left" data-align="left"><strong>Q. 10,821,429,000.00</strong></td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Los CODEDES administrarán el <strong>31.7%</strong> del total de la Inversión Pública del país. Este porcentaje significa o implica que una tercera parte de los recursos para infraestructura (escuelas, caminos rurales, agua y saneamiento) será ejecutada por el sistema de Consejos de Desarrollo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Decreto incluye disposiciones que buscan en el mejor de los casos asegurar la continuidad de obras (obras de arrastre) y de igual manera ordena la regularización de saldos ociosos en las cuentas únicas del tesoro, buscando mayor eficiencia en el gasto.</p>



<p class="has-00-c-4-ce-color has-text-color has-link-color wp-elements-3b6143a0781b37097af50f4210a4abab wp-block-paragraph"><em>Pero que quiere decir todo esto, que Q. <strong>1.00 de cada Q. 3.00</strong> destinados a construir escuelas, caminos rurales o sistemas de agua, será ejecutado por el sistema de Consejos de Desarrollo y no por los ministerios centrales.</em></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Regulaciones o modificación críticas en el presupuesto:</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Cuentas corrientes (Art. 53):</strong> Se ordena una «limpieza» de las cuentas únicas del tesoro de los CODEDES, en donde los fondos “ociosos” de proyectos sin movimiento al 31 de diciembre de 2023 serán debitados y devueltos al fondo común.</li>



<li><strong>Continuidad de obras (Art. 54):</strong> Se autoriza ampliar el presupuesto para incorporar saldos no ejecutados de años anteriores (obras de arrastre) para evitar obras inconclusas, con un plazo límite al 31 de enero de 2026 para solicitar modificaciones.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Monto asignado a CODEDES por departamento</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img data-dominant-color="615937" data-has-transparency="true" style="--dominant-color: #615937;" fetchpriority="high" decoding="async" width="886" height="793" sizes="(max-width: 886px) 100vw, 886px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/11/image-2.webp" alt="" class="wp-image-4756 has-transparency" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/11/image-2.webp 886w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/11/image-2-300x269.webp 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/11/image-2-768x687.webp 768w" /></figure>
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<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img data-dominant-color="d7e7d3" data-has-transparency="false" decoding="async" width="889" height="612" sizes="(max-width: 889px) 100vw, 889px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/11/image-1.webp" alt="" class="wp-image-4755 not-transparent" style="--dominant-color: #d7e7d3; width:960px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/11/image-1.webp 889w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/11/image-1-300x207.webp 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/11/image-1-768x529.webp 768w" /></figure>
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<p class="has-219-ebc-color has-text-color has-link-color wp-elements-a083bfc22db44b583d6ed641f9202839 wp-block-paragraph">Otro de los temas prioritarios para la población es saber <strong><em>¿Cuánto es el monto asignado a los sectores de Justicia y Seguridad ciudadana.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Podemos iniciar con la <strong>Seguridad Ciudadana</strong>, en donde el ente rector es el que recibe la mayor asignación individual dentro de este bloque, reflejando cuales son las prioridades del poder del Ejecutivo en materia de control territorial y la prevención del delito.</p>



<figure class="wp-block-table"><table class="has-fixed-layout"><tbody><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Institución</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Monto Aprobado (Q)</strong></td><td><strong>Observaciones</strong></td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Ministerio de Gobernación (MINGOB)</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Q. 9,560,355,600.00</td><td>Este monto cubre a la Policía Nacional Civil (PNC), el Sistema Penitenciario y labores de inteligencia civil, principalmente así como el resto de las unidades ejecutoras de dicho ministerio.</td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Detalle del gasto en seguridad:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Funcionamiento: Q. 8,945,945,081.00 <strong>(93.6% del presupuesto de MINGOB se va en salarios y operación).</strong></li>



<li>Inversión: Q. 614,410,519.00 (<strong>Destinado a comisarías, equipo y tecnología).</strong></li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Ahora otro de los sectores controversiales en la coyuntura nacional es el <strong>Sector Justicia<a href="#_ftn2" id="_ftnref2"><strong>[2]</strong></a></strong> y las instituciones que conforman dicho sistema. El modo de que se financia a las instituciones de dicho sector es más complejo, ya que se distribuye entre aportes constitucionales y asignaciones extraordinarias provenientes de las «Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro», además que dependerá de que instituciones se consideran como parte de dicho sistema.</p>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table class="has-fixed-layout"><thead><tr><th class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Institución</strong></th><th class="has-text-align-left" data-align="left"><strong>Monto Aprobado (Q)</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Organismo Judicial (OJ)</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 3,688,819,000.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Ministerio Público (MP)</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 3,221,648,957.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP)</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 418,000,000.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Corte de Constitucionalidad (CC)</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 278,565,000.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Secretaria Ejecutiva de la Instancia Coordinadora del Sector Justicia (SEICMSJ)</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 16,000,000.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH)</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 1,247,400.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala (INACIF)</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 357,943,151.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right">Instituto y Atención a la Victima del Delito</td><td class="has-text-align-left" data-align="left">Q. 65,000,000.00</td></tr><tr><td class="has-text-align-right" data-align="right"><strong>Total estimado</strong></td><td class="has-text-align-left" data-align="left"><strong>Q. 8,047,223,508.00</strong></td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><em><strong>Ahora bien de estos 2 sectores se puede realizar un análisis comparativo:</strong></em></p>



<p class="has-00-c-4-ce-color has-text-color has-link-color wp-elements-726f1d6ec9f366f73af27997d9ca99b3 wp-block-paragraph"><em>Se evidencia un desbalance operativo, con esto nos referimos en que por cada <strong>Q. 1.00 que el Estado invierte en Justicia</strong> (Investigación y juzgamiento), <strong>invierte aproximadamente Q. 1.25 quetzales en Seguridad</strong> (Prevención del delito y captura de delincuentes).</em></p>



<p class="wp-block-paragraph">Igualmente se identifican procesos poco rígidos, le denominamos rígidos o estáticos, debido a que ambos sectores presentan una altísima rigidez presupuestaria, por ejemplo en el caso del Ministerio de Gobernación, solo el 6.4% de su presupuesto es para inversión real, lo que limita la implementación de acciones que busquen la modernización de cárceles, comisarías y demás áreas vinculadas con la prevención del delito y ataque de estructuras criminales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Alta nivel de dependencia, esto debido que a diferencia del Ministerio de Gobernación quien tiene un presupuesto propio, caso contrario al sector justicia y entidades que lo conforman depende enteramente de las transferencias de las Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, lo que suele generar tensiones de flujo de caja si la recaudación fiscal baja, además de los movimientos políticos para recibir más o que ya en la etapa de ejecución del presupuesto se gestiones transferencias presupuestarias o modificaciones al mismo haciendo que también dependa de otros factores como el componente político.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Y también como un dato relevante del presupuesto a hacer mención, es la asignación de 16 millones a la <strong><em>Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (SENABED)</em></strong>, entidad clave para monetizar los bienes incautados al crimen organizado y reinvertirlos en el mismo sector justicia y seguridad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ya para finalizar, podemos expresar que el Presupuesto 2026 fue aprobado refleja tensiones políticas, denuncias de sus negociaciones oscuras y viejas prácticas de ser aprobado bajo negociaciones y en horas de noche, bajo nivel de inclusión de las propuestas populares que exigían más atención a sus exigencias y necesidades, una fuerte e intensa presión estructural y si a esto le adherimos las nuevas prioridades políticas del contexto inestable y cambiante de Guatemala, harán que su ejecución se de en un entorno que sin duda alguna estará caracterizado por los siguientes factores que consideramos críticos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El reto de la descentralización como estrategia de inversión, y la apuesta del Ejecutivo por los CODEDES,</strong> esto debido a que al asignar montos históricos a los Consejos de Desarrollo, el Gobierno Central apuesta por dinamizar la inversión pública «municipalizando» la ejecución. Acto que en un escenario ideal, puede o debería en el mejor de los casos agilizar la obra pública en las comunidades; sin embargo, plantea desafíos inmensos en materia de capacidad técnica, fiscalización, corrupción, cero mecanismos para rendiciones de cuentas y riesgo latente de que llegue a un punto de politización de los recursos en un año pre-electoral. Pero este sería tan solo uno de los factores a contemplar en esta área en específico, otro aspecto fundamental es la calidad de la infraestructura creada, ya que esta dependerá enteramente de controles que históricamente han sido laxos; por no decir corruptos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El tema de la rigidez fiscal extrema</strong>, o dependencia de ingresos fiscales, el margen de maniobra que le queda al Estado es mínimo, esto debido a que al sumar los gastos de funcionamiento (nóminas) y el servicio de la deuda, cerca del <strong>79% del presupuesto ya está comprometido</strong> en gastos operativos y financieros ineludibles. Esto ha obligado a financiar la nueva inversión pública casi exclusivamente mediante deuda (Bonos del Tesoro), como una práctica histórica que se implementa desde el Ministerio de Finanzas Públicas (MINFIN), lo cual, si bien permite la expansión del gasto, incrementa la presión sobre la sostenibilidad fiscal a mediano plazo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ahora si nos enfocamos en temas de <strong>seguridad y justicia</strong> el presupuesto pareciera evidenciar una prioridad financiera enfocada o dirigida en la contención del delito sobre su judicialización. Mientras el Ministerio de Gobernación recibe una asignación robusta de <strong>Q. 9,5 millardos</strong> para seguridad ciudadana y control territorial, el sector justicia en su conjunto suma aproximadamente <strong>Q. 8 millardos</strong>. Como se hizo mención anteriormente este desbalance operativo de invertir Q1.25 en seguridad por cada Q1.00 en justicia, también trata de sugerir un fortalecimiento de la fuerza policial, pero advierte un posible «cuello de botella» en la capacidad del Estado para investigar y procesar judicialmente los delitos, agravado por la dependencia de estas entidades a las transferencias del Tesoro y sus limitados recursos para nueva inversión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En términos que también nos preocupan están la <strong>transparencia y calidad del gasto, </strong>la cual compartirnos con una buena parte de la ciudadanía, por esta especia de epidemia crónica de corrupción que se ha mantenido a lo largo del tiempo a lo interno de la institucionalidad gubernamental, este presupuesto busca incorporar normas de «calidad del gasto» más estrictas, exigiendo informes cuatrimestrales de avance físico y financiero en formatos de datos abiertos, que puedan facilitar la auditoria social informada.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En el artículo 39, obliga a crear espacios ciudadanos de transparencia, obliga a todas las instituciones públicas y ONGs (nacionales o internacionales) que reciban fondos del Estado a crear mecanismos o espacios de transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana en una especie de mecanismo de «gobierno abierto» bajo las siguientes reglas o condiciones: <strong>a)</strong> qué deben presentar, no solo la ejecución financiera (gastos), sino el cumplimiento de metas, resultados físicos y cantidad de personas beneficiadas cada cuatro meses. <strong>b)</strong> implementar mecanismos de reuniones presenciales, virtuales o híbridas, difundidas por redes sociales y páginas web, <strong>c)</strong> mantener espacios permanentes de interacción con la ciudadanía con el objetivo explícito que esta cuestione, aporte y formule preguntas directamente a los responsables. Y <strong>d)</strong> realizar una evaluación obligatoria, al finalizar cada espacio ciudadano, las entidades públicas deben realizar una encuesta de satisfacción a los participantes y publicar los resultados para medir oportunidades de mejora.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El éxito de la gestión dependerá de que estos candados legales no sean burlados en la práctica administrativa, y que los procesos de auditoria gubernamental como de sociedad civil no tengan efecto algo frente a estructuras del crimen organizado dedicadas a nutrirse de fondos públicos por medio del otorgamiento de contratos de obra pública.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El estado ahora tiene una buena cantidad de presupuesto el cual se perfila como “expansivo” o “novedoso” por su forma de inversión descentralizada pero débil ante intereses espurios, sectoriales, políticos y de estructuras dedicadas al saqueo del erario. Para el gobierno del Presidente Arévalo el éxito a nuestro criterio dependerá de tres pilares: 1) la capacidad de ejecución transparente de los fondos, por ejemplo el de los CODEDES , 2) la eficiencia del gasto en seguridad para reducir la incidencia criminal, y 3) el cumplimiento de las metas de recaudación tributaria para evitar un mayor endeudamiento.</p>


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<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> <a href="https://lahora.gt/nacionales/dguzman/2025/11/26/con-139-votos-a-favor-y-11-en-contra-asi-voto-el-congreso-para-aprobar-el-presupuesto-general-2026/">https://lahora.gt/nacionales/dguzman/2025/11/26/con-139-votos-a-favor-y-11-en-contra-asi-voto-el-congreso-para-aprobar-el-presupuesto-general-2026/</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> <a href="https://www.youtube.com/watch?v=ODXUutm3j5M">https://www.youtube.com/watch?v=ODXUutm3j5M</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Un nuevo paradigma de seguridad nacional y sus desafíos: Ley contra maras en Guatemala</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/un-nuevo-paradigma-de-seguridad-nacional-y-sus-desafios-ley-contra-maras-en-guatemala/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Oct 2025 17:32:52 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Seguridad]]></category>
		<category><![CDATA[Violencia crónica]]></category>
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		<category><![CDATA[Yonni Aguilar]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Un nuevo paradigma de seguridad nacional y sus desafíos: Ley contra maras en Guatemala" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/un-nuevo-paradigma-de-seguridad-nacional-y-sus-desafios-ley-contra-maras-en-guatemala/#more-4691" aria-label="Leer más sobre Un nuevo paradigma de seguridad nacional y sus desafíos: Ley contra maras en Guatemala">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar  &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph">El desafío que representan las maras y pandillas para la seguridad ciudadana y la estabilidad del Estado en Guatemala ha motivado la promulgación de la <strong>«Ley para el Combate Frontal de los Grupos Delictivos» (Decreto 11-2025)</strong>. Esta legislación no es una simple reforma, sino busca convertirse en un instrumento legal que logre por fin una redefinición fundamental de la estrategia estatal frente al crimen organizado. Al reclasificar a estas estructuras como amenazas terroristas, la ley articula un nuevo marco jurídico-operativo diseñado para ser más severo y coordinado. El propósito de este análisis es desglosar los componentes estratégicos de esta nueva legislación, examinando sus implicaciones y la arquitectura institucional diseñada para su implementación, ofreciendo una perspectiva clara, en la espera de su entrada en vigor y monitorear en el corto y mediano plazo sus principales resultados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Decreto 11-2025 se articula sobre dos pilares que modifican radicalmente el abordaje del Estado guatemalteco hacia las pandillas.</p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Objetivo Principal y Nuevo Marco Jurídico</strong>: conforme a su Artículo 1, el objetivo central de la ley es establecer un marco jurídico integral para la identificación, designación y tratamiento de las maras. Esto no solo busca fortalecer el combate a sus actividades delictivas, sino también regular las consecuencias operativas de su nueva designación y ordenar la creación de centros penitenciarios de máxima seguridad, sentando las bases para una política de seguridad de carácter excepcional.</li>



<li><strong>Designación de Maras como Grupos Terroristas</strong>: el cambio más trascendental es la declaración de las maras como «grupos criminales organizados transnacionales y terroristas» (Artículo 2). Esta medida representa un cambio de paradigma: transforma el problema de una cuestión de delincuencia común a una amenaza para la seguridad nacional. Esta recalificación justifica la movilización de recursos y capacidades tradicionalmente reservadas para amenazas de mayor envergadura, como el apoyo militar en operaciones de seguridad interior, una cooperación de inteligencia internacional más robusta y la aplicación de un marco punitivo considerablemente más agresivo.</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph">La ley designa explícitamente a la <strong>Mara Salvatrucha (MS)</strong> y al <strong>Barrio Dieciocho (18)</strong>, y establece un mecanismo jurídico para futuras designaciones, que requerirán una solicitud del Ministerio Público y una resolución de la Corte Suprema de Justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Decreto modifica sustancialmente la legislación existente para erigir un andamiaje legal más estricto y con menos fisuras procesales, para el fortalecimiento del marco punitivo</p>



<p class="wp-block-paragraph">La ley implementa un endurecimiento punitivo con un doble enfoque. Por un lado, ataca directamente las actividades centrales que sostienen a las pandillas; por otro, crea un agravante general que establece una vía judicial más severa para cualquier miembro de un grupo designado.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Ley Contra la Delincuencia Organizada: </strong>Se tipifica el reclutamiento ilícito de menores de edad (Artículo 6), una de las principales fuentes de crecimiento de las maras. Adicionalmente, se eleva la pena para la obstrucción extorsiva de tránsito (Artículo 5), impactando directamente una de sus fuentes de financiamiento.</li>



<li><strong>Código Penal: </strong>Se incrementan las penas para delitos clave como la extorsión (Artículo 10) y la usura (Artículo 11). De manera crucial, la ley establece un agravante específico: las penas se aumentan en una tercera parte si los delitos son cometidos por integrantes de maras designadas (Artículos 10 y 12).</li>



<li><strong>Código Procesal Penal:</strong> Se prohíbe explícitamente otorgar medidas sustitutivas para delitos como extorsión y reclutamiento ilícito de menores (Artículo 13). En la práctica, esto significa que se elimina la posibilidad de arresto domiciliario o libertad bajo fianza para estos delitos graves, cerrando un vacío procesal que históricamente permitía a los líderes de estas estructuras seguir operando mientras esperaban juicio.</li>
</ul>



<figure class="gb-block-image gb-block-image-8492a9ea"><img decoding="async" width="547" height="472" class="gb-image gb-image-8492a9ea" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/10/visual-selection-12-1.webp" alt="" title="_- visual selection (12)" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/10/visual-selection-12-1.webp 547w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/10/visual-selection-12-1-300x259.webp 300w" sizes="(max-width: 547px) 100vw, 547px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Reforzamiento del control intra-carcelario: </strong>reconociendo que las prisiones han funcionado como centros de mando, la ley introduce reformas para desmantelar esta capacidad operativa. Según los Artículos 7 y 8, se prohíbe el ingreso y uso de tecnologías como drones y receptores de señal de internet, y se ordena la creación de una base de datos de reclusos en un plazo de tres meses. Este registro deberá incluir la pertenencia específica a una mara o pandilla, una herramienta clave para la inteligencia penitenciaria y la gestión de riesgos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Un enfoque interinstitucional: </strong>la eficacia que se busca este Decreto en el corto y mediano plazo no reside únicamente en su marco punitivo, sino en su arquitectura o estrategia de implementación, la cual distribuye responsabilidades operativas y estratégicas a lo largo de todo el aparato estatal. Este diseño refleja el reconocimiento de que el problema de las maras no es solo criminal, sino también financiero, social e internacional. La ley transita de un modelo policial-céntrico o concentrado en un solo ente a una estrategia de «gobierno en su conjunto», involucrando a ministerios de finanzas, relaciones exteriores, defensa y desarrollo social, entre otros. La siguiente tabla resume esta distribución de responsabilidades.</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Tabla 1: Responsables de la Implementación</strong></p>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table class="has-fixed-layout"><thead><tr><th><strong>Responsable</strong></th><th><strong>Función o Tarea Clave</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td><strong>Ministerio de Gobernación</strong></td><td>Lidera la ejecución operativa. Adquisición de equipo, redespliegue de unidades especiales (DIPANDA, CAT) y construcción de centros de máxima seguridad.</td></tr><tr><td><strong>Ministerio Público (MP)</strong></td><td>Solicitar ante la Corte Suprema la designación de nuevos grupos como terroristas y dirigir la investigación y persecución penal.</td></tr><tr><td><strong>Corte Suprema de Justicia</strong></td><td>Designar formalmente a los grupos terroristas y ampliar la competencia de los&nbsp;<strong>Jueces de Mayor Riesgo</strong>&nbsp;para que conozcan estos casos.</td></tr><tr><td><strong>Dirección del Sistema Penitenciario</strong></td><td>Crear la base de datos de reclusos, adecuar instalaciones con videoconferencias y gestionar los nuevos centros de máxima seguridad.</td></tr><tr><td><strong>Ministerio de la Defensa Nacional</strong></td><td>Apoyar con acciones coordinadas al Ministerio de Gobernación para recuperar el orden y seguridad en territorios afectados.</td></tr><tr><td><strong>Ministerio de Finanzas Públicas</strong></td><td>Realizar las ampliaciones presupuestarias necesarias para la construcción de infraestructura penitenciaria.</td></tr><tr><td><strong>Consejo Nacional de Seguridad</strong></td><td>Recomendar estrategias complementarias para el combate de estas organizaciones.</td></tr><tr><td><strong>Contraloría General de Cuentas</strong></td><td>Realizar auditoría concurrente a las adquisiciones de equipo táctico para garantizar transparencia.</td></tr><tr><td><strong>Ministerio de Relaciones Exteriores</strong></td><td>Fortalecer la cooperación internacional en inteligencia, seguridad y procedimientos de extradición.</td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Mapeo de Reformas Legislativas</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El Decreto impacta transversalmente el ordenamiento jurídico guatemalteco. La siguiente tabla sintetiza las principales leyes modificadas y la naturaleza de los cambios introducidos.</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Tabla 2: Lista de Leyes Modificadas por el Decreto 11-2025</strong></p>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table class="has-fixed-layout"><thead><tr><th><strong>Ley Modificada</strong></th><th><strong>Decreto Original</strong></th><th><strong>Cambios Principales Introducidos</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td><strong>Ley Contra la Delincuencia Organizada</strong></td><td>Decreto Número 21-2006</td><td>•&nbsp;<strong>Incluye a las maras y pandillas</strong>&nbsp;en la lista de organizaciones delictivas.<br>•&nbsp;<strong>Agrega nuevos delitos</strong>&nbsp;a su ámbito de aplicación (reclutamiento de menores, extorsión, etc.).<br>•&nbsp;<strong>Crea nuevos tipos penales</strong>: «Obstrucción Extorsiva de Tránsito» y «Reclutamiento Ilícito de Menores».</td></tr><tr><td><strong>Ley del Régimen Penitenciario</strong></td><td>Decreto Número 33-2006</td><td>•&nbsp;<strong>Prohíbe</strong>&nbsp;el ingreso de equipos de comunicación (internet, drones) a los centros penitenciarios.<br>•&nbsp;<strong>Obliga a crear una base de datos</strong>&nbsp;nacional de reclusos, identificando su afiliación a maras.</td></tr><tr><td><strong>Código Penal</strong></td><td>Decreto Número 17-73</td><td>•&nbsp;<strong>Agrava las penas</strong>&nbsp;(en un tercio) para delitos cometidos por pandilleros, como&nbsp;<strong>extorsión</strong>.<br>• Tipifica el delito de&nbsp;<strong>usura</strong>&nbsp;y establece la expulsión de extranjeros que lo cometan.<br>• Aumenta las penas para el delito de&nbsp;<strong>coacción</strong>&nbsp;cuando la víctima es un privado de libertad.</td></tr><tr><td><strong>Código Procesal Penal</strong></td><td>Decreto Número 51-92</td><td>•&nbsp;<strong>Restringe las medidas sustitutivas</strong>&nbsp;(como la prisión preventiva condicional) para delitos graves como extorsión y reclutamiento de menores, impidiendo que los acusados queden en libertad.</td></tr><tr><td><strong>Ley de Contrataciones del Estado</strong></td><td>Decreto Número 57-92</td><td>•&nbsp;<strong>Excepciona</strong>&nbsp;la compra de equipo táctico (por Q200 millones) de los procedimientos regulares de contratación pública, para agilizar el proceso.&nbsp;<strong><em>(Modificación indirecta/derogación parcial temporal)</em></strong></td></tr><tr><td><strong>Ley Orgánica del Presupuesto</strong></td><td>Decreto Número 101-97</td><td>•&nbsp;<strong>Faculta readecuaciones presupuestarias</strong>&nbsp;y ampliaciones para financiar la construcción de centros de máxima seguridad y la com</td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Esta nueva Ley representa un cambio de paradigma en la estrategia de seguridad de Guatemala, al designar a las maras como organizaciones terroristas, el Estado adopta formalmente una postura de «combate frontal», trasladando el enfoque desde la delincuencia común hacia una amenaza a la seguridad nacional. Esta ley no se limita a endurecer penas; articula una estrategia integral que combina el fortalecimiento punitivo con una compleja arquitectura de coordinación interinstitucional, recuperación territorial y modernización de las fuerzas de seguridad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, el éxito de esta ambiciosa legislación dependerá de superar desafíos significativos, como garantizar la sostenibilidad fiscal de sus medidas, fortalecer la capacidad judicial para procesar un mayor volumen de casos complejos y, fundamentalmente, asegurar la correcta implementación operativa, y desarticular aquellas estructuras delincuenciales y de corrupción que se encuentran a lo interno del Ministerio de gobernación, Policía Nacional Civil y Sistema penitenciario, ese será el principal reto, que en el corto plazo también este crimen organizado desde la función publica sea desarticulado.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De tal cuenta que el verdadero indicador de su eficacia no será únicamente el número de capturas, la construcción de la cárcel de máxima seguridad, o el adquirir el equipamiento más actualizado, sino la capacidad del Estado para ejecutar la sofisticada coordinación que la propia ley demanda, todo ello manteniendo, como lo exige el texto legal, el «pleno respeto a los derechos humanos», un equilibrio indispensable para garantizar una justicia efectiva y legítima.</p>


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<figure class="wp-block-video"><video height="1920" style="aspect-ratio: 1080 / 1920;" width="1080" controls src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/10/ley-anti-maras.mp4"></video></figure>

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<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> Comisiones de postulación</p>
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		<item>
		<title>Medidas cautelares en Guatemala: ¿averiguación de la verdad o negación de la justicia?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Jul 2025 20:22:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
		<category><![CDATA[abuso de autoridad]]></category>
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		<category><![CDATA[CICIG Guatemala]]></category>
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		<category><![CDATA[Estado de Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[Impunidad en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[José Rubén Zamora]]></category>
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		<category><![CDATA[justicia penal]]></category>
		<category><![CDATA[medidas cautelares en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio Público Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[prisión preventiva]]></category>
		<category><![CDATA[Reforma Judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Represión Judicial]]></category>
		<category><![CDATA[retardo malicioso]]></category>
		<category><![CDATA[sistema judicial guatemalteco]]></category>
		<category><![CDATA[Virginia Laparra]]></category>
		<category><![CDATA[Yonni Aguilar]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Medidas cautelares en Guatemala: ¿averiguación de la verdad o negación de la justicia?" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/medidas-cautelares-en-guatemala-averiguacion-de-la-verdad-o-negacion-de-la-justicia/#more-4459" aria-label="Leer más sobre Medidas cautelares en Guatemala: ¿averiguación de la verdad o negación de la justicia?">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar  &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Medidas cautelares en Guatemala: ¿averiguación de la verdad o negación de la justicia?</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En teoría, las medidas cautelares están diseñadas para proteger la integridad del proceso penal, evitar la fuga de los acusados o la obstrucción a la justicia, y garantizar los derechos de las víctimas. Pero en la práctica guatemalteca, su uso se ha distorsionado, por el mal uso que algunos actores han hecho de este recurso, cuando lo que debería ser un instrumento para acercarse a la verdad, se convirtieron en un patrón de criminalización por quienes están al frente de instituciones como el Ministerio Público y Organismo Judicial, convirtiéndole en una herramienta para evadirla o, peor aún, para castigar de forma anticipada contra contrarios políticos y económicos.</p>



<p class="has-text-align-left wp-block-paragraph">En el proceso penal guatemalteco, las medidas cautelares son disposiciones judiciales que se toman para asegurar el desarrollo del proceso y la efectividad de una posible sentencia, protegiendo tanto al imputado como a la víctima y a la sociedad. Estas medidas pueden ser de diferente tipo, como arraigo, embargo, secuestro, intervención, o anotación de bienes, y su objetivo principal es garantizar que el acusado esté presente en el juicio, proteger a las partes involucradas y evitar que se obstaculice el proceso.</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Tipos de Medidas Cautelares en Guatemala</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="720" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-11-1024x720.png" alt="" class="wp-image-4468" style="width:929px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-11-1024x720.png 1024w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-11-300x211.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-11-768x540.png 768w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-11.png 1027w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Importancia de las Medidas Cautelares:</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Las medidas cautelares son esenciales para garantizar la efectividad del proceso penal, permitiendo que el proceso se desarrolle normalmente y que la sentencia, en caso de ser condenatoria, pueda ser ejecutada. </li>



<li>Protegen los derechos de las partes involucradas, tanto del imputado como de la víctima, asegurando un juicio justo y evitando daños irreparables. </li>



<li>Contribuyen a la seguridad ciudadana, al evitar que personas peligrosas puedan evadir la justicia o continuar cometiendo delitos</li>
</ul>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Importancia de las Medidas Cautelares</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="523" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-10-1024x523.png" alt="" class="wp-image-4467" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-10-1024x523.png 1024w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-10-300x153.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-10-768x392.png 768w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-10.png 1042w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"></p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">En los últimos años, distintos actores (desde operadores de justicia hasta personas acusadas en casos de alto perfil o impacto) han utilizado una serie de maniobras o estrategias legales para evitar que los procesos avancen. Entre solicitudes de excusa o recusación, recursos repetitivos, amparos fuera de tiempo y otras estrategias, terminan por estancar la justicia. En un país donde la impunidad sigue siendo la norma, este uso abusivo de las medidas cautelares no solo genera frustración, sino que atenta contra el derecho de toda la sociedad a conocer la verdad y a que se haga justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Es de resaltar que las medidas cautelares, son solicitadas por las partes o sujetos procesales, pero en definitiva son autorizadas por el titular (o titulares) del Órgano Jurisdiccional (Juzgado o Tribunal de Sentencia).</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al mismo tiempo, estas medidas se han transformado en instrumentos de represión contra quienes ejercen funciones con independencia o defienden derechos fundamentales. En lugar de proteger el proceso penal, se utilizan para enviar un mensaje de castigo y disuasión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ya lo indico Human Rights Watch en su informe mundial 2024<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a> en el apartado para Guatemala, el Estado de derecho y la independencia judicial han sido gravemente debilitados por medidas impulsadas desde el Congreso, el Ministerio Público y otras autoridades. Estas acciones han obstaculizado la rendición de cuentas por actos de corrupción y han favorecido la impunidad de élites políticas, económicas y militares que han cooptado gran parte del sistema judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Uno de los momentos clave en este retroceso institucional fue la expulsión, en 2019, (tomar en consideración que la CICIG no fue expulsada, lo sucedido fue que su mandato ya no fue renovado por el gobierno de Guatemala, lo que llevó a su salida del país y al cese de actividades) de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), un organismo respaldado por las Naciones Unidas. Esta decisión, tomada por el entonces presidente Jimmy Morales, abrió la puerta a una serie de represalias contra operadores de justicia comprometidos con la lucha contra la corrupción.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La fiscalía (el Ministerio Público (MP)) allanó el domicilio del exfiscal especial contra la impunidad Juan Francisco Sandoval, actualmente en el exilio, así mismo aprehendió a Claudia González, ex mandataria de la CICIG y abogada defensora de jueces y fiscales independientes. Ambos fueron señalados por supuestos delitos de abusos de autoridad relacionados con investigaciones por tráfico de influencias, como la que en 2017 involucró a la ex magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Blanca Stalling.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Como resultado de esta persecución, más de 40 jueces, fiscales y exfuncionarios de la CICIG se habían visto obligados a abandonar el país. Uno de los casos más emblemáticos es el de Virginia Laparra<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>, fiscal anticorrupción, quien en ese momento estaba en prisión cumpliendo una condena de cuatro años por “abuso de autoridad” luego de haber presentado quejas administrativas contra un juez. El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU calificó su detención como arbitraria y exigió su liberación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A este panorama se sumó el nombramiento acelerado y opaco de una nueva Corte Suprema de Justicia por parte del Congreso saliente, cuyo mandato finalizaba en enero de 2024. El proceso estuvo plagado de irregularidades y resultó en la elección de 13 magistrados, varios de los cuales han sido señalados por fiscales de haber participado en delitos como el tráfico de influencias.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero para quienes no somos expertos en el tema cuando se habla de estas herramientas legales siempre queda una pregunta en el tintero <strong>¿Qué son las medidas cautelares y por qué son importantes? </strong>En este punto solo queda por indicar que en el ámbito penal, las medidas cautelares son disposiciones provisionales dictadas por un juez para asegurar la comparecencia del acusado, preservar pruebas o proteger a víctimas y testigos. Pueden ir desde restricciones de movilidad y firma periódica, hasta la más severa: la prisión preventiva (la prisión preventiva no es una medida cautelar, es una medida que busca asegurar la comparecencia del sindicado en un proceso y/o que no influya a posibles testigos u otros sujetos dentro del caso).</p>



<p class="wp-block-paragraph">También es importante resaltar que en la jerarquía constitucional e internacional, y según lo establece elartículo 46 de la Constitución Política de la República indica que los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, ratificados que reconozcan más derechos tienen jerarquía superior a las leyes internas. Esto significa que convenios como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos se aplican directamente en el país, imponiendo estándares internacionales de protección al debido proceso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Resaltamos esto debido a que en el ámbito internacional existen estándares que también regulan su implementación donde los países deben cumplir tres principios fundamentales:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Proporcionalidad</strong>: adecuarse a la gravedad del hecho y a las circunstancias del acusado.</li>



<li><strong>Necesidad</strong>: aplicarse solo si otras medidas menos gravosas no son suficientes.</li>



<li><strong>Temporalidad</strong>: durar lo estrictamente necesario para evitar abusos.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">En Guatemala, el Código Procesal Penal recoge estos principios. No obstante, su aplicación práctica dista mucho de lo que dicta la norma. De ser un mecanismo para proteger la justicia, las medidas cautelares están siendo usadas como instrumentos de castigo, incluso antes de un juicio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Estas medidas han pasado de ser una herramienta procesal a castigo anticipado, uno de los principales abusos en nuestro sistema de justicia, es el uso excesivo y prolongado de la prisión preventiva. En lugar de ser excepcional, se ha vuelto casi automática o la norma a aplicar en ciertos casos, particularmente cuando los acusados son figuras incómodas para el poder político o económico.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En muchos procesos, los jueces otorgan prisión preventiva sin agotar previamente opciones menos restrictivas, como el arresto domiciliario (que se les otorga a otros personajes afines a ciertas estructuras como lo evidenciado recientemente con el caso de Melvin Quijivix<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a>), la fianza o la prohibición de salir del país. Además, el retardo malicioso de audiencias clave prolonga indefinidamente la detención, violando el principio de razonabilidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este fenómeno lo debemos de entender en que se convierte una medida cautelar en una pena sin juicio, con consecuencias negativas, afectando no solo los derechos del acusado, sino también el poco prestigio e independencia que aún le quedan al sistema de justicia. En palabras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la prisión preventiva “no puede convertirse en una forma anticipada de sanción penal<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a>”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Un buen ejemplo de este tema es el caso del periodista José Rubén Zamora. De tal cuenta entre líneas se debemos leer que la prisión preventiva como mensaje político, la cual debería ser una medida excepcional, pero ha sido empleada como un mensaje político claro: quien se atreva a investigar o denunciar la corrupción, puede pagar un alto costo personal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Dentro del sistema penal de nuestro país hay muchos casos que han sufrido del mal uso de esta herramienta pero dentro de ese universo hay unos que resaltan más por su impacto mediático como lo es el caso de <strong>Virginia Laparra</strong>, detenida por más de 800 días sin sentencia firme (quien fue detenida en 2022 por denunciar a un juez que había filtrado información confidencial), es uno de los ejemplos más evidentes de cómo se puede tergiversar una herramienta procesal para castigar antes de juzgar. No se trata de hechos aislados. Como se indicó anteriormente más de <strong>40 operadores de justicia</strong> han sido criminalizados, lo que revela una tendencia o patrón alarmante de instrumentalización del derecho penal con fines de represalia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Operadores de justicia y defensores de derechos humanos han sido objeto de detenciones preventivas prolongadas sin que medien condenas ni riesgos procesales comprobables. Estas decisiones no solo violan principios básicos del debido proceso, sino que debilitan gravemente la independencia judicial y envían un mensaje de intimidación a todo el sistema.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De tal cuenta el retardo malicioso es una forma de violencia institucional,este retardo no es una falla técnica ni una simple ineficiencia, es, en muchos casos, una estrategia deliberada. El concepto debe entonces entenderse como el acto de entorpecer o retrasar maliciosamente el curso de un proceso judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Aunque está tipificado como delito, son escasos los casos en los que esta figura ha sido judicializada. Esta falta de consecuencias fomenta la reincidencia. A su vez, genera un efecto des motivante: víctimas que se cansan, defensores que renuncian, testigos que se alejan.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta estrategia trae consigo implicaciones para la independencia judicial y el Estado de derecho, cuando las medidas cautelares se usan para castigar y no para proteger, se socava la confianza en la justicia y se debilita la separación de poderes. En Guatemala, este fenómeno tiene implicaciones graves:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Inhibición del sistema judicial</strong>: jueces, fiscales y defensores se autocensuran por miedo a represalias judiciales. El temor no es infundado, sino alimentado por un sistema que premia la lealtad política y castiga la independencia.</li>



<li><strong>Erosión institucional</strong>: la justicia pierde legitimidad cuando es percibida como un brazo del poder político. La ciudadanía desconfía del sistema, lo evade o lo confronta, lo que genera más conflictividad y debilita la cohesión social.</li>



<li><strong>Desprotección de víctimas</strong>: al centrarse en castigar opositores, el sistema pierde capacidad de proteger a quienes realmente lo necesitan, como mujeres víctimas de violencia, comunidades despojadas o personas criminalizadas por defender la tierra.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Como ciudadanos ¿qué podemos hacer?, </strong>el <strong>s</strong>uperar esta crisis no será nada sencillo, sin el involucramiento y participación ciudadana en implementar mecanismos de auditoria social a todo el sistema de justicia penal de nuestro país, pero hay caminos posibles.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Fortalecer la carrera judicial, blindando a jueces y fiscales frente a represalias políticas o económicas.</li>



<li>Monitorear el uso de medidas cautelares mediante redes ciudadanas y auditorías institucionales.</li>



<li>Exigir que se garantice el principio de igualdad ante la ley, evitando privilegios procesales injustificados.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Algunos países han reforzado controles para prevenir el uso abusivo de medidas dilatorias. En <strong>Colombia</strong>, la Corte Suprema ha afirmado que el abuso de recusaciones no puede servir para congestionar el sistema ni dilatar injustificadamente los procesos, y se ha implementado un marco sancionador como la Ley 586 de 2014, que regula estrictamente el trámite de excusas y recusaciones. En <strong>Argentina</strong>, aunque la reforma judicial de 2013 buscó agilizar procedimientos y limitar algunos plazos cautelares, no se ha identificado jurisprudencia reciente que sancione de forma específica el uso malicioso de recusaciones o excusas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para dar finalizar este articulo podemos concluir que las medidas cautelares no deben convertirse en una forma de represión judicial, máximo en un Estado de derecho, donde el respeto al debido proceso y la presunción de inocencia son pilares fundamentales. Cuando se abusa de este recurso como la prisión preventiva o se niegan medidas sustitutivas por razones políticas, el sistema deja de impartir justicia y se transforma en un mecanismo de control.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De tal cuenta el problema no está en las medidas cautelares en sí, sino en cómo se han pervertido en su aplicación, ya que mientras algunos sectores utilizan el sistema para evadir la justicia, otros; que son mayoría, quedan atrapados en una maquinaria lenta, costosa y desigual. Es así, que si queremos un país donde la justicia no sea solo un privilegio de unos pocos, se convierte un acto fundamental el revisar cómo se están usando estos mecanismos. Porque negar el acceso a un juicio justo, ya sea por acción o por omisión, es también una forma de negar la justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Fuentes consultadas:</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Revisión de fondo Lic. Otto Navarro</li>



<li>OACNUDH Guatemala. Informe sobre la independencia judicial, 2023.</li>



<li>Plaza Pública. “La cooptación del Estado sigue sin juicio”, 2023.</li>



<li>Código Procesal Penal de Guatemala.</li>



<li>Código Penal de Guatemala.</li>



<li>Human Rights Watch. <em>Exile and Repression in Guatemala</em>, 2023.</li>



<li>International Bar Association. <em>Guatemalan Rule of Law in Crisis</em>, 2022.</li>



<li>Corte Interamericana de Derechos Humanos. Jurisprudencia sobre medidas cautelares y prisión preventiva.</li>
</ul>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> <a href="https://www.hrw.org/es/world-report/2024/country-chapters/guatemala">https://www.hrw.org/es/world-report/2024/country-chapters/guatemala</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> <a href="https://elpais.com/planeta-futuro/2025-06-02/virginia-laparra-exfiscal-guatemalteca-fui-a-la-carcel-por-una-persecucion-politica-contra-mi.html">https://elpais.com/planeta-futuro/2025-06-02/virginia-laparra-exfiscal-guatemalteca-fui-a-la-carcel-por-una-persecucion-politica-contra-mi.html</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> <a href="https://lahora.gt/nacionales/sosegueda/2025/07/11/juez-suplente-se-niega-a-levantar-reserva-y-manda-a-su-casa-a-quijivix-con-fianza-de-q400-mil/">https://lahora.gt/nacionales/sosegueda/2025/07/11/juez-suplente-se-niega-a-levantar-reserva-y-manda-a-su-casa-a-quijivix-con-fianza-de-q400-mil/</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> <a href="https://www.corteidh.or.cr/ver_ficha_tecnica.cfm?nId_Ficha=195&amp;lang=es#:~:text=El%20art%C3%ADculo%207.5%20de%20la,de%20que%20contin%C3%BAe%20el%20proceso">https://www.corteidh.or.cr/ver_ficha_tecnica.cfm?nId_Ficha=195&amp;lang=es#:~:text=El%20art%C3%ADculo%207.5%20de%20la,de%20que%20contin%C3%BAe%20el%20proceso</a>.</p>
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			</item>
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		<title>El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte II</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-ii/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Jul 2025 14:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
		<category><![CDATA[activismo digital juvenil]]></category>
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		<category><![CDATA[X antes Twitter]]></category>
		<category><![CDATA[Yonni Aguilar]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte II" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-ii/#more-4431" aria-label="Leer más sobre El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte II">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph">Continuando con el análisis iniciado en la <a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-i/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">primera parte</a> de este tema, otro elemento fundamental de análisis es el papel que juegan los <strong>Netcenters</strong> que en su momento la extinta CICIG<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a> los denomino como: “&#8230;como un conjunto de cuentas conectadas directa o indirectamente de forma física o virtual. Puede incluir en sus usuarios cuentas de personas reales, instituciones reales, perfiles falsos de personas, de instituciones ficticias, usuarios con nombres y fotografías (ID) robados de personas reales”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Quienes se han convertido en ejércitos digitales al servicio de estos sectores pro-impunidad. Detrás de muchas campañas de hostigamiento y casos de criminalización, operan estructuras organizadas conocidas como&nbsp;«netcenters» o “Fabricas de desinformación” que operan en redes de personas o cuentas automatizadas (bots<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>) contratadas para manipular la conversación pública en redes sociales. Estrategia para mantener la narrativa y controlar que datos e información llega a la población. En Guatemala, su acción es particularmente agresiva contra quienes denuncian.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>¿Pero cómo operan?</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Estructura tipo “cuenta madre” + secundarias
<ul class="wp-block-list">
<li>Una cuenta principal (o “madre”) controla varias cuentas secundarias (5–10 por día), generando seguidores de forma artificial (~150–300 al mes).</li>
</ul>
</li>



<li>Contenido coordinado
<ul class="wp-block-list">
<li>Difunde mensajes negativos (discurso de odio, desinformación) dirigidos a periodistas, defensores de derechos, fiscales, entre otros actores.</li>



<li>También reproducen narrativas desde medios de televisión, reforzando campañas de difamación.</li>
</ul>
</li>



<li>Alcance exagerado
<ul class="wp-block-list">
<li>Aunque las cuentas críticas son pocas y con pocos seguidores, generan más contenido que los mensajes favorables y consiguen un gran alcance.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Esto lo realizan por medio de ataques coordinados:&nbsp;saturan hashtags críticos con mensajes de apoyo al sistema o ataques&nbsp;<em>ad hominem<a href="#_ftn3" id="_ftnref3"><strong>[3]</strong></a></em>&nbsp;contra activistas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al mismo tiempo realizan lo denominado como Troleo Masivo:&nbsp;el cual consiste en él envió de mensajes intimidatorios, amenazas veladas o memes despectivos para desgastar psicológicamente a denunciantes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Facilitan la creación de tendencias engañosas, cuando utilizan esas cuentas falsas para viralizar narrativas que desacreditan las denuncias por ejemplo: «son campañas de desestabilización», «financiados por narcos».</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otra estrategia es la denominada como Doxing<strong><a href="#_ftn4" id="_ftnref4"><strong>[4]</strong></a>,</strong> al identificar un actor incómodo para ellos exponen datos personales de los y las activistas (direcciones, fotos familiares) para facilitar amenazas físicas o procesos legales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Y otra es la fabricación de pruebas falsas, cuando alteran capturas de pantalla o sacan publicaciones de contexto para apoyar demandas por difamación. Ahora apoyados en la tecnología de inteligencia artificial esto les facilita mucho la tarea.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero todas estas acciones no se realizan de forma gratuita o ad honorem, tiene que existir uno o varios actores que no figuran públicamente quien los financia. ¿Pero quienes son esos actores? según información recopilada por organizaciones como UDEFEGUA y análisis de medios independientes (Plaza Pública, Agencia Ocote) sugieren vínculos entre estos netcenters y:</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Redes de poder entorno al Sistema de Justicia</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="404" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-1024x404.png" alt="" class="wp-image-4435" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-1024x404.png 1024w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-300x118.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-768x303.png 768w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image.png 1235w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">Estas estructuras también cuentan con actores infiltrados a lo interno de las instituciones públicas tanto del Ministerio Público como del Organismo Judicial, de las redes al Juzgado, donde todo el material fabricado o distorsionado por netcenters es usado como «prueba» en procesos penales contra de los activistas:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><em>«El informe presentado por el MP incluía 200 tuits de cuentas anónimas llamándome &#8216;terrorista&#8217;&#8230; Esos mismos tuits fueron retuiteados por cuentas de netcenter horas antes»</em> <strong>— Testimonio recogido por UDEFEGUA (2023) en un caso por «ataques a la autoridad».</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Su estrategia busca:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Criminalizar la legítima crítica presentándola como «odio» o «desorden».</li>



<li>Sobrecargar de trabajo a defensores legales con evidencia digital falsa o irrelevante.</li>



<li>Legitimar la represión estatal creando la ilusión de «consenso social» contra el activismo.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">¿Por qué sucede esto? las raíces de la represión digital y la criminalización no es casualidad; responde a intereses y dinámicas de poder profundas:</p>



<ol style="list-style-type:lower-alpha" class="wp-block-list">
<li>Protección de intereses creados, las denuncias en redes pueden exponer redes de corrupción que involucran a jueces, fiscales, abogados y actores políticos o económicos poderosos. La criminalización busca proteger esos intereses ilegítimos.</li>



<li>Mensaje disuasorio, es una advertencia contundente a otros potenciales denunciantes: «Esto te puede pasar a ti». Busca generar miedo colectivo y desincentivar futuras acciones.</li>



<li>Debilidad institucional y captura, ya que un sistema judicial verdaderamente independiente y robusto investigaría las denuncias de corrupción, no a quienes las formulan. La instrumentalización de la justicia contra los críticos es un síntoma claro de su captura por intereses espurios.</li>



<li>Marco legal obsoleto, cuando las leyes penales son mal redactadas, que no distinguen entre expresión legítima y discurso de odio real, o que protegen excesivamente el «honor» de funcionarios, son armas fáciles de usar contra los críticos. La Ley de Ciberdelincuencia, por ejemplo, puede ser aplicada de manera sesgada.</li>



<li>Estigmatización previa, cuando actores poderosos y ciertos medios de comunicación suelen etiquetar a jóvenes activistas digitales como «desestabilizadores», «financiados por extranjeros» o «delincuentes», preparando el terreno para la acción legal en su contra.</li>
</ol>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Motivaciones para la criminalización de denuncias en redes</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="401" height="453" sizes="auto, (max-width: 401px) 100vw, 401px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-7.png" alt="" class="wp-image-4433" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-7.png 401w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-7-266x300.png 266w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">El defender el derecho a denunciar es defender la democracia, y por medio de las redes sociales han dado a las juventudes guatemaltecas un megáfono sin precedentes para enfrentar la corrupción en el sistema de justicia penal nacional, este flagelo que corroe la democracia y perpetua la impunidad. Sin embargo, está siendo contestado con una estrategia peligrosa, convertir la denuncia legítima en un presunto delito.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La criminalización del activismo digital busca silenciar no solo a individuos valientes, sino a toda una generación que exige justicia y transparencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este fenómeno no es solo un ataque a la libertad de expresión; es un síntoma profundo de la debilidad institucional y la resistencia de estructuras corruptas que se benefician de la impunidad, que el permitir que esta criminalización prospere sin una respuesta contundente fortalece a quienes buscan mantener el <em>statu quo</em> de opacidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Frente a esto, la respuesta debe ser una estrategia multidimensional, desde la autoprotección informada de los jóvenes activistas, el apoyo decidido de la sociedad civil y fundamental la cooperación internacional, hasta la exigencia irrenunciable al Estado para que cumpla su deber de investigar la corrupción real y garantice un entorno seguro para el ejercicio de los derechos fundamentales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La lucha contra la corrupción en el sistema de justicia desde lo digital es arriesgada, pero también es un acto profundo de ciudadanía y amor por Guatemala. Proteger a quienes alzan la voz en las redes es proteger el derecho de toda la sociedad a saber, a exigir y a construir un sistema de justicia que merezca realmente ese nombre. Porque el futuro de la justicia en Guatemala también se escribe, y se defiende, en el espacio digital.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> <a href="https://www.cicig.org/wp-content/uploads/2018/05/Informe_bots_y_netcenters_2019.pdf">https://www.cicig.org/wp-content/uploads/2018/05/Informe_bots_y_netcenters_2019.pdf</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> software que intenta entender las necesidades de una persona a través de un lenguaje natural. Un bot es capaz de llevar a cabo tareas concretas e intenta entender el comportamiento humano.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> falacia lógica que ocurre cuando se ataca la personalidad, el carácter o los motivos de la persona que presenta un argumento, en lugar de refutar el argumento en sí mismo</p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> Consiste en investigar y publicar en internet información personal o privada de una persona sin su consentimiento, con la intención de acosar, intimidar, amenazar o dañar su reputación o seguridad.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte I</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-i/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Jul 2025 14:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
		<category><![CDATA[activismo digital juvenil]]></category>
		<category><![CDATA[activismo indígena]]></category>
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		<category><![CDATA[corrupción judicial]]></category>
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		<category><![CDATA[denuncia en redes sociales]]></category>
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		<category><![CDATA[redes sociales y justicia]]></category>
		<category><![CDATA[tecnología y derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[TikTok y justicia]]></category>
		<category><![CDATA[X antes Twitter]]></category>
		<category><![CDATA[Yonni Aguilar]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte I" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-activismo-digital-juvenil-contra-la-corrupcion-judicial-en-guatemala-un-grito-silenciado-con-peligro-parte-i/#more-4415" aria-label="Leer más sobre El activismo digital juvenil contra la corrupción judicial en Guatemala: Un grito silenciado con peligro – Parte I">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar  &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph">Imagina tener una herramienta que te permite exponer irregularidades al instante, llegar a miles de personas en cuestión de segundos y exigir rendición de cuentas. Para las juventudes en Guatemala, las redes sociales se han convertido en esa poderosa arma contra la corrupción judicial. Publicaciones en X (antes Twitter), videos en TikTok, hilos en Facebook e historias en Instagram no solo documentan actos de impunidad, sino que también nombran a jueces o magistrados cuestionados y movilizan a la opinión pública.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, este activismo digital tiene una cara oscura y peligrosa: el creciente riesgo de criminalización, ahora exploramos como es que las juventudes guatemaltecas utilizan las plataformas digitales para desafiar la corrupción en el sistema de justicia, y por qué sus voces se enfrentan cada vez más a represalias legales injustas, un fenómeno que refleja la tensión entre el derecho a la libre expresión y la resistencia de estructuras de poder opacas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Estos espacios digitales se han convertido en el nuevo campo de batalla en donde la frustración ante la lentitud de los canales formales y la percepción de captura de instituciones clave ha llevado a una generación digitalmente conectada a tomar las redes sociales como una trinchera de lucha. No se trata solo de compartir noticias; es documentación en tiempo real, creación de narrativas alternativas y organización colectiva.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para esto las juventudes utilizan una diversidad de plataformas predominantes las que son utilizadas de forma estratégica con el objetivo de contrarrestar la narrativa de los sectores de poder y estructuras pro-impunidad, como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>X (Twitter):</strong> Permite conectar con periodistas y organizaciones internacionales, es el epicentro para denuncias concretas, hilos explicativos, señalamientos a funcionarios y coordinación rápida usando hashtags como #JusticiaGT o #CorrupciónJudicial. El uso de X es más de uso o incidencia política.</li>



<li><strong>TikTok e Instagram Reels:</strong> Utilizan formatos cortos de video para explicar casos complejos de corrupción judicial de forma creativa (infografías animadas, testimonios con filtros que protegen la identidad), logrando <strong>viralizar temas</strong> que los medios tradicionales podrían ignorar.</li>



<li><strong>Facebook:</strong> Grupos cerrados y páginas públicas funcionan como archivos de información, espacios de discusión profunda y para compartir documentos escaneados (sentencias cuestionadas, nombramientos sospechosos).</li>



<li><strong>Apps de Mensajería (WhatsApp, Telegram):</strong> Son cruciales para la coordinación segura (aunque no infalible) entre colectivos, alertas rápidas sobre represalias y compartir evidencia sensible antes de hacerla pública.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Todas y cada una de ellas busca la creación, ampliación, fortalecimiento y sostenibilidad de redes articuladas en todo el territorio nacional.</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Comparación de Plataformas de Redes Sociales</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="832" height="304" sizes="auto, (max-width: 832px) 100vw, 832px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-6.png" alt="" class="wp-image-4421" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-6.png 832w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-6-300x110.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-6-768x281.png 768w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">El uso de esta tecnología tiene un alcance que va más allá de la denuncia si no una serie de acciones o múltiples objetivos clave como:</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="432" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-3-1024x432.png" alt="" class="wp-image-4427" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-3-1024x432.png 1024w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-3-300x127.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-3-768x324.png 768w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-3.png 1235w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero el uso de esta tecnología tiene, en el caso de Guatemala tiene con grandes retos que profundizan las brechas digitales que en nuestro país silencian voces, sin embargo, este <strong><em>activismo digital</em></strong> no es accesible para todas las juventudes guatemaltecas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según el Banco Mundial (2023), reportó que solo el 45% de la población rural en Guatemala tiene acceso a internet, y el analfabetismo digital afecta desproporcionadamente a mujeres indígenas, comunidades marginadas y zonas con pobreza extrema.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El portal DataReportal<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>, indica que a principios de 2025, nuestro país contaba con “<strong>20.4 millones</strong>&nbsp;de conexiones móviles activas, cifra que equivale al&nbsp;<strong>110%</strong>&nbsp;de la población total. Sin embargo, cabe destacar que algunas de estas conexiones podrían incluir únicamente servicios como voz y SMS, y <strong>otras podrían&nbsp;<em>no</em>&nbsp;tener acceso a internet</strong>.”</p>



<p class="wp-block-paragraph">El informe continúa indicando <em>“Pero estas cifras de usuarios también sugieren que&nbsp;<strong>7,28 millones de</strong>&nbsp;personas en Guatemala&nbsp;<strong>no</strong>&nbsp;usaban internet a principios de 2025, lo que indica que&nbsp;<strong>el 39,2 por ciento</strong>&nbsp;de la población permanecía “<strong>desconectada</strong>” a principios de año.” </em>Esto quiere decir que 4 de cada 10 personas no tiene acceso a internet en Guatemala.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mientras que en el uso de redes sociales Guatemala inicio el 2025 con “<strong>10,4 millones</strong>&nbsp;de identidades de usuarios activos de redes sociales en Guatemala al mes de enero de 2025. Para poner en perspectiva, esta cifra equivalía al&nbsp;<strong>56,1 por ciento</strong>&nbsp;de la población total de Guatemala a principios de 2025.”</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Al respecto de estos 10,4 millones de usuarios “el 43,0 por ciento</strong>&nbsp;de las identidades de usuarios de redes sociales de Guatemala eran&nbsp;<strong>mujeres</strong>, mientras que&nbsp;<strong>el 57,0 por ciento</strong>&nbsp;eran&nbsp;<strong>hombres</strong>.”</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los datos anteriores aunque reflejen un alto uso de internet hay que recordar que 4 de cada 10 personas no tiene acceso, haciendo que estas brechas profundicen las desigualdades en la lucha contra la corrupción judicial provocando que:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Casos locales quedan invisibles:</strong>&nbsp;Corrupción en juzgados o abusos de jueces en comunidades alejadas rara vez se viralizan, pues quienes los sufren carecen de herramientas o habilidades para documentarlos y denunciarlos en redes.</li>



<li><strong>La impunidad busca perpetrarse:</strong>&nbsp;Sin presión ciudadana digital, redes de corrupción operan con menos riesgo en territorios desconectados. Un juez corrupto en Huehuetenango o Alta Verapaz enfrenta menos escrutinio que uno en la ciudad capital.</li>



<li><strong>La narrativa se centraliza:</strong>&nbsp;La conversación sobre independencia judicial la dominan quienes tienen acceso a plataformas, dejando fuera experiencias rurales e indígenas donde la captura del sistema judicial suele ser más cruda y menos documentada.</li>



<li><strong>Doble victimización:</strong>&nbsp;Quienes ya enfrentan barreras para acceder a la justicia formal (costos, distancia, discriminación) tampoco pueden usar canales o medios digitales alternativos.&nbsp;<strong>La corrupción, así, se vuelve un problema de élites o privilegiados</strong>,&nbsp;se debate donde hay conexión, pero persiste impune donde no llega el internet. Esto no solo limita la denuncia; debilita la exigencia colectiva de una justicia verdaderamente independiente para todo el país.</li>
</ul>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>La corrupción judicial prospera en la invisibilidad.</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="541" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-2-1024x541.png" alt="" class="wp-image-4425" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-2-1024x541.png 1024w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-2-300x159.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-2-768x406.png 768w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-2.png 1103w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">Y ahora el otro extremo que en los últimos años ha sido una metodología utilizada por esas elites en donde la criminalización digital, es el resultado de cuando denunciar se convierte en delito. El coraje de denunciar choca con una realidad alarmante, el uso indebido del sistema legal para silenciar críticas. Organizaciones como <strong>UDEFEGUA<a href="#_ftn2" id="_ftnref2"><strong>[2]</strong></a> </strong>documentan un patrón preocupante en su informe anual más reciente (2023): la judicialización de la protesta social y la expresión crítica, incluyendo la ejercida en línea, es una tendencia al alza.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El informe indica que “En cuanto al tipo de personas defensoras, la búsqueda de acceso a la justicia es la más afectada por agresiones y actos de violencia, dirigidos contra quienes exigen su derecho a la justicia.”</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Mecanismos de Persecución Utilizados:</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Figuras Penales Ambiguas:</strong> Se emplean cargos como «difamación», «calumnia» o «injurias» contra funcionarios públicos, a pesar de que estándares internacionales exigen mayor tolerancia a la crítica hacia quienes ejercen poder.</li>



<li><strong>«Ataques a la Autoridad»:</strong> Una figura legal criticada por su vaguedad, utilizada para criminalizar opiniones o denuncias legítimas sobre actuaciones judiciales.</li>



<li><strong>«Asociación Ilícita» o «Terrorismo»:</strong> En casos extremos (aunque menos frecuentes en el contexto exclusivamente digital hasta ahora), estas figuras graves se han esgrimido contra activistas que se coordinan online, buscando deslegitimar su labor y aplicar penas desproporcionadas.</li>



<li><strong>Ciberacoso o Extorsión:</strong> Acusaciones falsas presentadas por los mismos actores denunciados para victimizarse y criminalizar al denunciante.</li>
</ul>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="637" height="443" sizes="auto, (max-width: 637px) 100vw, 637px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-5.png" alt="" class="wp-image-4420" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-5.png 637w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-5-300x209.png 300w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Lógicamente trae consigo un impacto real y negativo en los jóvenes activistas que genera los siguientes efectos:</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Autocensura:</strong> El miedo paraliza, llevando a muchos jóvenes a retirar publicaciones o evitar temas críticos.</li>



<li><strong>Desgaste personal y económico:</strong> Defenderse de un proceso legal es costoso, consume tiempo y genera un enorme estrés psicológico.</li>



<li><strong>Daño en su reputación:</strong> La sola apertura de un proceso, aunque sea infundado, estigmatiza al denunciante causando lo que han denominado “Muerte civil”.</li>



<li><strong>Desmovilización:</strong> El mensaje implícito es claro: «Denunciar te puede costar caro».</li>



<li><strong>Exilio Digital o Físico:</strong> Algunos se ven forzados a abandonar plataformas o incluso el país.</li>
</ul>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="709" height="391" sizes="auto, (max-width: 709px) 100vw, 709px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-4.png" alt="" class="wp-image-4419" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-4.png 709w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-4-300x165.png 300w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="has-text-align-left wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> <a href="https://datareportal.com/reports/digital-2025-guatemala#:~:text=Usuarios%20de%20TikTok%20en%20Guatemala,femeninos%E2%80%9D%20y%20%E2%80%9Cmasculinos%E2%80%9D%20">https://datareportal.com/reports/digital-2025-guatemala#:~:text=Usuarios%20de%20TikTok%20en%20Guatemala,femeninos%E2%80%9D%20y%20%E2%80%9Cmasculinos%E2%80%9D%20</a>.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos Guatemala</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Justicia selectiva: Cuando los victimarios tienen más garantías que las víctimas.</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/justicia-selectiva-cuando-los-victimarios-tienen-mas-garantias-que-las-victimas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Jul 2025 21:50:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Violencia crónica]]></category>
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		<category><![CDATA[caso Benedicto Lucas García]]></category>
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		<category><![CDATA[Yonni Aguilar]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Justicia selectiva: Cuando los victimarios tienen más garantías que las víctimas." class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/justicia-selectiva-cuando-los-victimarios-tienen-mas-garantias-que-las-victimas/#more-4407" aria-label="Leer más sobre Justicia selectiva: Cuando los victimarios tienen más garantías que las víctimas.">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>¿Qué nos dice sobre la independencia judicial en Guatemala?</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Caminar por Santa María Nebaj, San Gaspar Chajul o San Juan Cotzal es recorrer paisajes donde el pasado ha dejado huellas, y que aun grita. Entre los años de 1982 y 1983, estas tierras ixiles fueron escenario de una campaña de exterminio que la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) documentó como genocidio. Hoy, el juicio por esos crímenes no es solo un proceso histórico: es un termómetro que mide la fiebre de la justicia guatemalteca. Cada revés judicial –como la reciente anulación del juicio a Benedicto Lucas García– no es un tecnicismo aislado. Es el reflejo de un sistema cooptado, donde las mismas redes que niegan justicia a las víctimas ixiles garantizan impunidad para la corrupción actual.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Exploraremos los vaivenes del juicio por genocidio ixil como ese espejo roto del Estado de derecho en Guatemala. Los argumentos son que las fuerzas que obstaculizan la justicia para las víctimas del conflicto armado son las que hoy garantizan la impunidad en casos de corrupción y socavan la democracia. De tal cuenta entender este caso es entender la batalla por el futuro del país.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La herida abierta del genocidio durante la dictadura de facto de Efraín Ríos Montt, el Ejército de Guatemala ejecutó operaciones militares que resultaron en la masacre de miles de civiles ixiles, la destrucción de sus aldeas y el desplazamiento forzado de comunidades enteras. La Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) concluyó que en esta región se cometieron actos de genocidio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Grieta en el Muro de la Impunidad, como lo es el histórico fallo contra Efraín Ríos Montt en 2013 (primera condena por genocidio a un exdictador en su propio país) se desplomó diez días después. La Corte de Constitucionalidad (CC), bajo presión de élites económicas y militares, anuló la sentencia. <strong>Esa decisión sentó un precedente nefasto, demostró que los resortes del poder podían torcer la justicia. </strong>Fallo llevo devuelta a las víctimas a un laberinto de incertidumbre judicial, esa anulación no fue un mero tecnicismo; fue una demostración de poder y un presagio de los desafíos venideros.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En tiempos recientes se mantuvo a las víctimas entre la Esperanza y la Cooptación, ha sido visto como el capítulo más reciente de esta saga, el juicio contra el exjefe del Estado Mayor General del Ejército, Manuel Benedicto Lucas García, es un microcosmos de esta lucha. A finales de 2023, las víctimas y sus abogados presentaron pruebas abrumadoras: testimonios de violencia sexual como arma de guerra, relatos de desapariciones forzadas y peritajes sobre planes militares.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero, una vez más, la estructura de la impunidad se activó. En enero de 2025, una sala de apelaciones anuló partes cruciales del proceso, alegando errores de procedimiento. Para los sobrevivientes, esta decisión fue una dolorosa revictimización y una prueba más de que «el sistema de justicia está cooptado por los mismos poderes que nos quisieron exterminar» expresan las víctimas. Este vaivén judicial no ocurre en el vacío, se da en un contexto donde los procesos de elección de magistrados (Comisiones de Postulación) son un campo de batalla donde redes político-económicas buscan asegurar que jueces y magistrados respondan a sus intereses y no a la Constitución.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Hoy por hoy, el juicio contra Manuel Benedicto Lucas García (exjefe del Estado Mayor) repite el patrón:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>En noviembre de 2024, la fiscalía presentó pruebas irrefutables: testimonios de <strong>violencia sexual como arma de guerra</strong>, planes militares de exterminio y peritajes forenses, solicitando <strong>2,800 años de prisión</strong>.</li>



<li>En enero de 2025, una sala de apelaciones anuló partes clave del proceso. Según Abogados Sin Fronteras Canadá <a href="https://asfcanada.ca/wp-content/uploads/2025/02/Analisis-juridico-anulacion-caso-genocidio_ASFC_corr.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">ASFC (2025)</a>, el 80% de estas anulaciones en casos de genocidio se basan en «vicios procesales» (notificaciones tardías, formalismos), ignorando pruebas de fondo.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Estos reveses no son errores, son la expresión de un racismo sistémico que pervive en salas tribunalicias.</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Dos caras de un mismo sistema corrupto:</strong></p>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table class="has-base-3-background-color has-background has-fixed-layout"><thead><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Víctimas de Genocidio</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Defensores Indígenas</strong></td></tr></thead><tbody><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Testimonios desechados por «falta de rigor»</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Criminalizados por «usurpación» o «terrorismo» en juicios exprés</td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Intérpretes inexistentes o no capacitados</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Leyes anti-protesta aplicadas selectivamente</td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Recursos de amparo usados por la defensa para dilatar procesos</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Persecución penal contra líderes ambientales</td></tr></tbody></table></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Sería un error analizar estos reveses judiciales como simples fallos procesales, como se ha mencionado no son otra cosa más que la manifestación de un racismo judicial sistémico y profundamente arraigado<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>. El caso ixil no es solo un caso sobre el pasado; es un caso sobre cómo el Estado trata hoy a los pueblos indígenas.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Invisibilización y barreras:</strong> En el Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH) hemos analizado cómo la falta de intérpretes idóneos, la desvalorización de los testimonios de mujeres indígenas y los prejuicios culturales de los operadores de justicia impiden un acceso real a un juicio justo.</li>



<li><strong>La doble vara de la justicia:</strong> El racismo se manifiesta en una dualidad perversa, ya que mientras los responsables de crímenes de lesa humanidad se benefician de retrasos, amparos y anulaciones, los líderes indígenas que defienden sus tierras y recursos naturales son víctimas de la <strong>«guerra jurídica» (lawfare)</strong>. Se les acusa de «terrorismo», «usurpación agravada» o «asociación ilícita» en procesos acelerados y con escasas garantías, utilizando el derecho penal como herramienta de represión.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">En este punto la pregunta clave es: ¿cómo puede un sistema ser imparcial si trata a una víctima de genocidio con desdén y a un defensor de derechos humanos como un criminal? La respuesta es que no puede. La discriminación no es una falla del sistema; para ciertos actores, es una función más de su puesto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Guatemala no está sola en esta lucha, otras naciones ofrecen lecciones valiosas:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Argentina: </strong>Décadas después de la dictadura (1976-1983), la anulación de las leyes de amnistía (Punto Final y Obediencia Debida) en 2003 por el Congreso, y su declaración de inconstitucionalidad por la Corte Suprema en 2005, fueron catalizadoras. La clave fue una alianza entre un poder judicial valiente (con fiscales como Luis Moreno Ocampo y jueces como Sergio Torres), gobiernos comprometidos (Néstor Kirchner) y la presión implacable de organismos de derechos humanos como las Abuelas de Plaza de Mayo. Su lección para Guatemala es clara: la impunidad no es irreversible cuando existe voluntad política real y una sociedad que exige justicia sin claudicar.</li>



<li><strong>Colombia:</strong> <strong> La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)</strong><a href="#_ftn1">[2]</a>, creada tras el Acuerdo de Paz de 2016, ofrece un modelo innovador de <strong>justicia transicional que integra enfoques restaurativos</strong>. Bajo el principio de <strong>&#8216;verdad plena a cambio de penas no privativas de libertad&#8217;</strong>, quienes reconocen responsabilidades en crímenes de guerra pueden recibir sanciones orientadas a reparar el tejido social, como proyectos de desminado humanitario, construcción de infraestructura comunitaria, restitución de tierras o contribución a la búsqueda de desaparecidos. Aunque cuestionada por su ritmo, <strong>la exclusión de actores económicos del conflicto</strong> y su <strong>aplicación desbalanceada contra exguerrilleros</strong>, su aporte clave es priorizar la voz de las víctimas. <strong>La lección para Guatemala</strong> es que la justicia puede trascender el castigo carcelario mediante <strong>reparación colectiva y garantías de no repetición</strong>, siempre que exista voluntad política para implementarla sin sesgos.<br></li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">La lección para Guatemala es clara, el éxito requiere una combinación de fallos judiciales robustos, voluntad política, participación activa de las víctimas y la creación de mecanismos que aseguren la memoria y la reparación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Fortalecer la independencia judicial en Guatemala no es una tarea abstracta, sino una agenda de acciones concretas que resultan cruciales y requieren el involucramiento de todos los sectores:</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Fortalecimiento del Sistema de Justicia</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="870" height="827" sizes="auto, (max-width: 870px) 100vw, 870px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-1.png" alt="" class="wp-image-4411" style="aspect-ratio:1.052;width:743px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-1.png 870w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-1-300x285.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/07/image-1-768x730.png 768w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">El juicio por genocidio ixil es mucho más que un caso judicial; es el escenario donde se define la capacidad de Guatemala para confrontar su pasado y construir un futuro democrático. La independencia judicial no es un lujo para abogados o un tema de interés exclusivo para las víctimas del conflicto, es la garantía fundamental de que ningún ciudadano, indígena o no, empresario o campesino, estará a merced del poder arbitrario.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La prueba de fuego para nuestra justicia no será solo emitir una sentencia final en estos casos, sino demostrar que puede resistir las presiones, desmantelar el racismo estructural y devolverle la dignidad a quienes se la arrebataron, pero esta tarea no es solo de los tribunales; es una responsabilidad colectiva que exige nuestra atención, nuestra vigilancia y nuestra acción decidida.</p>



<p class="has-text-align-center has-00-c-4-ce-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-bdaef52f5d71cb583032b9eb87664180 wp-block-paragraph"><strong>La justicia, al final, o es para todos, o no es justicia.</strong></p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> <a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/">https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1">[2]</a> <a href="https://www.jep.gov.co/JEP/Paginas/Jurisdiccion-Especial-para-la-Paz.aspx">https://www.jep.gov.co/JEP/Paginas/Jurisdiccion-Especial-para-la-Paz.aspx</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Datos que suman: Un análisis de la relación entre datos estadísticos e independencia judicial en Guatemala</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/datos-que-suman-un-analisis-de-la-relacion-entre-datos-estadisticos-e-independencia-judicial-en-guatemala/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 May 2025 17:09:45 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Datos que suman: Un análisis de la relación entre datos estadísticos e independencia judicial en Guatemala" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/datos-que-suman-un-analisis-de-la-relacion-entre-datos-estadisticos-e-independencia-judicial-en-guatemala/#more-4303" aria-label="Leer más sobre Datos que suman: Un análisis de la relación entre datos estadísticos e independencia judicial en Guatemala">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
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<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph">La relación entre los datos e información estadística y la independencia judicial es compleja y esencial para comprender tanto la capacidad operativa como la autonomía real de las instituciones del sistema de justicia.&nbsp; Pero ante el cuestionamiento sobre qué relación o relevancia tienen los datos e información estadística guardan respecto a la independencia judicial, para dar respuesta en este artículo se detalla cómo los indicadores cuantitativos (como la cantidad de sedes, el número de personal y la distribución presupuestaria) se relacionan con la independencia y autonomía de los jueces.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sabiendo que la independencia judicial es crucial para un sistema de justicia equitativo y confiable, los datos juegan un papel importante en su evaluación y fortalecimiento.&nbsp; De tal cuenta los datos pueden ser utilizados para monitorear la efectividad de los mecanismos de independencia judicial, identificar áreas de mejora y promover la transparencia y rendición de cuentas en el sistema judicial.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">La independencia judicial se auxilia o se integra de 3 pilares fundamentales para su correcto funcionamiento, pero fundamentalmente para implementar mecanismos que garanticen su real independencia, como lo son:</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Tipos de autonomía</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="709" height="397" sizes="auto, (max-width: 709px) 100vw, 709px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-11.png" alt="" class="wp-image-4314" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-11.png 709w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-11-300x168.png 300w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los datos estadísticos son fundamentales para evaluar ambos aspectos, ya que revelan patrones de influencia, debilidades institucionales y la capacidad real de los jueces para ejercer sus funciones. A continuación, se analiza esta relación en el contexto guatemalteco, enfocándonos en esta ocasión en el pilar de autonomía estructural.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Autonomía estructural: Recursos y capacidad operativa</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La falta de recursos financieros, personal calificado e infraestructura adecuada socava la independencia judicial. Por ejemplo:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Presupuesto insuficiente</strong>: El Congreso de Guatemala ha retrasado deliberadamente la aprobación de fondos para el Organismo Judicial, limitando su capacidad para resolver casos sensibles, especialmente aquellos que involucran a actores políticos o económicos influyentes.</li>



<li><strong>Personal y sedes judiciales</strong>: La escasez de jueces y tribunales especializados (como los de alto riesgo) genera sobrecarga laboral, lo que facilita la manipulación de plazos procesales y presiones externas.</li>



<li><strong>Datos cuantitativos</strong>: Según algunos datos revelan que, solo el cierto porcentaje de los jueces en Guatemala cuenta con protección física y digital, lo que expone a muchos a amenazas y cooptación.</li>
</ul>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Recursos y capacidad operativa</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="612" height="380" sizes="auto, (max-width: 612px) 100vw, 612px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-10.png" alt="" class="wp-image-4313" style="width:705px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-10.png 612w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-10-300x186.png 300w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por lo anterior es que podemos decir que la relación con la independencia judicial es que, sin recursos suficientes, los jueces dependen de decisiones políticas para financiar operaciones básicas, los hace vulnerables a chantajes o condicionamientos, por parte de actores o estructuras tanto política, económica o de cualquier otra índole.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Estándares internacionales y mediciones comparativas</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Algunos organismos o entidades internacionales y nacionales como el&nbsp;Varieties of Democracy Institute<a href="#_ftn1" target="_blank" rel="noreferrer noopener">[1]</a>&nbsp;y el&nbsp;Fraser Institute<a href="#_ftn2" target="_blank" rel="noreferrer noopener">[2]</a>&nbsp;utilizan indicadores mixtos (de jure y de facto) para evaluar la independencia judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Entendiendo que los indicadores mixtos, o indicadores que consideran tanto lo «de jure» (en la ley) como lo «de facto» (en la práctica), son aquellos que miden la diferencia entre lo que dice la ley y lo que realmente sucede en la realidad.&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Índice de Fraser<a href="#_ftn3" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>[3]</strong></a></strong>: Guatemala obtuvo un promedio de nota de 7.45/10 en 2022, ubicándose en el puesto o rango 39 mejorando desde 2010 pero aún por debajo de países con sistemas consolidados.</li>



<li><strong>Percepción de imparcialidad</strong>: Solo el 24% de la población confía en el sistema judicial, según encuestas sobre Independencia Judicial.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">¿Porque esto estas métricas son importantes? Debido a que subrayan la brecha entre avances normativos y la realidad, donde la corrupción y la impunidad persisten.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cuando hablamos de datos e información estadística y su relación con independencia judicial podemos decir que esta es&nbsp;<strong>bidireccional</strong> o en doble sentido, es decir:</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Datos bidireccionales de Independencia Judicial</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="408" height="324" sizes="auto, (max-width: 408px) 100vw, 408px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-9.png" alt="" class="wp-image-4312" style="width:521px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-9.png 408w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-9-300x238.png 300w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Primer sentido: Los datos exponen vulnerabilidades estructurales</strong>&nbsp;(ej.: presupuesto, personal), que permiten a actores externos manipular el sistema.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Aquí se explica que&nbsp;los datos cuantitativos (presupuesto, número de sedes, personal, etc.) revelan debilidades institucionales&nbsp;que facilitan la manipulación externa del sistema judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Por ejemplo</strong>, si un informe muestra que el Organismo Judicial de Guatemala solo tiene un cierto porcentaje de las sedes necesarias para atender casos en áreas rurales, esto evidencia una&nbsp;<strong>falta de autonomía estructural</strong>. Esa carencia material puede ser explotada por actores externos (ej.: políticos locales, grupos económicos) para:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Retrasar juicios estratégicamente (por saturación de tribunales).</li>



<li>Presionar a jueces ofreciendo «soluciones» a cambio de favores (ej.: asignarles más recursos si fallan a su favor).</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Es relevante porque, los datos actúan como un&nbsp;termómetro objetivo&nbsp;que desenmascara cómo la falta de recursos abre puertas a la injerencia. Sin ellos, sería difícil probar que la independencia judicial se socava por diseño, no por casualidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Segundo sentido: </strong><strong>Las estadísticas sobre resoluciones y persecución revelan patrones de interferencia»</strong> revelan patrones de interferencia y resistencia judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Aquí se argumenta que&nbsp;<strong>los datos cualitativos y cuantitativos sobre decisiones judiciales o ataques a jueces</strong>&nbsp;permiten identificar si hay un&nbsp;<em>patrón sistemático</em>&nbsp;de interferencia o, por el contrario, de resistencia institucional.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Por ejemplo: </strong>Si las estadísticas muestran que un cierto porcentaje de las decisiones de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala entre 2015-2018 favorecieron al Estado en casos tributarios, esto podría indicar:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Interferencia</strong>: Presiones para priorizar intereses fiscales sobre derechos empresariales.</li>



<li><strong>Resistencia</strong>: Un intento del sistema judicial por combatir la evasión fiscal como parte de su autonomía.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Además, si se registra un cierto nuero de jueces perseguidos o exiliados entre cierto periodo de tiempo, se evidencia un&nbsp;<strong>patrón de ataques</strong>&nbsp;contra quienes investigan corrupción.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Su relevancia reside en que las estas estadísticas no son números fríos; son&nbsp;<strong>huellas de poder</strong>. Muestran quiénes están ganando la batalla por el control de la justicia: si los jueces que resisten presiones o los actores que buscan cooptarlos.</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>El poder transformador de las estadísticas en la sociedad</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="511" height="279" sizes="auto, (max-width: 511px) 100vw, 511px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-8.png" alt="" class="wp-image-4311" style="width:672px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-8.png 511w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-8-300x164.png 300w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph">A esta relación bidireccional en acción, se le puede considerar con un círculo vicioso, la interdependencia entre datos e independencia judicial crea un&nbsp;<strong>círculo que puede ser virtuoso o vicioso</strong>:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Círculo vicioso</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si no hay datos transparentes (ej.: presupuesto opaco del Organismo Judicial), las vulnerabilidades se ocultan.</li>



<li>Esto permite que grupos de poder manipulen el sistema sin rendir cuentas.</li>



<li>La falta de independencia resultante genera más opacidad (se ocultan nuevas presiones).</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Círculo virtuoso</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Datos robustos (ej.: registros públicos de amenazas a jueces) exponen las vulnerabilidades.</li>



<li>Esto obliga a implementar reformas (más presupuesto, protección a magistrados).</li>



<li>La mayor independencia judicial genera confianza, lo que mejora la calidad y transparencia de los datos.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Comparando los Impactos de la Transparencia en la Independencia Judicial</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="453" height="311" sizes="auto, (max-width: 453px) 100vw, 453px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-7.png" alt="" class="wp-image-4310" style="width:604px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-7.png 453w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-7-300x206.png 300w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Fuente: Elaboración propia</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Los datos no son solo un reflejo pasivo de la realidad, sino un instrumento activo en la lucha por la independencia judicial. </strong>Su análisis permite tanto diagnosticar problemas como diseñar soluciones basadas en evidencia.<strong></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>La importancia de los indicadores estadísticos reside en que </strong>ofrecen una visión objetiva acerca de la capacidad institucional del sistema de justicia penal de Guatemala en aspectos como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Número de sedes y cobertura territorial: </strong>Una mayor cantidad de sedes (oficinas y tribunales distribuidos geográficamente) permite que los diversos servicios judiciales lleguen de forma más eficiente a toda la población. Esto, a su vez, mitiga desigualdades regionales que podrían derivar en presiones externas o en la concentración de casos en zonas con menor capacidad operativa, lo cual debilita la independencia al generar sobrecarga en ciertas jurisdicciones.</li>



<li><strong>Cantidad y especialización del personal:</strong> Contar con un número suficiente de jueces, fiscales y personal técnico especializado es fundamental para que las decisiones judiciales se tomen con el debido rigor. La insuficiencia de recursos humanos obliga, en ocasiones, a que los operadores de justicia acumulen cargas excesivas de trabajo, lo cual puede traducirse en procesos apresurados o en la incapacidad de resistir presiones externas.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Además, la división entre personal especializado y administrativo es un indicador de la profesionalización del sistema. Una estructura equilibrada ayuda a que los jueces se centren en su función jurisdiccional sin verse absorbidos por tareas administrativas que podrían ser utilizadas como mecanismo para imponer injerencias.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Ejecución presupuestaria y autonomía financiera: </strong>Aunque la independencia formal de los jueces está consagrada en la Constitución, la independencia práctica depende en gran parte de la disponibilidad y asignación de recursos. Cuando el presupuesto destinado al sistema judicial es insuficiente o está sujeto a decisiones políticas del poder legislativo, se crean vulnerabilidades que pueden traducirse en injerencias políticas, ya que el Estado podría utilizar la asignación o retención de fondos como medio de presión.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">La transparencia en la asignación y ejecución del presupuesto (como lo documenta la información estadística que publican entidades como el Organismo Judicial y el CENADOJ) es, por tanto, crucial para medir la independencia real del sistema.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Cómo se vincula la infraestructura y el personal con la independencia judicial</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La independencia judicial no solo se refiere a garantías formales (por ejemplo, la inamovilidad de los jueces) sino también a la capacidad de estos de ejercer sus funciones sin interferencias externas. En este sentido, los datos sobre sedes y personal permiten evaluar:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Capacidad de cobertura y acceso a la justicia:</strong><br>Si las instituciones están dispersas adecuadamente en el territorio (por ejemplo, con sedes estratégicas en todo el país), se reduce la concentración de demandas en una sola área geográfica. Esto evita cuellos de botella y permite que los jueces trabajen en un entorno donde la presión externa –ya sea política o social– se diluye al contar con una red robusta y distribuida.</li>



<li><strong>Carga de trabajo y calidad de la gestión:</strong><br>La cantidad de personal especializado (jueces, fiscales, peritos) en relación con la demanda de procesos judiciales es un indicador esencial de la eficiencia. Altos índices de casos por juez pueden ponerlos en una situación de vulnerabilidad donde la falta de tiempo y recursos abre la puerta a decisiones influenciadas por presiones externas, afectando su imparcialidad.</li>



<li><strong>Profesionalización y separabilidad de funciones:</strong><br>Un sistema bien estructurado contempla una clara división entre funciones administrativas y jurisdiccionales. Datos que evidencien una administración interna organizada (como el número y distribución de personal administrativo versus judicial) refuerzan la idea de que los jueces pueden concentrarse en la toma de decisiones basadas en el derecho y sin interferencias administrativas que puedan ser canalizadas políticamente.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El rol de la información en la transparencia y rendición de cuentas</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La disponibilidad de datos estadísticos sobre el sistema judicial cumple varias funciones fundamentales:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Monitoreo y evaluación del desempeño institucional:</strong><br>Los indicadores permiten a la sociedad civil, organismos internacionales y actores internos evaluar objetivamente la eficiencia, la gestión y, por ende, la independencia real de la justicia. Por ejemplo, informes que comparen la cantidad de resoluciones emitidas frente a la carga de casos o que evalúen el cumplimiento de plazos procesales son herramientas para detectar ineficiencias o posibles presiones.</li>



<li><strong>Generación de benchmarks y mejores prácticas:</strong><br>Comparar indicadores nacionales con estándares internacionales (como los propuestos en los Principios básicos sobre independencia de la judicatura) brinda a los reformadores y a la sociedad un marco para identificar deficiencias. Cuando los datos demuestran, por ejemplo, que el número de jueces apenas crece mientras que la población y la demanda judicial aumentan significativamente, se puede inferir una tensión que podría afectar la calidad de la impartición de justicia.</li>



<li><strong>Fomento de la transparencia:</strong><br>La publicación sistemática de información estadística y la rendición de cuentas (a través de plataformas como CENADOJ que ofrecen datos sobre legislación, resoluciones y estadísticas judiciales) facilitan el escrutinio público y, en consecuencia, pueden limitar la discrecionalidad arbitraria o la influencia de intereses políticos en el sistema.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Indicadores internacionales de independencia judicial y sus fuentes</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La independencia judicial se evalúa mediante indicadores que combinan aspectos normativos, estructurales y de percepción. A continuación, se presentan los principales marcos internacionales y sus indicadores clave, basados en estándares globales y regionales:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Cuadro de Indicadores de la Justicia de la UE (EU Justice Scoreboard)</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El <strong>EU Justice Scoreboard<a href="#_ftn4" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>[4]</strong></a></strong>, elaborado por la Comisión Europea, es un referente internacional que analiza sistemas judiciales en tres dimensiones: <strong>eficiencia</strong>, <strong>calidad</strong> e <strong>independencia</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los indicadores específicos para la independencia judicial incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Percepción de independencia</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Encuestas del Eurobarómetro sobre la percepción de imparcialidad entre la población general y empresas<a href="#_ftn5" id="_ftnref5"><strong>[5]</strong></a>.</li>



<li>En 2024, el 24% de los ciudadanos en países con problemas sistémicos mejoraron su percepción, según datos comparativos.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Procesos de nombramiento y destitución</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Métodos de designación de fiscales y jueces (control judicial sobre el poder ejecutivo en 12 Estados miembros).</li>



<li>Requisitos para la destitución del fiscal general (20 países permiten al ejecutivo o parlamento hacerlo, con revisiones en 16).</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Salvaguardas institucionales</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Declaraciones de patrimonio obligatorias para jueces y marcos legales contra conflictos de interés.</li>



<li>Existencia de consejos judiciales independientes para supervisar nombramientos.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Indicadores del Estado de Derecho del Banco Mundial y el World Justice Project (WJP)</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Estos organismos suelen utilizar métricas como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Índice de Estado de Derecho (WJP)<a href="#_ftn6" id="_ftnref6"><strong>[6]</strong></a></strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Percepción de corrupción en el sistema judicial.</li>



<li>Influencia indebida de gobiernos o actores privados en decisiones judiciales.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Indicadores del Banco Mundial</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Tiempo promedio para resolver disputas comerciales.</li>



<li>Existencia de tribunales especializados en casos de corrupción.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Para concluir podemos decir que la independencia judicial en Guatemala no solo depende de leyes y principios, sino también de recursos tangibles que aseguren su autonomía. Los datos estadísticos, como el presupuesto asignado, el número de jueces especializados y la distribución de sedes judiciales, son herramientas clave para medir y fortalecer esta independencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Aunque Guatemala ha avanzado en indicadores que cumplen con recomendaciones de estándares internacionales, aún persisten retos, como la baja confianza ciudadana en el sistema. Por eso, transparentar y usar estos datos no solo expone problemas, sino que guía soluciones: más presupuesto, mejor infraestructura y protección para los jueces.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al priorizar la autonomía estructural con base en evidencia, construimos un sistema judicial más justo, resistente a interferencias y cercano a toda la población.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> <a href="https://www.v-dem.net" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://www.v-dem.net</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> <a href="https://www.fraserinstitute.org" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://www.fraserinstitute.org</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> <a href="https://efotw.org/?geozone=world&amp;page=map&amp;year=2022&amp;countries=GTM#country-info" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://efotw.org/?geozone=world&amp;page=map&amp;year=2022&amp;countries=GTM#country-info</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> <a href="https://commission.europa.eu/strategy-and-policy/policies/justice-and-fundamental-rights/upholding-rule-law/eu-justice-scoreboard_es" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://commission.europa.eu/strategy-and-policy/policies/justice-and-fundamental-rights/upholding-rule-law/eu-justice-scoreboard_es</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref5" id="_ftn5">[5]</a> <a href="https://fundaciongaliciaeuropa.eu/es/cuadro-indicadores-justicia-mejora-independencia-judicial-ue/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://fundaciongaliciaeuropa.eu/es/cuadro-indicadores-justicia-mejora-independencia-judicial-ue/</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref6" id="_ftn6">[6]</a> <a href="https://worldjusticeproject.org/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://worldjusticeproject.org/</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Caso Emblemático: El Juicio “La Línea” y su Impacto en la Confianza de la Juventud en la Justicia</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/caso-emblematico-el-juicio-la-linea-y-su-impacto-en-la-confianza-de-la-juventud-en-la-justicia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Mar 2025 22:10:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Caso La Línea]]></category>
		<category><![CDATA[Casos de alto impacto Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[corrupción judicial]]></category>
		<category><![CDATA[criminalización defensores de derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[impunidad]]></category>
		<category><![CDATA[independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[justicia]]></category>
		<category><![CDATA[ministerio público]]></category>
		<category><![CDATA[Participación Juvenil]]></category>
		<category><![CDATA[sistema de justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Transparencia]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Caso Emblemático: El Juicio “La Línea” y su Impacto en la Confianza de la Juventud en la Justicia" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/caso-emblematico-el-juicio-la-linea-y-su-impacto-en-la-confianza-de-la-juventud-en-la-justicia/#more-4192" aria-label="Leer más sobre Caso Emblemático: El Juicio “La Línea” y su Impacto en la Confianza de la Juventud en la Justicia">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph">En los últimos años, la sociedad guatemalteca ha sido testigo de cómo casos de corrupción dentro del sistema de justicia penal el país, han puesto en tela de juicio la independencia de los tribunales, jueces, magistrados y la integridad del sistema legal. Uno de los casos emblemáticos analizados ha sido el <strong>juicio por La Línea</strong>, un caso que ha dejado huella en la percepción de la población sobre el sistema de justicia, especialmente entre las juventudes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este artículo, explorara de manera clara y detallada en qué consiste este caso, cómo se vincula con la corrupción judicial y de qué manera afecta la participación política de los jóvenes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El <strong>juicio por La Línea</strong> ha sido catalogado como un hito en el análisis de la corrupción en el sistema judicial nacional. Aunque los detalles específicos del proceso pueden ser complejos y difíciles de comprender por un ciudadano que solo se informa por los medios de comunicación o redes sociales, lo esencial radica en la exposición de irregularidades y prácticas que vulneran los principios de transparencia y equidad en la administración de justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Entre los elementos centrales del caso se encuentran, a) La <strong>falta de transparencia:</strong> diversos aspectos del proceso judicial estuvieron marcados por la opacidad, lo que generó desconfianza en la ciudadanía. B) <strong>Influencia externa:</strong> Se identificaron presiones y maniobras por parte de de diversos sectores externos a las instituciones de impartir justicia, que sugieren que intereses externos pudieron haber influido en las decisiones judiciales. c) <strong>Debilitamiento de instituciones:</strong> El caso evidenció debilidades en los mecanismos de control interno del sistema de justicia, haciendo evidente que las medidas de rendición de cuentas no eran suficientes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este contexto se ha convertido en un referente para analizar cómo ciertos fallos en la administración de justicia, como lo sucedido recientemente en donde los implicados en este caso han salido de prisión e inclusive la devolución de activos que previamente habían sido adquiridos producto de actos de corrupción, estos actos jurídicos tienen repercusiones en la percepción de toda la sociedad, en especial entre los sectores de los bonos demográficos, como el de jóvenes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero en este punto sale a relucir el concepto<strong> Corrupción Judicial, </strong>pero<strong> ¿Qué significa y por qué importa?</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La <strong>corrupción judicial<a href="#_ftn1" id="_ftnref1"><strong>[1]</strong></a></strong> se manifiesta cuando funcionarios o instituciones encargadas de impartir justicia se ven involucrados en actos ilícitos o irregulares, que pueden ir desde sobornos hasta manipulaciones en la aplicación de la ley.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En otras palabras podemos decir que la corrupción judicial es el abuso de poder por parte de jueces, fiscales, abogados y otros profesionales del derecho para obtener un beneficio personal</p>



<p class="wp-block-paragraph">Algunas características son:</p>



<ol style="list-style-type:lower-alpha" class="wp-block-list">
<li><strong>Imparcialidad comprometida:</strong> La confianza en el sistema de justicia penal se basa en la idea de que todos los ciudadanos serán tratados de manera equitativa. Cuando se evidencia corrupción, esta premisa se ve gravemente afectada.</li>



<li><strong>Fallas en la rendición de cuentas:</strong> La incapacidad de sancionar a quienes vulneran la ley genera un efecto dominó, permitiendo que prácticas corruptas se repitan.</li>



<li><strong>Erosión de la Confianza Pública:</strong> Cada escándalo judicial refuerza la idea de que el sistema no protege los derechos de los ciudadanos de manera justa.</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph">El caso de La Línea es un ejemplo paradigmático de cómo estas fallas pueden desestabilizar no solo la percepción de la justicia, sino también el compromiso ciudadano en la defensa y la participación en el sistema democrático.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero esto genera ha generado un <strong>impacto que podría ser considerado negativo en la confianza de las juventudes<a href="#_ftn2" id="_ftnref2"><strong>[2]</strong></a>, </strong>estos representan una parte fundamental de la sociedad, según los datos del censo poblacional del año 2018 el 11% de la población está comprendida en este bono demográfico, y su visión sobre la justicia influye directamente en su involucramiento político y social. Cuando se presentan casos como el juicio por La Línea, las consecuencias pueden ser profundas como:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Desconfianza Generalizada</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En donde la <strong>percepción de injusticia,</strong> cuando la exposición a casos de corrupción judicial conduce a la sensación de que el sistema de justicia no protege a los ciudadanos de manera justa. Muchos jóvenes sienten que las reglas pueden ser manipuladas a favor de quienes tienen poder o influencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Otro elemento por considerar es la <strong>ceguera ante la legalidad, </strong>que surge cuando la repetición de este tipo de casos genera un ambiente en el que las juventudes se muestra escéptica sobre la posibilidad de lograr cambios a través de los mecanismos tradicionales de justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Desmotivación y Desafección Política</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Esto genera un ambiente negativo que impacta en la r<strong>educción del interés cívico, </strong>cuando los jóvenes perciben que el sistema está viciado, se desmotivan de participar en procesos electorales o en movimientos políticos. Esta falta de participación no solo debilita la democracia, sino que también perpetúa un ciclo de inacción y frustración.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Generando como consecuencia el <strong>aumento de la apatía, </strong>que en este escenario la podemos considerar como una sensación de impotencia frente a un sistema corrupto puede llevar a la apatía, donde las juventudes se retiran de la esfera pública, creyendo que sus voces no son escuchadas.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Búsqueda de Alternativas</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Como el <strong>activismo y movimientos sociales, </strong>por otro lado, la indignación frente a la corrupción judicial ha motivado a algunos jóvenes a involucrarse en movimientos sociales y de protesta, buscando crear espacios de rendición de cuentas y mayor transparencia en la administración pública.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Y por último queda un elemento fundamental relacionado con la <strong>innovación en la participación ciudadana, </strong>en donde el uso de tecnologías y redes sociales se ha convertido en una herramienta poderosa para denunciar irregularidades y movilizar a la opinión pública, evidenciando una forma alternativa y moderna de participación política.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por último solo queda dar una tentativa de respuesta a la pregunta de <strong>¿Cómo la Corrupción judicial afecta la participación política de los jóvenes? </strong>el impacto del caso La Línea en la confianza de las juventudes es solo una parte del panorama. La corrupción del sistema de justicia penal en general influye de manera directa en la participación política de los jóvenes a través de diversos mecanismos como:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Falta de Representación</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Existe una <strong>desconexión con las instituciones de justicia, </strong>cuando el sistema falla en garantizar justicia, las juventudes sienten que sus intereses y derechos no están representados. Esta desconexión puede llevar a una menor participación en procesos políticos y electorales, y esto se agrava cuando este bono demográfico está integrado por juventudes que integran o representan a poblaciones indígenas o pertenecientes a la comunidad LGBTIQ+, por mencionar algunos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Desconfianza en los líderes políticos:</strong> La percepción de que las élites y los actores políticos están vinculados a prácticas corruptas desincentiva el compromiso con representantes que, en teoría, deberían defender los intereses de la sociedad. Pero como constante es que las juventudes se sienten utilizados por estos sectores para sus beneficios particulares, en donde en muchos casos solo benefician a solo una pequeña porción de quienes les apoyaron, privilegiando áreas urbanas sobre juventudes del área rural del país.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Lo anterior provoca una gran <strong>erosión de la credibilidad del Estado </strong>dando como resultado una <strong>desintegración del contrato social, </strong>donde la confianza en el Estado se basa en la premisa de que las instituciones actúan de forma justa y transparente. La corrupción judicial debilita este contrato, lo que resulta en una disminución de la participación ciudadana en la toma de decisiones. A esto se le debe sumar que existen <strong>barreras para el cambio, </strong>se da cuando las juventudes perciben que las instituciones están manipuladas por intereses particulares, se crean barreras psicológicas con el objetivo de implantar temor sobre las consecuencias de denunciar y proponer reformas estructurales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esto conlleva que se generen <strong>consecuencias de largo plazo </strong>como:</p>



<ol style="list-style-type:lower-alpha" class="wp-block-list">
<li><strong>Desigualdad y exclusión:</strong> provocando que una falta de participación política por parte de las juventudes que se puede perpetuar como un sistema en el que solo un grupo reducido de personas tiene acceso al poder y a los recursos, incrementando la desigualdad, discriminación, entre otros.</li>



<li><strong>Crisis de legitimidad:</strong> La repetida exposición a la población de casos de corrupción, como el de La Línea, lo que puede derivar en una crisis de legitimidad hacia las instituciones de justicia que, a mediano y largo plazo, afectan la estabilidad democrática y la capacidad de las instituciones para responder a las necesidades de la población.</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph">Ante este panorama, es fundamental proponer estrategias que permitan recuperar la confianza de la juventud en la justicia y en las instituciones democráticas. Algunas propuestas que podrían ser <strong>fortalecer de la transparencia </strong>por medio de la <strong>implementación de mecanismos de auditoria social para la rendición de cuentas, </strong>aspecto vital para que se establezcan controles internos y externos que permitan sancionar de manera efectiva a quienes incurran en prácticas corruptas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Establecer procesos de f<strong>ormación en derechos y deberes,</strong> en el cual se incluyan programas educativos que fortalezcan el conocimiento sobre el funcionamiento del sistema judicial y la importancia de la participación ciudadana. Que permitan el <strong>fomento del pensamiento crítico, </strong>por medio de la capacitación de jóvenes para analizar críticamente la información y distinguir entre hechos y percepciones, fortaleciendo su capacidad de exigir rendición de cuentas.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> Te recomendamos leer: <a href="https://knowledgehub.transparency.org/guide/topic-guide-on-judicial-corruption/5305">https://knowledgehub.transparency.org/guide/topic-guide-on-judicial-corruption/5305</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> Las Naciones Unidas define a los jóvenes como las personas entre 15 y 24 años.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Ejecución Presupuestaria y Autonomía Financiera: El Poder de los Ingresos Propios</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/ejecucion-presupuestaria-y-autonomia-financiera-el-poder-de-los-ingresos-propios/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Feb 2025 20:34:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Análisis gasto social]]></category>
		<category><![CDATA[Centro de costos]]></category>
		<category><![CDATA[Presupuesto público]]></category>
		<category><![CDATA[autonomía financiera]]></category>
		<category><![CDATA[desarrollo comunitario]]></category>
		<category><![CDATA[ejecución presupuestaria]]></category>
		<category><![CDATA[gestión municipal]]></category>
		<category><![CDATA[ingresos propios]]></category>
		<category><![CDATA[municipalidades Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[presupuesto 2024]]></category>
		<category><![CDATA[rendición de cuentas]]></category>
		<category><![CDATA[sostenibilidad financiera]]></category>
		<category><![CDATA[transparencia municipal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://odgs.ciidhguatemala.org/?p=3662</guid>

					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Ejecución Presupuestaria y Autonomía Financiera: El Poder de los Ingresos Propios" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/ejecucion-presupuestaria-y-autonomia-financiera-el-poder-de-los-ingresos-propios/#more-3662" aria-label="Leer más sobre Ejecución Presupuestaria y Autonomía Financiera: El Poder de los Ingresos Propios">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Actualmente existen 340 municipalidades en el territorio nacional el cambio de Gobierno supone retos para la ejecución de presupuesto dado que algunos de los jefes ediles son nuevos en la administración pública. Para las últimas elecciones fueron 108 alcaldes reelectos y 232 nuevos alcaldes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El ejercicio fiscal 2024 estuvo marcado por controversias y opiniones divididas respecto a la ejecución presupuestaria de las municipalidades. Algunos sectores señalaron que la ejecución fue considerablemente baja en comparación con años anteriores, por lo que cuestionaban la necesidad de ampliar el presupuesto destinado a los Concejos Comunitarios de Desarrollo (COCODE). En este contexto, el aporte extraordinario ascendía a Q1,881,000, distribuidos entre los 22 departamentos, aunque no en todos los municipios.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El cambio de autoridades municipales supone una curva de aprendizaje que puede afectar temporalmente la ejecución presupuestaria; sin embargo, esto no justifica que el desempeño financiero de las municipalidades sea discreto en 2024. A nivel nacional, <a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/ejecucion-del-presupuesto-municipal-guatemala-2024/">el promedio de ejecución presupuestaria municipal se sitúa en un 78%</a><a href="#_ftn1" id="_ftnref1"><sup>[1]</sup></a>. Aunque esto no significa que lo trasladado por la ampliación del presupuesto no haya sido ejecutado.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="940" height="656" sizes="auto, (max-width: 940px) 100vw, 940px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-4.png" alt="" class="wp-image-3663" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-4.png 940w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-4-300x209.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-4-768x536.png 768w" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Determinar si una ejecución del 78% es buena o mala depende de varios factores. A primera vista, puede considerarse aceptable, ya que indica que la mayoría del presupuesto asignado ha sido utilizado. Además, en el último año han surgido nuevas disposiciones sobre la ejecución presupuestaria, incluyendo la posibilidad de una ejecución bianual, un concepto introducido por el Ministro de Finanzas Públicas durante las audiencias en el Congreso de la República. Esta medida permitiría a las municipalidades utilizar fondos en un período de dos años, en lugar de verse presionadas a gastar en un solo ejercicio fiscal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Hay que recordar que existe una diferencia en los presupuestos que traslada el Gobierno Central y el realmente manejan cada una de las municipalidades del país. El presupuesto que traslada el Ministerio de Finanzas a las municipalidades son aporte constitucional, subsidios del gobierno central, el monto recaudado vía IVA PAZ, así como el impuesto al petróleo y combustibles derivados del petróleo, y recursos asignados por el fondo de solidaridad para el desarrollo comunitario a través de los Consejos Regionales de Desarrollo<a href="#_ftn2" id="_ftnref2"><sup>[2]</sup></a>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, las municipalidades reciben otros ingresos por otras vías tales como el Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI), Arbitrio de Ornato Municipal, Arbitrios sobre Actividades Económicas, las contribuciones para mejoras y tasas que determinen los Concejos Municipales, aunque también reciben ingresos por regalías, subsidios donaciones, préstamos, venta de bienes y servicios, regalías entre otros según el artículo 100, capítulo I del Código Municipal.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>Estructura del Presupuesto de Ingresos Municipales</em></strong></p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="940" height="560" sizes="auto, (max-width: 940px) 100vw, 940px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-5.png" alt="" class="wp-image-3664" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-5.png 940w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-5-300x179.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-5-768x458.png 768w" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">La estructura de los ingresos municipales puede venir de 3 fuentes, <em>Transferencias de Gobierno Central</em> estas pueden ser Transferencias Corrientes y Transferencias de Capital. Las transferencias corrientes son fondos que las municipalidades reciben para cubrir gastos operativos, como el pago de salarios, servicios básicos y mantenimiento administrativo, sin generar un incremento en su patrimonio. En cambio, las transferencias de capital se destinan a inversiones en infraestructura y proyectos de desarrollo, como la construcción de carreteras, escuelas o sistemas de agua potable, lo que sí aumenta el patrimonio municipal. Mientras las primeras aseguran el funcionamiento diario de la municipalidad, las segundas contribuyen al crecimiento y mejora de los servicios públicos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por otro lado, los ingresos pueden venir por<em> endeudamiento y donaciones</em>. Las donaciones pueden venir de entidades no gubernamentales y/o privadas, nacionales o extranjeras que la municipalidad obtiene para proyectos específicos, en forma de dinero, en especie como maíz, frijol, ambulancias, hospitales, entre otros, o servicios técnicos o profesionales.</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Ingresos municipales por donación </strong></p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="940" height="504" sizes="auto, (max-width: 940px) 100vw, 940px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-7.png" alt="" class="wp-image-3666" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-7.png 940w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-7-300x161.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-7-768x412.png 768w" /></figure>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph">Las municipalidades pueden pedir préstamos para cumplir con sus proyectos y necesidades, pero deben hacerlo siguiendo las reglas establecidas en el código municipal en su capítulo II. El endeudamiento puede ser a corto o largo plazo según lo establecido en el Código Municipal y en varias vías desde emisión de productos financieros hasta adquisición de créditos en bancos del país como Banrural o Bantrab, también puede venir de organismos internacionales como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), y por último por entidades nacionales como el Instituto de Fomento Municipal (INFOM).</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph">Proceso de aprobación de Prestamos Municipales</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="1009" height="686" sizes="auto, (max-width: 1009px) 100vw, 1009px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-8.png" alt="" class="wp-image-3667" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-8.png 1009w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-8-300x204.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-8-768x522.png 768w" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Los<em> ingresos propios</em> son los que las municipalidades recaban y no corresponden a las transferencias del Gobierno Central, a la deuda ni cualquier otra fuente. La clasificación que se le puede hacer es por Ingresos Tributarios e Ingresos No Tributarios.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los<em> ingresos tributarios </em>son aquellos que las municipalidades reciben a través del pago de impuestos. Estos tributos se generan a partir de una actividad estatal general y no están directamente relacionados con un contribuyente específico. Pueden ser tasas como el Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI), o los arbitrios municipales, los cuales, por su naturaleza, no tienen una contraprestación directa. Es decir, quienes los pagan no reciben un bien o servicio específico a cambio, ya que estos fondos pueden destinarse a diferentes fines según lo establezca la ley, estos impuestos son creados por el Congreso de la República y deben pagarse de forma periódica. Además, los ingresos tributarios pueden incluir regalías, que son los ingresos obtenidos por la extracción de recursos naturales o no renovables dentro de un municipio, como ocurre con la explotación minera.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los ingresos municipales <em>No Tributarios</em> son aquellos que reciben las municipalidades por cobros que hacen por la compensación al brindar algún servicio o una mejora que se presta a la población en general. Estos ingresos pueden venir por concepto de tasas creadas por los concejos municipales y deriva de la prestación de un servicio. Pueden ser por la extensión de certificaciones, solvencias, registro y constancias; o bien pueden ser tasas por servicios que provienen por el cobro a los usuarios de servicios públicos como el agua, drenaje, uso de rastro municipal, extracción de basura, servicios de cementerio y arrendamientos de locales municipales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los ingresos pueden venir de <em>Contribución por Mejoras</em>, en dado caso los vecinos que se benefician de las obras de urbanización pagan una contribución de acuerdo con lo que el Concejo Municipal establezca de acuerdo con lo establecido en el Código Municipal artículo 102. También reciben ingresos por multas por incumplir las normas legales de índole municipal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los ingresos por la venta de bienes y servicios, que incluye los pagos que los ciudadanos hacen por ciertos trámites o servicios prestados por la municipalidad. Entre ellos están el registro y uso de fuentes de agua, el deslinde de terrenos y el traspaso de derechos sobre servicios públicos, entre otros.</p>



<p class="has-text-align-center wp-block-paragraph"><strong>Fuentes de Ingresos Municipales No Tributarios</strong></p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="940" height="612" sizes="auto, (max-width: 940px) 100vw, 940px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-9.png" alt="" class="wp-image-3668" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-9.png 940w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-9-300x195.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-9-768x500.png 768w" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">También existen los ingresos por operaciones municipales, que provienen de servicios específicos que ofrecen las municipalidades. Esto incluye pagos por el uso de espacios en mercados (piso de plaza), el derecho a usar fuentes de agua (canon de agua), el acceso a rastros privados para el sacrificio de ganado y la reserva de espacios en cementerios municipales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por último, las municipalidades pueden generar ingresos a través de rentabilidades monetarias, que son los intereses que ganan por los depósitos bancarios que mantienen en instituciones financieras.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>La independencia y sostenibilidad de las municipalidades</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Los ingresos propios son fundamentales para las municipalidades dado que permiten tener mayor autonomía y flexibilidad en la administración de sus recursos. A diferencia de otras fuentes de ingresos como las transferencias de Gobierno Central o los fondos específicos para proyectos, que están condicionados a ciertos usos o destinos dependiendo del tipo de transferencia que se dé; por ejemplo la ampliación de presupuesto 2024 asignaba un monto extraordinario para proyecto de educación, salud, agua, saneamiento, drenajes, infraestructura vial y caminos rurales. Los ingresos propios no tienen restricciones en su aplicación. Esto significa que las municipalidades pueden decidir libremente el destino, cómo y en qué invertirlos, Lo que les da la capacidad de priorizar según lo necesite la comunidad.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="940" height="540" sizes="auto, (max-width: 940px) 100vw, 940px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-10.png" alt="" class="wp-image-3669" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-10.png 940w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-10-300x172.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-10-768x441.png 768w" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">La independencia financiera es crucial para que las municipalidades puedan responder de manera ágil y efectiva a las demandas locales. Por ejemplo, si una municipalidad identifica la necesidad de construir o reparar un camino comunal, puede utilizar el ingreso propio para financiar obras sin tener que esperar aprobaciones o cumplir con los procedimientos burocráticos de la administración central.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A nivel financiero los ingresos propios fortalecen la sostenibilidad financiera de la municipalidad en el largo plazo. Por lo que los ingresos propios no solo son una fuente de financiamiento sino que son una herramienta clave para que las municipalidades ejerzan una gestión de manera autónoma, eficiente y adaptada a las realidades de su localidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Aunque los ingresos propios brindan a las municipalidades una mayor autonomía para gestionar sus recursos, esto no garantiza que su uso sea siempre transparente o libre de riesgos. Es aquí donde el papel de los ciudadanos es importante dado que la falta de controles adecuados y de mecanismos de rendición de cuentas puede generar situaciones de opacidad, malversación o corrupción en el manejo de estos fondos. Por ejemplo, algunos gobiernos locales podrían no reportar correctamente los ingresos obtenidos o destinar esos recursos a proyectos que no beneficien a la comunidad, sino a intereses particulares.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En la medida en que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones, como el pago de impuestos y tasas municipales, contribuyen directamente al desarrollo de su comunidad. Estos recursos permiten que las municipalidades brinden mejores servicios, inviertan en infraestructura y promuevan el bienestar de la población. Sin una cultura de responsabilidad y cumplimiento, los gobiernos locales enfrentan dificultades para atender las necesidades de la ciudadanía. Por ello, participar activamente y exigir transparencia en el uso de los recursos fortalece la democracia y mejora la calidad de vida de todos.</p>



<p class="has-text-align-center has-219-ebc-color has-text-color has-link-color wp-elements-e3e876d372e050cb4875c869889a01ae wp-block-paragraph"><strong>Visita el tablero de datos</strong></p>


<div class="gb-container gb-container-af86ffab">

<a class="gb-button gb-button-79703f86 gb-button-text" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/ejecucion-del-presupuesto-municipal-guatemala-2024/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Tablero de datos</a>

</div>


<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1"><sup>[1]</sup></a> Visite el tablero de ejecución del presupuesto municipal: <a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/ejecucion-del-presupuesto-municipal-guatemala-2024/">https://odgs.ciidhguatemala.org/ejecucion-del-presupuesto-municipal-guatemala-2024/</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref2" id="_ftn2"><sup>[2]</sup></a> <a href="http://www.url.edu.gt/PortalURL/Archivos/56/Archivos/REVISTA69.pdf">http://www.url.edu.gt/PortalURL/Archivos/56/Archivos/REVISTA69.pdf</a></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>El Proceso Penal en Guatemala: Etapas y Características &#8211; Parte II</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/el-proceso-penal-en-guatemala-etapas-y-caracteristicas-parte-ii/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 07 Feb 2025 18:51:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia abierta]]></category>
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		<category><![CDATA[Abuso del proceso penal]]></category>
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		<category><![CDATA[Proceso penal en Guatemala]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="El Proceso Penal en Guatemala: Etapas y Características &#8211; Parte II" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-proceso-penal-en-guatemala-etapas-y-caracteristicas-parte-ii/#more-3610" aria-label="Leer más sobre El Proceso Penal en Guatemala: Etapas y Características &#8211; Parte II">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p class="wp-block-paragraph">Tomando en cuenta lo expuesto en la <a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-proceso-penal-en-guatemala-etapas-y-caracteristicas-parte-i/">primera parte de este análisis</a>, se hace necesario que población en general, organizaciones de sociedad civil, defensores y defensoras de derechos humanos, entidades de cooperación internacional, periodistas, investigadores y analistas, conozcamos de una forma simple y básica cómo funciona el proceso penal, si se tiene planificado implementar acciones de monitoreo, por lo que estos  conocimientos básicos con terminología de fácil comprensión y entendimiento, son fundamentales para comprender y entender de forma objetiva dicho proceso.</p>



<h4 class="gb-headline gb-headline-b28e4e6e gb-headline-text"><strong>1. Etapa Preparatoria o de Investigación Inicial</strong></h4>



<p class="wp-block-paragraph">Esta etapa tiene como objetivo recopilar evidencias y elementos de convicción para determinar si existe mérito para llevar a cabo un juicio. Se divide en las siguientes fases:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Denuncia o Querella<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>:</strong> El proceso inicia con la presentación de una denuncia ante el Ministerio Público (MP) o la Policía Nacional Civil (PNC). La denuncia puede ser presentada por cualquier persona, mientras que la querella solo puede ser interpuesta por la víctima o su representante legal.</li>



<li><strong>Investigación:</strong> El Ministerio Público, como titular de la acción penal, dirige la investigación con el apoyo de la PNC. Durante esta fase, se recaban pruebas, se practican diligencias (allanamientos, interrogatorios, peritajes, etc.) y se identifican a los posibles responsables.</li>



<li><strong>Resolución de la Investigación:</strong> Al concluir la investigación, el MP puede:
<ul class="wp-block-list">
<li>Archivar el caso: Si no encuentra suficientes elementos para acusar.</li>



<li>Solicitar el sobreseimiento: Si se determina que no hubo delito o no existe responsabilidad penal.</li>



<li>Presentar acusación: Si considera que hay suficientes pruebas para llevar el caso a juicio.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<h4 class="gb-headline gb-headline-82aba2d2 gb-headline-text"><strong>2. Etapa Intermedia</strong></h4>



<p class="wp-block-paragraph">Esta etapa tiene como objetivo depurar el caso y prepararlo para el juicio oral y público. Se divide en dos fases:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Control de la Acusación: El juez de primera instancia revisa la acusación presentada por el MP para determinar si cumple con los requisitos legales. En esta fase, el imputado y su defensa pueden presentar excepciones, objeciones o solicitar la exclusión de pruebas.</li>



<li>Apertura a Juicio: Si el juez considera que hay mérito para continuar, emite un auto de apertura a juicio. En caso contrario, puede rechazar la acusación y ordenar el sobreseimiento.</li>
</ul>



<h4 class="gb-headline gb-headline-d7327404 gb-headline-text"><strong>3. Etapa de Juicio Oral y Público</strong></h4>



<p class="wp-block-paragraph">Es la fase central del proceso penal, donde se debate la culpabilidad o inocencia del acusado. Se caracteriza por ser oral, público, contradictorio y concentrado. Las etapas son:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Audiencia Preliminar: Se fijan los hechos a debatir, se admiten pruebas y se resuelven cuestiones procesales.</li>



<li>Desarrollo del Juicio: Se presentan las pruebas, se escuchan los testimonios de testigos y peritos, y se realizan los alegatos de las partes (MP, defensa y querellante adhesivo).</li>



<li>Sentencia: El tribunal delibera y emite una sentencia, que puede ser:
<ul class="wp-block-list">
<li>Condenatoria: Si se determina la responsabilidad penal del acusado.</li>



<li>Absolutoria: Si no se prueba la culpabilidad más allá de toda duda razonable.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<h4 class="gb-headline gb-headline-5701b877 gb-headline-text"><strong>4. Etapa de Impugnación</strong></h4>



<p class="wp-block-paragraph">Las partes pueden impugnar la sentencia mediante recursos legales. Los principales son:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Apelación: Se interpone ante el tribunal superior para revisar la sentencia.</li>



<li>Casación: Se presenta ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para revisar aspectos de forma o fondo en la aplicación de la ley.</li>
</ul>



<h4 class="gb-headline gb-headline-950f577a gb-headline-text"><strong>5. Etapa de Ejecución</strong></h4>



<p class="wp-block-paragraph">Una vez que la sentencia queda firme (es decir, no cabe recurso alguno), se procede a su ejecución. Esta etapa incluye:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Cumplimiento de la Pena: Si la sentencia es condenatoria, el condenado cumple la pena en un centro carcelario.</li>



<li>Libertad: Si la sentencia es absolutoria o el condenado cumple su pena, se ordena su libertad.</li>
</ul>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="886" height="512" sizes="auto, (max-width: 886px) 100vw, 886px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image.png" alt="" class="wp-image-3612" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image.png 886w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-300x173.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-768x444.png 768w" /></figure>



<h3 class="gb-headline gb-headline-1b89b003 gb-headline-text"><strong>Principios Rectores del Proceso Penal en Guatemala</strong></h3>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Presunción de Inocencia:</strong> Todo imputado se considera inocente hasta que se demuestre lo contrario.</li>



<li><strong>Legalidad:</strong> Solo se puede perseguir penalmente lo que está tipificado como delito en la ley.</li>



<li><strong>Contradicción:</strong> Las partes tienen derecho a debatir y contradecir las pruebas presentadas.</li>



<li><strong>Publicidad:</strong> El proceso es público, salvo excepciones para proteger derechos fundamentales.</li>



<li><strong>Derechos de la Víctima:</strong> La víctima tiene derecho a participar en el proceso como querellante adhesivo y a recibir protección.</li>
</ul>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="741" height="569" sizes="auto, (max-width: 741px) 100vw, 741px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-1.png" alt="" class="wp-image-3613" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-1.png 741w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-1-300x230.png 300w" /></figure>



<h4 class="gb-headline gb-headline-26359d03 gb-headline-text"><strong>Actores Involucrados</strong></h4>



<p class="wp-block-paragraph">En el proceso penal participan varias personas e instituciones, cada una con un rol específico. Estos actores trabajan juntos para garantizar que el caso se investigue, se juzgue y se resuelva de manera justa. A continuación, te explicamos quiénes son y qué hacen:</p>



<h5 class="gb-headline gb-headline-6924b687 gb-headline-text"><strong>1. El Ministerio Público (MP)</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">El Ministerio Público es una institución clave en el proceso penal. Su función principal es representar a la sociedad y velar por la justicia. Sus responsabilidades incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Investigar los delitos</strong>: El MP dirige la investigación con el apoyo de la Policía Nacional Civil (PNC).</li>



<li><strong>Presentar la acusación</strong>: Si encuentra suficientes pruebas, el MP acusa formalmente a una persona ante un juez.</li>



<li><strong>Defender los intereses de la víctima</strong>: El MP vela por los derechos de la víctima durante todo el proceso.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">El MP es como el «fiscal» o «procurador» en otros países. Su trabajo es asegurarse de que los delitos no queden impunes.</p>



<h5 class="gb-headline gb-headline-dfdb4d35 gb-headline-text"><strong>2. La Policía Nacional Civil (PNC)</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">La PNC es la institución encargada de mantener el orden público y apoyar al Ministerio Público en las investigaciones. Sus funciones en el proceso penal incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Recibir denuncias</strong>: La PNC es el primer contacto cuando alguien quiere denunciar un delito.</li>



<li><strong>Recolectar pruebas</strong>: Los agentes de la PNC ayudan a reunir evidencias, como testimonios, objetos o documentos.</li>



<li><strong>Detener a sospechosos</strong>: Si hay una orden de captura, la PNC puede detener a una persona para que sea investigada.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-653e7570 gb-headline-text"><strong>3. El Juez</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">El juez es la persona encargada de tomar decisiones importantes durante el proceso penal. Su rol es garantizar que todo se haga conforme a la ley y que se respeten los derechos de todas las partes. Sus funciones incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Controlar la investigación</strong>: El juez supervisa que las pruebas se obtengan de manera legal.</li>



<li><strong>Decidir si hay juicio</strong>: Revisa si hay suficientes pruebas para llevar el caso a juicio.</li>



<li><strong>Dirigir el juicio</strong>: Durante el juicio, el juez escucha las pruebas y los argumentos de ambas partes.</li>



<li><strong>Emitir la sentencia</strong>: Al final, el juez decide si el acusado es culpable o inocente y, en caso de ser culpable, qué pena debe cumplir.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-4601360c gb-headline-text"><strong>4. El Imputado o Acusado</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">El imputado o acusado es la persona a quien se le señala como posible responsable de un delito. Tiene derechos importantes, como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Presunción de inocencia</strong>: Se considera inocente hasta que se demuestre lo contrario.</li>



<li><strong>Derecho a defenderse</strong>: Puede contar con un abogado y presentar pruebas en su favor.</li>



<li><strong>Derecho a un juicio justo</strong>: El proceso debe ser transparente y respetar sus derechos.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-84c72d06 gb-headline-text"><strong>5. La Víctima</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">La víctima es la persona que ha sufrido directamente el delito. Tiene un papel importante en el proceso penal, ya que puede:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Presentar la denuncia</strong>: Iniciar el proceso penal al reportar el delito.</li>



<li><strong>Participar como querellante adhesivo</strong>: Esto significa que puede unirse al Ministerio Público para apoyar la acusación y presentar sus propias pruebas.</li>



<li><strong>Recibir protección</strong>: Si corre algún riesgo, puede pedir medidas de seguridad.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-4cde3c78 gb-headline-text"><strong>6. El Defensor (Abogado de la Defensa)</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">El defensor es el abogado que representa al imputado o acusado. Su trabajo es proteger los derechos de su cliente y asegurarse de que reciba un trato justo. Sus funciones incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Asesorar al imputado</strong>: Explicarle sus derechos y opciones.</li>



<li><strong>Presentar pruebas y argumentos</strong>: Defenderlo durante el juicio.</li>



<li><strong>Impugnar decisiones</strong>: Si no está de acuerdo con alguna decisión del juez, puede presentar recursos legales.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-2b3042df gb-headline-text"><strong>7. El Querellante Adhesivo</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">El querellante adhesivo es la víctima o su representante legal que decide participar activamente en el proceso penal. Puede presentar pruebas, hacer preguntas y apoyar la acusación del Ministerio Público.</p>



<h5 class="gb-headline gb-headline-2a8dba01 gb-headline-text"><strong>8. Los Testigos y Peritos</strong></h5>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Testigos</strong>: Son personas que tienen información relevante sobre el caso. Pueden ser testigos presenciales o personas que conocen detalles importantes.</li>



<li><strong>Peritos</strong>: Son expertos en alguna área (como medicina, balística o informática) que ayudan a interpretar pruebas técnicas o científicas.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-b5f8ebd3 gb-headline-text"><strong>9. El Tribunal de Sentencia</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">En la etapa de juicio, un tribunal (compuesto por uno o más jueces) es el encargado de escuchar las pruebas, los testimonios y los argumentos de ambas partes. Al final, el tribunal decide si el acusado es culpable o inocente y, en caso de ser culpable, qué pena debe cumplir.</p>



<h5 class="gb-headline gb-headline-2ff4d8df gb-headline-text"><strong>10. Corte Suprema de Justicia (CSJ)</strong></h5>



<p class="wp-block-paragraph">En casos muy complejos o cuando se presentan recursos de casación, la Corte Suprema de Justicia revisa las decisiones de los jueces para asegurarse de que se aplicó correctamente la ley.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="886" height="917" sizes="auto, (max-width: 886px) 100vw, 886px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-2.png" alt="" class="wp-image-3615" style="width:915px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-2.png 886w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-2-290x300.png 290w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-2-768x795.png 768w" /></figure>
</div>


<h5 class="gb-headline gb-headline-6940a470 gb-headline-text"><strong>Resumen de los Actores y sus Roles</strong></h5>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table><tbody><tr><td><strong>Actor</strong></td><td><strong>Rol Principal</strong></td></tr><tr><td>Ministerio Público (MP)</td><td>Investigar y acusar. Representar a la sociedad y a la víctima.</td></tr><tr><td>Policía Nacional Civil</td><td>Apoyar la investigación, recoger pruebas y detener a sospechosos.</td></tr><tr><td>Juez</td><td>Tomar decisiones clave y garantizar un proceso justo.</td></tr><tr><td>Imputado/Acusado</td><td>Persona señalada como responsable. Tiene derecho a defenderse.</td></tr><tr><td>Víctima</td><td>Persona afectada por el delito. Puede participar en el proceso.</td></tr><tr><td>Defensor (Abogado)</td><td>Representar y defender al imputado.</td></tr><tr><td>Querellante Adhesivo</td><td>Víctima que participa activamente en el proceso.</td></tr><tr><td>Testigos y Peritos</td><td>Personas que aportan información o conocimientos técnicos sobre el caso.</td></tr><tr><td>Tribunal de Sentencia</td><td>Juzgar y emitir la sentencia.</td></tr><tr><td>Corte Suprema de Justicia</td><td>Revisar decisiones en casos complejos.</td></tr></tbody></table></figure>



<h4 class="gb-headline gb-headline-08262b6f gb-headline-text"><strong>Derechos de las Partes</strong></h4>



<p class="wp-block-paragraph">El proceso penal en Guatemala garantiza una serie de derechos a todas las partes involucradas, tales como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Derecho a la defensa: Todo acusado tiene derecho a ser asistido por un abogado.</li>



<li>Derecho a un juicio justo: Las partes tienen derecho a ser escuchadas y a presentar pruebas.</li>



<li>Derecho a la presunción de inocencia: Todo acusado es considerado inocente hasta que se demuestre su culpabilidad.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">En el proceso penal, tanto el imputado (la persona acusada) como la víctima tienen derechos específicos que deben ser respetados en todo momento. Estos derechos están diseñados para garantizar un proceso justo, transparente y equilibrado. A continuación, te explicamos de manera clara y sencilla cuáles son los derechos de cada una de las partes involucradas.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Derechos del Imputado o Acusado</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El imputado es la persona a quien se le señala como posible responsable de un delito. Aunque esté siendo investigado o acusado, tiene derechos fundamentales que deben ser respetados. Estos son los principales:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Presunción de Inocencia</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado se considera inocente hasta que se demuestre lo contrario en un juicio.</li>



<li>Nadie puede tratarlo como culpable antes de que se emita una sentencia.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a ser Informado</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado debe ser informado de los cargos en su contra (qué delito se le acusa) y de las pruebas que existen.</li>



<li>También debe ser notificado de sus derechos, como el derecho a un abogado.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a un Abogado</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado tiene derecho a ser representado por un abogado defensor.</li>



<li>Si no puede pagar uno, el Estado debe proporcionarle un defensor público gratuito.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Guardar Silencio</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado no está obligado a declarar en su contra.</li>



<li>Puede negarse a responder preguntas si así lo decide.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Presentar Pruebas y Argumentos</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado puede presentar pruebas y testigos en su defensa.</li>



<li>También puede contradecir las pruebas presentadas en su contra.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a un Juicio Justo y Público</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El juicio debe ser imparcial, transparente y realizado dentro de un plazo razonable.</li>



<li>El imputado tiene derecho a ser escuchado y a que se respeten todas las garantías procesales.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Impugnar Decisiones</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si el imputado no está de acuerdo con una decisión del juez, puede presentar recursos legales, como una apelación.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a no ser Sometido a Tratos Crueles o Inhumanos</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado no puede ser torturado, maltratado o humillado durante el proceso.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Derechos de la Víctima</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La víctima es la persona que ha sufrido directamente el delito. También tiene derechos importantes que buscan protegerla y garantizar su participación en el proceso. Estos son los principales:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Derecho a Denunciar</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima puede presentar una denuncia o querella ante el Ministerio Público o la Policía Nacional Civil.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a ser Informada</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima debe ser informada sobre el avance de la investigación y las decisiones importantes, como el cierre del caso o la apertura a juicio.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Participar en el Proceso</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima puede participar como <strong>querellante adhesivo</strong>, lo que significa que puede unirse al Ministerio Público para apoyar la acusación y presentar pruebas.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Protección</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si la víctima corre algún riesgo (por ejemplo, amenazas del acusado), puede solicitar medidas de protección, como escolta policial o cambio de identidad.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a ser Escuchada</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima tiene derecho a ser escuchada durante el proceso, especialmente en el juicio, donde puede presentar su versión de los hechos.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Reparación</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima puede pedir una indemnización por los daños sufridos, ya sea económica, moral o psicológicamente.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Asistencia Legal</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si la víctima no puede pagar un abogado, puede solicitar asistencia legal gratuita para representarse en el proceso.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Respeto y Dignidad</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima debe ser tratada con respeto y sin discriminación durante todo el proceso.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Derechos del Ministerio Público (MP)</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Aunque el MP no es una «parte» en el sentido tradicional, también tiene derechos y facultades para cumplir su rol:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Derecho a Investigar</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El MP tiene la facultad de dirigir la investigación y recopilar pruebas.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Acusar</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si encuentra suficientes pruebas, el MP puede presentar una acusación formal ante el juez.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Participar en el Juicio</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El MP presenta las pruebas y argumentos para demostrar la culpabilidad del acusado.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Derechos de la Defensa (Abogado del Imputado)</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El abogado defensor también tiene derechos para garantizar una defensa adecuada:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Derecho a Acceder a las Pruebas</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El defensor puede revisar todas las pruebas que el MP tiene en su contra.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Presentar Pruebas y Argumentos</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Puede presentar testigos, documentos y otras pruebas en favor del imputado.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Impugnar Decisiones</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si no está de acuerdo con una decisión del juez, puede presentar recursos legales.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Resumen de los Derechos de las Partes</strong></p>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table><tbody><tr><td><strong>Parte</strong></td><td><strong>Derechos Principales</strong></td></tr><tr><td><strong>Imputado/Acusado</strong></td><td>Presunción de inocencia, derecho a un abogado, guardar silencio, presentar pruebas, juicio justo.</td></tr><tr><td><strong>Víctima</strong></td><td>Denunciar, ser informada, participar en el proceso, protección, reparación, asistencia legal.</td></tr><tr><td><strong>Ministerio Público</strong></td><td>Investigar, acusar, participar en el juicio.</td></tr><tr><td><strong>Defensor (Abogado)</strong></td><td>Acceder a pruebas, presentar defensa, impugnar decisiones.</td></tr></tbody></table></figure>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> En Guatemala, la denuncia es un acto de conocimiento, mientras que la querella es una declaración de voluntad.&nbsp;La denuncia es una obligación, mientras que la querella es un derecho.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Denuncia&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Es un acto de colaboración con la justicia</li>



<li>Puede ser presentada por cualquier persona</li>



<li>Puede ser verbal o escrita</li>



<li>Puede ser anónima</li>



<li>No requiere requisitos formales</li>



<li>Se puede presentar ante la policía, el Ministerio Público o la autoridad judicial</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Querella&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Es un acto voluntario</li>



<li>Es un derecho de las personas directamente afectadas por el delito</li>



<li>Requiere requisitos formales</li>



<li>Debe ser presentada por escrito</li>



<li>Se debe presentar ante el juez o tribunal competente</li>



<li>Requiere la intervención de abogado y procurador</li>



<li>Puede requerir una fianza</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">La denuncia y la querella son actos procesales que se utilizan para iniciar una investigación y un proceso judicial por un delito.&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
