¿Qué es independencia judicial y por qué es esencial para una democracia?

Por: Yonni Aguilar – observatoriociidh@gmail.com

Conocer el concepto de independencia judicial para un ciudadano de este país es de vital importancia principalmente en el contexto político y social que estamos enfrentando, con casos de corrupción que están quedando en la impunidad debido a estructuras o elites políticas, económicas y religiosas han influenciado para que este sistema de justicia beneficie a un sector pequeño de la población.

El concepto como tal es representa entonces para el país un pilar fundamental de nuestro sistema democrático como del estado de derecho[1]. El velar por que se cumpla con sus principios asegura que Guatemala cuente con jueces y tribunales que actúen de manera imparcial, autónoma y libre de influencias externas al momento de interpretar y aplicar la ley. Lo que se traduce como una garantía para los ciudadanos de que las decisiones judiciales están basadas únicamente en la ley y los hechos, y no en presiones políticas, económicas o sociales.

Existen diversidad de definiciones para este concepto pero se pude englobar que: La independencia judicial es una de las piedras angulares de cualquier democracia moderna y funcional. Este principio asegura que los jueces puedan tomar decisiones basadas exclusivamente en la ley y en los hechos presentados, sin influencias externas o internas que comprometan su imparcialidad. En esencia, no solo es un derecho fundamental para quienes buscan justicia, sino también un mecanismo clave para prevenir abusos de poder y garantizar la equidad en una sociedad.

En muchas partes del mundo; Guatemala incluida, como caso especial, la implementación de este principio enfrenta amenazas significativas, desde interferencias políticas hasta falta de recursos. De tal cuente con este artículo, nos enfocaremos en el significado de la independencia judicial, su importancia para el fortalecimiento del Estado de derecho[2] y las medidas necesarias para protegerla.

La independencia judicial es la capacidad del Poder Judicial, para el caso de Guatemala representado por el Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala.  Para que sus miembros desempeñen sus funciones de manera libre, imparcial y sin interferencias externas de otros poderes del Estado, como el Ejecutivo o el Legislativo, así como de grupos de interés o particulares.

Este concepto tiene dos dimensiones principales:

  1. Independencia individual: Se refiere a la autonomía de cada juez en la toma de decisiones. Los jueces deben tener la libertad de interpretar y aplicar la ley sin temor a represalias, ya sea en forma de despidos, transferencias arbitrarias o daño a su reputación.
  2. Independencia institucional: Este aspecto asegura que el Poder Judicial, como un todo, funcione sin estar subordinado a otros poderes del Estado. Incluye la asignación de recursos suficientes y la existencia de mecanismos legales que prevengan interferencias externas.

Principios básicos relativos a la Independencia Judicial[3]

Las Naciones Unidas presenta los principios que se deben de regir a los Estados donde indica que: “Los siguientes principios básicos, formulados para ayudar a los Estados Miembros en su tarea de garantizar y promover la independencia de la judicatura, deben ser tenidos en cuenta y respetados por los gobiernos en el marco de la legislación y la práctica nacionales y ser puestos en conocimiento de los jueces, los abogados, los miembros de los poderes ejecutivo y legislativo y el público en general. Estos principios se han elaborado teniendo presentes principalmente a los jueces profesionales, pero se aplican igualmente, cuando sea procedente, a los jueces legos donde éstos existan.”

Principios:

  1. La independencia de la judicatura será garantizada por el Estado y proclamada por la Constitución o la legislación del país. Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura.
  2. Los jueces resolverán los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo.
  3. La judicatura será competente en todas las cuestiones de índole judicial y tendrá autoridad exclusiva para decidir si una cuestión que le haya sido sometida está dentro de la competencia que le haya atribuido la ley.
  4. No se efectuarán intromisiones indebidas o injustificadas en el proceso judicial, ni se someterán a revisión las decisiones judiciales de los tribunales. Este principio se aplicará sin menoscabo de la vía de revisión judicial ni de la mitigación o conmutación de las penas impuestas por la judicatura efectuada por las autoridades administrativas de conformidad con lo dispuesto en la ley.
  5. Toda persona tendrá derecho a ser juzgada por los tribunales de justicia ordinarios con arreglo a procedimientos legalmente establecidos. No se crearán tribunales que no apliquen normas procesales debidamente establecidas para sustituir la jurisdicción que corresponda normalmente a los tribunales ordinarios. 6. El principio de la independencia de la judicatura autoriza y obliga a la judicatura a garantizar que el procedimiento judicial se desarrolle conforme a derecho, así como el respeto de los derechos de las partes.
  6. Cada Estado Miembro proporcionará recursos adecuados para que la judicatura pueda desempeñar debidamente sus funciones.

Libertad de expresión y asociación

  • En consonancia con la Declaración Universal de Derechos Humanos y al igual que los demás ciudadanos, los miembros de la judicatura gozarán de las libertades de expresión, creencias, asociación y reunión, con la salvedad de que, en el ejercicio de esos derechos, los jueces se conducirán en todo momento de manera que preserve la dignidad de sus funciones y la imparcialidad e independencia de la judicatura.
  • Los jueces gozarán del derecho a constituir asociaciones de jueces u otras organizaciones que tengan por objeto representar sus intereses, promover su formación profesional y defender la independencia judicial, así como el derecho a afiliarse a ellas.

Competencia profesional, selección y formación

  • Las personas seleccionadas para ocupar cargos judiciales serán personas íntegras e idóneas y tendrán la formación o las calificaciones jurídicas apropiadas. Todo método utilizado para la selección de personal judicial garantizará que éste no sea nombrado por motivos indebidos. En la selección de los jueces, no se hará discriminación alguna por motivo de raza, color, sexo, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o condición; el requisito de que los postulantes a cargos judiciales sean nacionales del país de que se trate no se considerará discriminatorio.

Condiciones de servicio e inamovilidad

  1. La ley garantizará la permanencia en el cargo de los jueces por los períodos establecidos, su independencia y su seguridad, así como una remuneración, pensiones y condiciones de servicio y de jubilación adecuadas.
  2. Se garantizará la inamovilidad de los jueces, tanto de los nombrados mediante decisión administrativa como de los elegidos, hasta que cumplan la edad para la jubilación forzosa o expire el período para el que hayan sido nombrados o elegidos, cuando existan normas al respecto.
  3. El sistema de ascensos de los jueces, cuando exista, se basará en factores objetivos, especialmente en la capacidad profesional, la integridad y la experiencia.
  4. La asignación de casos a los jueces dentro del tribunal de que formen parte es asunto interno de la administración judicial.

Secreto profesional e inmunidad

  1. Los jueces estarán obligados por el secreto profesional con respecto a sus deliberaciones y a la información confidencial que hayan obtenido en el desempeño de sus funciones, a menos que se trate de audiencias públicas, y no se les exigirá que testifiquen sobre tales asuntos.
  2. Sin perjuicio de cualquier procedimiento disciplinario o derecho de apelación, ni del derecho a recibir indemnización del Estado de acuerdo con la legislación nacional, los jueces gozarán de inmunidad personal con respecto a las acciones civiles por daños y perjuicios derivados de acciones u omisiones indebidas cometidas en el ejercicio de sus funciones judiciales.

Medidas disciplinarias, suspensión y separación del cargo

  1. Toda acusación o queja formulada contra un juez por su actuación judicial y profesional se tramitará con prontitud e imparcialidad con arreglo al procedimiento pertinente. El juez tendrá derecho a ser oído imparcialmente. En esa etapa inicial, el examen de la cuestión será confidencial, a menos que el juez solicite lo contrario.
  2. Los jueces sólo podrán ser suspendidos o separados de sus cargos por incapacidad o comportamiento que los inhabilite para seguir desempeñando sus funciones.
  3. Todo procedimiento para la adopción de medidas disciplinarias, la suspensión o la separación del cargo se resolverá de acuerdo con las normas establecidas de comportamiento judicial.
  4. Las decisiones que se adopten en los procedimientos disciplinarios, de suspensión o de separación del cargo estarán sujetas a una revisión independiente. Podrá no aplicarse este principio a las decisiones del tribunal supremo y a las del órgano legislativo en los procedimientos de recusación o similares.

Características clave de la independencia judicial

Algunas de las características fundamentales relacionadas con este concepto podemos mencionar:

  1. Imparcialidad en las decisiones
    Los jueces deben actuar sin favoritismos, prejuicios o influencias externas. Esto implica que sus fallos deben basarse exclusivamente en las leyes aplicables y en las pruebas presentadas en cada caso.
  2. Separación de poderes
    Para que la independencia judicial sea efectiva, debe existir una clara división entre el poder judicial y los demás poderes del Estado: el ejecutivo (gobierno) y el legislativo (congreso o parlamento). Esta separación evita que los gobiernos o legisladores intervengan en las decisiones de los jueces.
  3. Inamovilidad judicial
    Este principio garantiza que los jueces no puedan ser despedidos, trasladados o sancionados arbitrariamente. Sólo pueden ser removidos de sus cargos mediante procedimientos legales claros y bajo circunstancias excepcionales, como corrupción o incompetencia comprobada.
  4. Autonomía administrativa y financiera
    El poder judicial debe tener independencia en la administración de sus recursos y en su organización interna. Esto incluye recibir un presupuesto adecuado, que no esté sujeto a recortes políticos que puedan comprometer su funcionamiento.
  5. Protección contra represalias
    Para garantizar su imparcialidad, los jueces deben estar protegidos de amenazas, intimidaciones o represalias por las decisiones que tomen en el ejercicio de su función.

Según los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial[4], adoptados por las Naciones Unidas, la independencia judicial es esencial para garantizar un sistema judicial justo y eficaz. Además, es una condición previa para la protección de los derechos humanos, ya que permite a los jueces tomar decisiones que puedan desafiar al poder político o económico cuando sea necesario. A continuación se resumen los principios sobre la conducta judicial, los cuales abordaremos en un futuro articulo.

  1. Independencia
  2. Imparcialidad
  3. Integridad
  4. Corrección
  5. Igualdad
  6. Competencia y diligencia

Importancia de la independencia judicial

  1. Protección de los derechos humanos
    Una judicatura independiente es clave para garantizar que los derechos fundamentales de los ciudadanos estén protegidos. Sin independencia judicial, las personas podrían enfrentarse a juicios injustos y a violaciones de sus derechos.
  2. Lucha contra la corrupción: La autonomía judicial impide que los jueces sean manipulados por intereses corruptos.
  3. Estabilidad democrática: Sin independencia judicial, las democracias son más vulnerables a la concentración de poder y al autoritarismo.
  4. Equilibrio de poderes
    La independencia judicial actúa como un contrapeso frente a los otros poderes del Estado. Previene el abuso de poder y asegura que las leyes se apliquen de manera equitativa.
  5. Confianza ciudadana en la justicia
    Cuando los ciudadanos perciben que los jueces actúan con autonomía e imparcialidad, se refuerza la confianza en el sistema de justicia. Esto es esencial para la estabilidad social y la convivencia democrática.
  6. Atracción de inversión extranjera
    Un sistema judicial independiente y confiable genera seguridad jurídica, lo que fomenta la inversión y el desarrollo económico. Los inversores necesitan la certeza de que, en caso de disputas legales, los tribunales resolverán de manera justa y transparente.

Amenazas para la independencia judicial

A pesar de su importancia, la independencia judicial enfrenta múltiples desafíos, como:

  • Presiones políticas: La influencia, intervención o presiones que se ejercen de forma indebida por parte de los integrantes de partidos o líderes gubernamentales. Buscando influir en las decisiones judiciales o nombrar jueces leales a su agenda.
  • Falta de recursos: Presupuestos insuficientes que limitan la capacidad de actuar del Poder Judicial, cuando se asignas recursos insuficientes tanto financieros, humanos y tecnológicos. Pero también cuando exista una mala distribución de estos recursos a lo interno del poder judicial por parte de sus autoridades.
  • Corrupción interna: Casos de jueces que actúan bajo influencias externas o intereses personales. También existen los casos en donde el personal de alguna judicatura quien busca un beneficio personal o se deja influenciar por entes externos para el retardo malicioso de casos o que las resoluciones beneficien a cierto personaje o sector, lo que puede socavar la imparcialidad.
  • Presión mediática o social: Los jueces pueden enfrentarse a campañas de desprestigio que buscan influir en sus decisiones.
  • Criminalización de personas operadoras de justicia en Guatemala: Esta funciona como estrategia para asegurar la impunidad, aumentando los ataques a la independencia de juezas, jueces y fiscales. En el caso de Guatemala se vio un incremento sustancial tras la salida de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) en 2019.


[1] Todos los poderes públicos actúan siempre dentro de los límites fijados por la ley, de conformidad con los valores de la democracia y los derechos fundamentales, y bajo el control de órganos jurisdiccionales independientes e imparciales. (https://commission.europa.eu/strategy-and-policy/policies/justice-and-fundamental-rights/upholding-rule-law/rule-law/what-rule-law_es )

[2] «un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos. Asimismo, exige que se adopten medidas para garantizar el respeto de los principios de primacía de la ley, igualdad ante la ley, separación de poderes, participación en la adopción de decisiones, legalidad, no arbitrariedad, y transparencia procesal y legal» (Informe del Secretario General sobre el estado de derecho y la justicia de transición en las sociedades que sufren o han sufrido conflictos)

[3] Adoptados por el Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Milán del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985, y confirmados por la Asamblea General en sus resoluciones 40/32 de 29 de noviembre de 1985 y 40/146 de 13 de diciembre de 1985

[4] https://www.unodc.org/documents/ji/training/19-03891_S_ebook.pdf

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