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	<title>criminalización &#8211; ODGS</title>
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	<description>Observatorio de Derechos Humanos y Gasto Social</description>
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		<title>Poblaciones indígenas y el acceso a la justicia: Barreras lingüísticas y racismo judicial</title>
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		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Jun 2025 17:00:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Poblaciones indígenas y el acceso a la justicia: Barreras lingüísticas y racismo judicial" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/poblaciones-indigenas-y-el-acceso-a-la-justicia-barreras-linguisticas-y-racismo-judicial/#more-4375" aria-label="Leer más sobre Poblaciones indígenas y el acceso a la justicia: Barreras lingüísticas y racismo judicial">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p>Guatemala es cuna de una rica diversidad cultural y lingüística; según datos del INE<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>se calcula que el 44 %<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a> de su población se reconoce como indígena en otras palabras 1 de cada 2 personas en nuestro país es indígena. Este bono demográfico está distribuido en los 340 municipios con un total de 22 idiomas mayas, además del Xinca y Garífuna. Pero a pesar de este enorme capital cultural, los pueblos originarios enfrentan serias barreras para ejercer plenamente su derecho a justicia. Haciendo fundamental el explorar cómo las limitaciones lingüísticas &#8211; las cuales se abordarán en este documento más adelante – además del racismo y discriminación<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a> estructural dentro del sistema de justicia penal de Guatemala, hacen que la exclusión institucional de las comunidades indígenas tenga un mayor impacto. Pero sin embargo existen propuestas para avanzar hacia un enfoque de justicia intercultural y de derechos colectivos que reconozca las especificidades culturales y lingüísticas de estos pueblos.</p>



<p>El estado de Guatemala ratificó el Convenio 169 el 5 de junio de 1996, y el 4 de marzo de 2010 la Corte de Constitucionalidad<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a> determinó que sus disposiciones —incluidos los derechos colectivos y la consulta previa— tienen jerarquía constitucional en el país.</p>



<p>Ahora bien para darnos cuenta del impacto a nivel nacional sobre el componente lingüístico, en el censo del año 2018<a href="#_ftn5" id="_ftnref5">[5]</a> se registraron 6,207,503 millones de personas como hablantes de idiomas mayas, resaltando el departamento de Alta Verapaz, con un total de 1,129,369 habitantes (18.19%), seguido de Quiché con un total de 846,500 habitantes (13.64%) y Huehuetenango con 760,871 (12.26%).</p>



<p class="has-text-align-center"><strong>Tabla No. 1- </strong><strong>Total de población pueblo Maya por departamento</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="523" height="886" sizes="(max-width: 523px) 100vw, 523px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-1.png" alt="" class="wp-image-4377" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-1.png 523w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-1-177x300.png 177w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center">Fuente: INE &#8211; Censo 2018 – elaboración propia</p>



<p class="has-text-align-center"><strong>Grafica No. 1 – Mapa de población</strong></p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" width="810" height="623" sizes="(max-width: 810px) 100vw, 810px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-2.png" alt="" class="wp-image-4378" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-2.png 810w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-2-300x231.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/06/image-2-768x591.png 768w" /></figure>
</div>


<p class="has-text-align-center">Fuente: INE &#8211; Censo 2018 – elaboración propia</p>



<p>Ahora bien, dentro de la diversidad de barreras lingüísticas a lo interno del sistema judicial, han existido iniciativas o propuestas desde la institucionalidad publica para cerrar estas brechas, dentro de ellas podemos mencionar que en el año 2019 fue aprobada la Política de Acceso a la Justicia para Pueblos Indígenas (POJAJPI), por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), donde indica que su fin primordial es la “Atención con Pertinencia Cultural”. Derivado de esta política, el Organismo Judicial creó el Sistema Nacional de Intérpretes, constituida por una red de intérpretes que facilitan la comunicación entre personas que hablan diferentes idiomas, especialmente en contextos judiciales y administrativos, garantizando el acceso a la justicia y otros servicios públicos para personas hablantes de idiomas mayas, garífuna, xinca, o con discapacidad auditiva.&nbsp;</p>



<p>La POJAJPI- 2019-2029 describe los principios rectores de la política, tales como: el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, identidad cultural, igualdad y no discriminación, pluralismo jurídico, derecho propio, pertinencia cultural y lingüística. Se organiza en cinco Ejes de trabajo:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Reconocimiento</li>



<li>Acceso</li>



<li>Atención con pertinencia cultural</li>



<li>Seguimiento y monitoreo</li>



<li>Rendición de cuentas y participación.</li>
</ul>



<p>Otra unidad creada por el OJ fue la constitución de la Secretaría de Pueblos Indígenas Organismo Judicial, que apoya técnicamente la ejecución de la Política del OJ sobre Pueblos Indígenas, esto según con el objetivo de garantizar el acceso a la justicia para estos pueblos.&nbsp;Esta política busca asegurar que los pueblos indígenas tengan acceso a un sistema de justicia respetuoso de sus derechos y de su cultura.&nbsp;</p>



<p>Sin embargo, aún existen brechas: en departamentos como Quiché y Totonicapán, las variantes en los idiomas locales impiden que un solo intérprete satisfaga todas las necesidades lingüísticas de las comunidades; en Alta Verapaz e Izabal, la oferta de intérpretes es insuficiente, de modo que muchos juicios se realizan con la traducción literal “aproximada” o directamente en español, lo que limita la comprensión real del proceso por parte de los acusados o testigos indígenas.</p>



<p>Aunado a esto, la infraestructura judicial es escasa en áreas rurales. Muchas comunidades deben viajar largas distancias para llegar al juzgado más cercano, lo que implica gastos de transporte y jornadas enteras fuera de sus hogares. Cuando no hay intérprete disponible, los vecinos se ven obligados a llevar a un familiar que hable español o renunciar a su derecho a testificar en su lengua materna, dejándolos en una posición de vulnerabilidad frente a la autoridad.</p>



<p>Dentro de la diversidad de manifestaciones de racismo judicial se puede hablar como elemento de análisis las acusaciones y el contexto en el que se dan estas, por tomar un caso emblemático que recién sucedió, es el del mes de abril de 2025, fueron arrestados Luis Pacheco y Héctor Chaclán, del colectivo indígena Los 48 Cantones. Fueron acusados por el Ministerio Público de delitos como terrorismo, asociación ilícita, obstrucción a la justicia, sedición y asociación ilícita, supuestamente por su participación en protestas y bloqueos durante las manifestaciones de 2023.</p>



<p>La motivación de las acusaciones y defensa, como lo han indicado organizaciones nacionales e internacionales relacionadas a la defensa de derechos humanos y defensa de activistas, diversas autoridades y asambleas indígenas denunciaron que esta persecución representa una criminalización de la protesta indígena, atentando contra su autonomía.</p>



<p>En este caso y otros se puede identificar un claro patrón de discriminación y práctica judicial, este caso fue el uso político del sistema judicial, que favorece a actores con poder económico o político a costa de líderes indígenas. Se trata de una práctica denunciada por estudios internacionales que advierten sobre el uso indebido de leyes antiterroristas para reprimir protestas pacíficas</p>



<p>Es en este elemento de exclusión institucional y falta de reconocimiento de derechos colectivos que el sistema judicial tradicional reconoce un único marco normativo, pero ignora los sistemas de justicia comunitaria que conviven en las comunidades del interior del país. En departamentos como Quiché y Totonicapán, algunas autoridades municipales indígenas han incorporado prácticas de mediación basadas en normas consuetudinarias para resolver conflictos internos, reconocidos por la Constitución art. 66 y 203 y el Convenio 169 de la OIT reconocen el derecho de los pueblos indígenas a aplicar justicia ancestral, siempre que no contravenga estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. &nbsp;Sin embargo, si el caso trasciende a delitos tipificados como “graves” (homicidio, violación, violencia intrafamiliar) no pueden ser juzgados por autoridades comunitarias y se reservan exclusivamente al sistema judicial estatal, sin coordinación efectiva con los mecanismos ancestrales.</p>



<p>Esto ha generado algunas tensiones en las comunidades indígenas que sostienen que sus normas ancestrales priorizan sanciones reparadoras (restitución de tierras, ceremonias, reparación del daño) y fomentan la reintegración comunitaria, en lugar del sistema punitivo del Estado.</p>



<p>Este modelo de justicia, efectivo en conflictos menores, no se articula adecuadamente con el Estado cuando ocurren delitos graves, lo que provoca tensiones, sensación de desconexión y deslegitimación comunitaria, ya que se da por sentado que solo la penalización estatal responde a su proceder.</p>



<p>Lo anterior solo ha generado desconfianza en el sistema estatal ha fortalecido los mecanismos de justicia comunitaria, pero al mismo tiempo profundiza la exclusión, pues quienes recurren a sus propios sistemas carecen de reconocimiento legal pleno y quedan al margen de procesos penales formales. La falta de articulación provoca que delitos graves —como despojo de tierras, violencia de género y extracción ilegal de recursos— queden impunes o se resuelvan de maneras que no satisfacen los estándares internacionales de derechos humanos.</p>



<p>Se podrían detallar muchas propuestas de enfoque de derechos colectivos e iniciativas de justicia intercultural que permitan fortalecer e institucionalizar el Sistema Nacional de Intérpretes y traductores, se debe iniciar por el reconocimiento legal de la jurisdicción comunitaria. así como la creación de juzgados móviles interculturales que permitan el acceso pronto y justo a las comunidades alejadas del país. E implementar una fuerte campaña de sensibilización y capacitación a jueces y fiscales, por medio de programas continuos de formación en derechos indígenas, diversidad cultural y estándares internacionales.</p>



<p>El promover la participación ciudadana y veedurías o auditoria social comunitaria a organizaciones de la sociedad civil, juntas de acción comunal y asociaciones de abogados mayas pueden integrar comités de vigilancia que acompañen audiencias y den fe pública de la correcta traducción y trato digno.</p>



<p>Pero no bastan propuestas de fortalecimiento, que tienen el objetivo de garantizar una justicia equitativa, capaz de reconocer el idioma, cultura y cosmovisión de las comunidades indígenas. La mirada colectiva, al considerar la reparación del tejido social y no solo la sanción individual, puede transformar gradualmente un sistema marcado por la exclusión. Sino que deben de tener un fuerte componente de voluntad política para su realización.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> Instituto Nacional de Estadistica</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> <a href="https://censo2018.ine.gob.gt/graficas">https://censo2018.ine.gob.gt/graficas</a></p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> El <strong>racismo </strong>se basa en la creencia de la superioridad de un grupo étnico sobre otro, lo que a menudo conduce a la discriminación, la exclusión y la persecución.&nbsp;La <strong>discriminación</strong>, implica la desigualdad de trato o el trato desfavorable hacia una persona o grupo debido a características específicas como la raza, el origen étnico, la religión, el sexo, la orientación sexual, la discapacidad, entre otros.&nbsp;</p>



<p><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> Sentencia 2009-1551: reconoció la jerarquía constitucional del Convenio 169, estableciendo que sus disposiciones tienen rango constitucional y deben ser aplicadas en Guatemala.<br>Esta sentencia enfatizó la protección de los derechos de los pueblos indígenas y el respeto a su identidad cultural, tierras, y participación en asuntos que les afectan.</p>



<p><a href="#_ftnref5" id="_ftn5">[5]</a> <a href="https://censo2018.ine.gob.gt/graficas">https://censo2018.ine.gob.gt/graficas</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Jóvenes abogados: Nuevas generaciones comprometidas con la independencia judicial</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 May 2025 21:12:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Jóvenes abogados: Nuevas generaciones comprometidas con la independencia judicial" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/jovenes-abogados-nuevas-generaciones-comprometidas-con-la-independencia-judicial/#more-4370" aria-label="Leer más sobre Jóvenes abogados: Nuevas generaciones comprometidas con la independencia judicial">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p>En Guatemala, donde el sistema de justicia enfrenta constantes presiones políticas, retrocesos democráticos y ataques sistemáticos contra operadores judiciales independientes, la defensa de la independencia judicial se ha convertido en una causa urgente. En este contexto adverso, una nueva generación de actores está emergiendo con fuerza: jóvenes abogados, estudiantes de derecho y colectivos ciudadanos comprometidos que no solo denuncian los abusos, sino que también proponen soluciones, observan, auditan y acompañan procesos judiciales de alto interés público. Colectivos organizados en la ciudad capital y organizaciones juveniles del interior del país están demostrando que la juventud vinculada a la problemática social y principalmente en el sector justicia, no es indiferente. Muy por el contrario, se posicionan como una generación clave para revitalizar la lucha por un sistema judicial independiente, imparcial y verdaderamente al servicio de la ciudadanía.</p>



<pre class="wp-block-verse has-text-align-center has-contrast-color has-00-c-4-ce-background-color has-text-color has-background has-link-color wp-elements-f6a0c36dc0666084fbe26c209c62e4f6"><strong>La independencia judicial en Guatemala no es únicamente un principio constitucional; es también una trinchera de resistencia democrática</strong>.</pre>



<p>En los últimos años, diversas voces nacionales e internacionales han denunciado la creciente captura del sistema de justicia por redes político-económicas ilegales, manifestada en la persecución de jueces independientes, fiscales anticorrupción y defensores de derechos humanos. Frente a este panorama sombrío, las juventudes organizadas han decidido no permanecer al margen. Agrupadas en colectivos, redes universitarias y grupos territoriales, estas nuevas generaciones están asumiendo un rol protagónico en la defensa del Estado de derecho, empleando herramientas como la auditoría social ciudadana, el litigio estratégico, las campañas de comunicación y el monitoreo constante del sistema judicial. Este espacio analizamos su papel en el fortalecimiento democrático y los múltiples desafíos que enfrentan en un entorno marcado por la conflictividad institucional y la represión.</p>



<p>La independencia judicial es un valor en disputa, principio fundamental del Estado de derecho, implica que jueces y magistrados puedan ejercer sus funciones sin interferencias indebidas, presiones políticas ni represalias. Sin embargo, en Guatemala este principio ha sido reiteradamente vulnerado. Casos paradigmáticos como la criminalización de jueces independientes, la manipulación en la elección de cortes y la instrumentalización del derecho penal para perseguir a operadores de justicia, reflejan una justicia cooptada por intereses paralelos.</p>



<p>Según informes<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a> que abordan como la justicia ha sido capturada, al menos 25 operadores de justicia independientes se han exiliado desde 2018 debido a amenazas o procesos penales espurios. Esta situación ha generado un profundo desencanto en la ciudadanía, pero también ha despertado nuevas formas de organización y resistencia, especialmente desde las juventudes.</p>



<p>En una nueva narrativa generacional Justicia Ya<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a> es uno de los colectivos juveniles más visibles en la escena guatemalteca. Nacido en el contexto de las protestas ciudadanas de 2015, este grupo ha evolucionado desde el activismo digital hacia una incidencia más articulada en temas de justicia. Conformado por jóvenes profesionales —principalmente abogados— su trabajo combina análisis jurídico, comunicación estratégica y movilización ciudadana.</p>



<p>Estos colectivos tanto de la ciudad capital como del interior del país han acompañado procesos clave como las elecciones de magistrados a la Corte Suprema de Justicia y a las Cortes de Apelaciones, promoviendo una mayor transparencia en las comisiones de postulación. Inclusive ciertas organizaciones han impulsado campañas educativas sobre independencia judicial, corrupción y acceso a la justicia, acercando estos temas a audiencias jóvenes a través de redes sociales, podcasts, videos y actividades presenciales.</p>



<p>Un sector para resaltar en esta nube de colectivos es el de jóvenes del interior, que con muchas limitaciones no solo de distancia, sino financieras, técnicas, entre otras, se han embardado en procesos formales de auditoría ciudadana desde los territorios.</p>



<p>En donde más allá de la capital, en departamentos como Quetzaltenango, Alta Verapaz y Huehuetenango, han surgido colectivos juveniles que integran estudiantes de derecho, abogados recién graduados y activistas comunitarios. Estas agrupaciones, la mayoría de las veces con apoyo de universidades o redes de organizaciones de sociedad civil, realizan auditorías sociales a juzgados locales, dan seguimiento a casos de interés comunitario, e impulsan debates públicos sobre la justicia en sus territorios.</p>



<p>Un ejemplo destacado es el <strong>Grupo de Apoyo Xela (GAX ONG)<a href="#_ftn3" id="_ftnref3"><strong>[3]</strong></a></strong>, una organización de base comunitaria legalmente establecida en Quetzaltenango ha impulsado la creación del <strong>Observatorio de Justicia Abierta desde Sociedad Civil</strong>. Este observatorio se centra en abrir datos del sector justicia en Guatemala, facilitando acciones de veeduría social desde la sociedad civil y promoviendo la transparencia en el sistema judicial. Estos procesos contribuyen no solo a visibilizar malas prácticas judiciales, sino también a construir una cultura de exigencia y vigilancia desde lo local.</p>



<p><strong>Casos emblemáticos</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>En 2023, adolescentes y jóvenes organizados en cinco municipios de Quetzaltenango se expresaron y promovieron sus derechos a través de diferentes acciones, como parte de sus planes de trabajo. Estas actividades fueron parte de iniciativas apoyadas por organizaciones como PAMI<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a> Guatemala.</li>



<li>En Cobán existen iniciativas relevantes que involucran a estudiantes de Derecho en actividades relacionadas con la promoción de la justicia y los derechos humanos. Taller Jurídico en Cobán: La sede de Cobán de Nueva Acrópolis Guatemala inició un Club Jurídico con talleres sobre ética en las profesiones legales, desarrollados por abogadas voluntarias<a href="#_ftn5" id="_ftnref5">[5]</a>.</li>
</ul>



<p>Universidad Mariano Gálvez de Guatemala &#8211; Sede Cobán: Ofrece programas académicos en Ciencias Jurídicas y Sociales, formando profesionales éticamente responsables y socialmente comprometidos.</p>



<p>Los ejemplos anteriores resaltan un tema fundamental que es la educación jurídica y compromiso cívico, que son un binomio necesario para reducir las brechas no solo educativas sino de igual manera digitales.</p>



<p>La formación académica en derecho ha sido tradicionalmente formalista y alejada de una perspectiva crítica sobre el rol del sistema de justicia en la democracia. Sin embargo, universidades públicas y privadas están comenzando a abrir espacios donde los estudiantes pueden reflexionar sobre la justicia como bien público, desarrollar pensamiento crítico y vincularse con procesos de auditoría social, litigio estratégico o comunicación para la incidencia. Es de resaltar que estos espacios si bien son a nivel universitario muchas iniciativas nacen desde los estudiantes y no de la institucionalidad de las universidades.</p>



<p>La Fundación Myrna Mack<a href="#_ftn6" id="_ftnref6">[6]</a> ha publicado diversos informes y estudios relacionados con el sistema de justicia guatemalteco, como «Justicia en cifras: Analizando el desempeño de la institucionalidad del sistema de justicia», que analiza la capacidad de respuesta de instituciones como el Ministerio Público y el Organismo Judicial entre 2018 y 2022. Sin embargo, estos estudios no incluyen encuestas dirigidas a estudiantes de Derecho ni datos específicos sobre su interés en participar en iniciativas ciudadanas relacionadas con el sistema de justicia.</p>



<p>Un componente para tener presente es ver que han implementado en otros países como experiencias regionales dirigidas o enfocadas a jóvenes por la justicia en América Latina, Guatemala no está sola en esta lucha por la independencia judicial y el involucramiento de este bono demográfico de juventudes. Por ejemplo:</p>



<p>Existen iniciativas en Perú que promueven la participación de estudiantes en temas relacionados con la justicia y los derechos humanos. Como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Red ESPAZ<a href="#_ftn7" id="_ftnref7"><strong>[7]</strong></a> Perú</strong>: La Red Internacional de Estudiantes por la Paz (Red ESPAZ Perú) tiene como objetivo capacitar a jóvenes estudiantes en temas relacionados con la cultura de paz, liderazgo, educación, derechos humanos y desarrollo sostenible. Si bien su enfoque principal no es la independencia judicial, su labor en derechos humanos es relevante.</li>



<li><strong>Programa Secigra Derecho<a href="#_ftn8" id="_ftnref8"><strong>[8]</strong></a></strong>: El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) de Perú implementa el programa Secigra Derecho, que en 2024 contó con la participación de 2,302 estudiantes de 90 universidades del país. Estos estudiantes realizan prácticas profesionales en diversas instituciones públicas, contribuyendo al fortalecimiento del sistema de justicia.</li>
</ul>



<p>En cuanto a Colombia y Honduras, se han identificado movimientos juveniles que han participado activamente en la defensa de la independencia judicial y la promoción del Estado de derecho. Por ejemplo:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Colombia</strong>: Aunque no se ha encontrado información específica sobre una organización llamada «De justicia» que forme generaciones de jóvenes investigadores y litigantes, existen diversas iniciativas y programas académicos que promueven la formación de jóvenes en temas relacionados con la justicia y los derechos humanos.</li>



<li><strong>Honduras<a href="#_ftn9" id="_ftnref9"><strong>[9]</strong></a></strong>: El «Movimiento de las y los indignados» ha liderado protestas masivas en varias ciudades del país, exigiendo transparencia y justicia. Estas movilizaciones han sido impulsadas en gran medida por jóvenes, quienes han desempeñado un papel crucial en la defensa de la independencia judicial.</li>
</ul>



<p>Estas experiencias regionales demuestran que las juventudes pueden ser agentes de cambio significativos en la promoción y defensa de la independencia judicial, incluso en contextos adversos y que puedan promover iniciativas de auditoria social al sistema de justicia penal de Guatemala.</p>



<p>En ese sentido, los colectivos guatemaltecos deben de fortalecer estas alianzas regionales, crear espacios para el intercambio de metodologías en procesos de auditoría social o ciudadana y construir una red que permita obtener una radiografía ciudadana del sistema de justicia nacional. Y si este esfuerzo nacional se le suma organizaciones de sociedad civil latinoamericanas y la cooperación internacional quienes juegan un rol clave en apoyar este tipo de articulaciones, los cambios necesarios puedes esperarse que sean a mediano plazo y de beneficio para nuestro país.</p>



<p>Pero en el contexto actual que enfrentamos como país, se tienen escenarios diversos y adversos en muchas áreas que se convierten en desafíos para el compromiso juvenil con la justicia, ya que pese al entusiasmo y la innovación de este bono demográfico de juventudes, su camino no está libre de obstáculos. como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>La criminalización del activismo juvenil</strong>, especialmente en contextos rurales o indígenas, donde la defensa de los derechos suele ser estigmatizada.</li>



<li><strong>La falta de una oportunidad laboral</strong>, que desincentiva la participación en actividades no remuneradas como la auditoría social.</li>



<li><strong>La falta de acceso a información pública de parte del poder judicial</strong> clara, actualizada y en formatos editables y amigables para el monitoreo ciudadano.</li>



<li><strong>El escaso reconocimiento institucional</strong>, ya que muchos operadores judiciales no consideran a las juventudes como interlocutores legítimos en la discusión sobre justicia.</li>
</ul>



<p>Pero el superar estos retos implica una acción coordinada entre universidades, organizaciones de sociedad civil, cooperación internacional y entidades que conforman el sistema de justicia penal y que estén comprometidas con la transparencia y la participación ciudadana.</p>



<pre class="wp-block-verse has-text-align-center has-contrast-color has-00-c-4-ce-background-color has-text-color has-background has-link-color wp-elements-49dfb1b9218b96df6c3f0861097f8bdf">Una nueva generación, una nueva esperanza las juventudes, jóvenes abogados y abogadas están demostrando que la independencia judicial no es solo un principio abstracto o una preocupación de ciertas élites o grupos sociales aislados. Sino que se  ha convertido en una condición necesaria para construir y contribuir a una sociedad más justa, donde las leyes no sean un instrumento de persecución sino de protección.</pre>



<p>Aunque se enfrentan enormes desafíos, su creatividad, valentía y compromiso los convierten en actores imprescindibles para el presente y el futuro del sistema de justicia guatemalteco. Escucharlos, apoyarlos y visibilizar su trabajo es clave para transformar la relación entre ciudadanía y justicia en el país.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> <a href="https://www.wola.org/es/">https://www.wola.org/es/</a></p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> <a href="http://linktr.ee/justiciayagt">linktr.ee/justiciayagt</a></p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> <a href="https://gaxong.gt/justicia-abierta-gax">https://gaxong.gt/justicia-abierta-gax</a></p>



<p><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> <a href="https://pami-guatemala.org/2023/07/12/adolescentes-y-jovenes-organizados-se-expresan-y-promueven-sus-derechos-en-5-municipios-de-quetzaltenango">https://pami-guatemala.org/2023/07/12/adolescentes-y-jovenes-organizados-se-expresan-y-promueven-sus-derechos-en-5-municipios-de-quetzaltenango</a></p>



<p><a href="#_ftnref5" id="_ftn5">[5]</a> <a href="https://www.nuevaacropolis.org.gt/taller-juridico-en-coban">https://www.nuevaacropolis.org.gt/taller-juridico-en-coban</a></p>



<p><a href="#_ftnref6" id="_ftn6">[6]</a> <a href="https://myrnamack.org.gt/justicia-en-cifras-analizando-el-desempeno-de-la-institucionalidad-del-sistema-de-justicia">https://myrnamack.org.gt/justicia-en-cifras-analizando-el-desempeno-de-la-institucionalidad-del-sistema-de-justicia</a></p>



<p><a href="#_ftnref7" id="_ftn7">[7]</a> <a href="https://www.redespazperu.org" target="_blank" rel="noreferrer noopener">redespazperu.org</a></p>



<p><a href="#_ftnref8" id="_ftn8">[8]</a> <a href="https://www.gob.pe/institucion/minjus/noticias/906816-minjusdh-mas-de-2-mil-estudiantes-universitarios-participan-en-programa-secigra-derecho-2024">https://www.gob.pe/institucion/minjus/noticias/906816-minjusdh-mas-de-2-mil-estudiantes-universitarios-participan-en-programa-secigra-derecho-2024</a></p>



<p><a href="#_ftnref9" id="_ftn9">[9]</a> <a href="https://library.fes.de/pdf-files/bueros/fesamcentral/12049.pdf">https://library.fes.de/pdf-files/bueros/fesamcentral/12049.pdf</a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Defender a quienes defienden:  La criminalización de defensoras y defensores de DDHH como estrategia de miedo</title>
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		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 10 Apr 2025 21:14:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
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					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="Defender a quienes defienden:  La criminalización de defensoras y defensores de DDHH como estrategia de miedo" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/defender-a-quienes-defienden-la-criminalizacion-de-defensoras-y-defensores-de-ddhh-como-estrategia-de-miedo/#more-4274" aria-label="Leer más sobre Defender a quienes defienden:  La criminalización de defensoras y defensores de DDHH como estrategia de miedo">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p>En América Latina, las defensoras de derechos humanos desempeñan un papel crucial en la defensa de los territorios, la defensa del medio ambiente y la lucha contra la impunidad. Sin embargo, su labor enfrenta un peligro creciente como lo es la criminalización por parte de instituciones que deberían garantizar justicia.</p>



<p>Bajo la actual administración del Ministerio Público, se ha consolidado una política preocupante que consiste en utilizar el sistema penal para perseguir a activistas, especialmente mujeres y pueblos indígenas, con el fin de silenciar sus voces y disuadir la participación ciudadana.</p>



<p>En los últimos años, Guatemala ha sido testigo de un preocupante incremento en la criminalización de defensoras de derechos humanos. Bajo la gestión de la actual Fiscal General, el Ministerio Público (MP) ha sido señalado por perseguir activistas y por instrumentalizar el sistema de justicia con el objetivo de generar miedo e inhibir el involucramiento comunitario. A través de la fabricación de casos, la manipulación del derecho penal y la utilización de tipos penales ambiguos, el MP ha convertido la lucha por los derechos humanos en un riesgo latente para quienes defienden el acceso a la justicia, la transparencia y la rendición de cuentas.</p>



<p>En 2022 una líder comunitaria, organizó protestas contra un proyecto hidroeléctrico que amenazaba con desplazar a cientos de familias y contaminar fuentes de agua. Tras meses de movilizaciones, la fiscalía la acusó de «terrorismo», «asociación ilícita» y «daños a la propiedad privada», basándose en testimonios anónimos y sin pruebas materiales.</p>



<p>Durante el proceso, fue detenida preventivamente, a pesar de que su único «delito» fue ejercer su derecho a la protesta. Organizaciones internacionales documentaron irregularidades: jueces vinculados a intereses empresariales, testigos pagados y falta de transparencia en las audiencias.</p>



<p>Este caso no es aislado, según Front Line Defenders, el 70% de las defensoras criminalizadas en la región enfrentan cargos fabricados, desde obstrucción de vías públicas hasta secuestro, solo por liderar reclamos legítimos. Las mujeres, además, sufren estigmatización mediática y violencia de género institucional, como allanamientos sin orden judicial o vigilancia ilegal.</p>



<p>En el informe del año 2023<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a> de Front Line Defenders indica que al menos 300 defensores de derechos humanos de 28 países fueron asesinados en un intento de silenciarlos y detener su labor. Dicho informe para el caso específico de Guatemala registra 6 casos de defensores y defensoras asesinados, de ellos destaca que 4 son de sexo femenino y 2 masculino.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Nicolasa López Méndez</li>



<li>Victoria Méndez Agustín</li>



<li>Sonia Janeth Guevara</li>



<li>Doris Aldana</li>



<li>Francisco Gonzalo Velásquez Gómez</li>



<li>Noe Gómez Barrera</li>
</ul>



<p>Dicho informe resalta que 49 de los 300 defensores asesinados fueron identificados como mujeres, incluidas mujeres trans, 14 eran miembros de la comunidad LGBTIQ+.</p>


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<div class="gb-grid-column gb-grid-column-b50f7e04"><div class="gb-container gb-container-b50f7e04">

<p>En días recientes se conoce por medio de una publicación en redes sociales donde se da a entender que en el Ministerio Público donde existe una supuesta investigación en contra del periodista Nelton Rivera cofundador del medio independiente Prensa Comunitaria, el cual ejemplifica un preocupante patrón de uso instrumental del sistema judicial y de las redes sociales impulsado por los “netcenters”, para silenciar la labor crítica de la prensa en Guatemala.</p>

</div></div>

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<figure class="gb-block-image gb-block-image-e9a289df"><img decoding="async" width="1024" height="682" class="gb-image gb-image-e9a289df" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-1024x682.png" alt="" title="image" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-1024x682.png 1024w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-300x200.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-768x512.png 768w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-1536x1024.png 1536w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image.png 2000w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>

</div></div>
</div>


<p></p>



<p>Rivera, es conocido por su cobertura de conflictos socioambientales y violaciones a derechos humanos, enfrenta según estas publicaciones acusaciones infundadas que, lejos de sustentarse en pruebas concretas, reflejan una estrategia de hostigamiento mediante figuras penales ambiguas o desproporcionadas. Este caso no solo evidencia la vulneración del derecho a la libertad de expresión, sino también la erosión de la independencia judicial, al convertirse las instituciones públicas en herramientas de persecución política en lugar de ser garantes del justicia objetiva e independiente.</p>



<p>La comunidad internacional<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a> ha alertado que tales prácticas, contrarias a estándares como los de la CIDH y la ONU, socavan la democracia al normalizar la impunidad del poder y el castigo a la disidencia. Urge, por tanto, que el sistema judicial guatemalteco reafirme su autonomía, desestimando cargos carentes de fundamento y protegiendo el rol esencial del periodismo en una sociedad libre.</p>



<p>Así mismo resalta que “el sector de defensores de los derechos de los pueblos indígenas fueron el grupo más atacado en 2023, con un total de <strong>92 asesinatos</strong> registradas en Brasil, Colombia, Ecuador, <strong><em>Guatemala</em></strong>, Honduras, Indonesia, México, Nicaragua, Paraguay, Perú y Filipinas. Un total de <strong>64 Personas que defendían los derechos ambientales y territoriales</strong> fueron asesinadas en Brasil, Colombia, <strong>Guatemala</strong>, Honduras, India, México, Perú y Filipinas.”</p>



<p>Esto deja de manifiesto que el defender derechos en Guatemala es una actividad de alto riesgo debido a la diversidad de intereses económicos y políticos que se llegan a confrontar en la defensa de los derechos humanos fundamentales de los habitantes de los territorios, afectando la ya deteriorada independencia judicial.</p>


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<div class="gb-grid-column gb-grid-column-5162784b"><div class="gb-container gb-container-5162784b">

<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="799" height="533" sizes="auto, (max-width: 799px) 100vw, 799px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-1.png" alt="" class="wp-image-4276" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-1.png 799w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-1-300x200.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/04/image-1-768x512.png 768w" /></figure>

</div></div>

<div class="gb-grid-column gb-grid-column-7580c473"><div class="gb-container gb-container-7580c473">

<p>Como consecuencia implementan e institucionalizan la “Política institucional de criminalización y persecución como herramienta de control” de parte de la actual fiscal, cuya gestión ha sido cuestionada por organismos internacionales, ha sido sancionada por EEUU por sus constantes ataques al estado de derecho en Guatemala, así como a personas allegadas a los interno del Ministerio Público y el 2 de abril de 2025 el Reino Unido<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a> emite sanciones en contra del expresidente Alejandro Giammattei, Miguel Martínez e incluye a la actual Fiscal General del MP, Consuelo Porras en la lista de sanciones financieras por estar involucrados en casos de corrupción. </p>

</div></div>
</div>


<p></p>



<p>Se les congela activos y tienen prohibida el ingreso a dicho país. En el listado también figuran el diputado Felipe Alejos, el secretario del MP, Ángel Pineda, el exdirector del INDE, Melvin Quijivix y los fiscales Rafael Curruchiche y Cinthia Monterroso estos últimos también actuales funcionarios del MP.</p>



<p>Este cumulo de sanciones solo ha evidenciado que estos actores han institucionalizado una estrategia clara, El Ministerio Público, ha utilizado diversas figuras penales para perseguir a defensoras y defensores de derechos humanos, activistas ambientales, periodistas y opositores políticos. Estas herramientas jurídicas, creadas originalmente para combatir delitos graves, han sido desviadas de su propósito para criminalizar la protesta social y la disidencia.</p>



<p>A continuación, se detallan algunas de las principales figuras legales utilizadas en esta política de criminalización:</p>



<p><strong>Asociación ilícita</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Base legal</strong>: Ley Contra la Delincuencia Organizada.</li>



<li><strong>Uso abusivo</strong>: El MP acusa a activistas de integrar estructuras criminales sin presentar pruebas contundentes. Esta figura permite vincular a múltiples personas en un solo caso, facilitando la criminalización colectiva. Por ejemplo, en el caso <strong>«Toma de la USAC: botín político»</strong>, 44 personas, incluido el binomio presidencial electo, fueron acusadas de asociación ilícita durante las protestas estudiantiles de 2023.</li>



<li><strong>Consecuencias</strong>: Prolonga los procesos judiciales y justifica detenciones preventivas, generando desgaste emocional y económico.</li>
</ul>



<p><strong>Terrorismo</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Base legal</strong>: Ley contra el Terrorismo.</li>



<li><strong>Uso abusivo</strong>: Se aplica de manera arbitraria a manifestaciones pacíficas o protestas contra megaproyectos. En el caso una líder comunitaria contra una hidroeléctrica, el MP la acusó de terrorismo pese a la ausencia de pruebas materiales, utilizando testimonios anónimos.</li>



<li><strong>Consecuencias</strong>: Genera estigmatización mediática y permite restringir libertades fundamentales bajo el argumento de «seguridad nacional».</li>
</ul>



<p><strong>Incumplimiento de deberes</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Base legal</strong>: Ley contra la Corrupción.</li>



<li><strong>Uso abusivo</strong>: Dirigido principalmente a exfuncionarios, jueces y fiscales independientes que investigaron corrupción. Por ejemplo, la exfiscal <strong>Virginia Laparra</strong> fue condenada bajo este cargo tras denunciar irregularidades en el sistema judicial.</li>



<li><strong>Consecuencias</strong>: Desalienta la independencia judicial y protege a actores corruptos al castigar a quienes los enfrentan.</li>
</ul>



<p><strong>Obstrucción a la justicia</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Base legal</strong>: Ley Contra la Delincuencia Organizada.</li>



<li><strong>Uso abusivo</strong>: Se emplea contra defensores que documentan violaciones de derechos humanos o periodistas que exponen casos de corrupción. El MP ha utilizado esta figura para acusar a quienes cuestionan sus investigaciones, como en el caso del presidente de <em>elPeriódico</em>, <strong>José Rubén Zamora</strong>, detenido por revelar redes de corrupción.</li>



<li><strong>Consecuencias</strong>: Silencia la libertad de prensa y obstruye el acceso a información pública.</li>
</ul>



<p><strong>Sedición</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Base legal</strong>: Código Penal.</li>



<li><strong>Uso abusivo</strong>: Criminaliza protestas sociales al interpretar reclamos legítimos como «alteraciones al orden público». En 2022, el MP presentó cargos de sedición contra comunidades indígenas que se oponían a proyectos mineros, argumentando «desestabilización».</li>



<li><strong>Consecuencias</strong>: Criminaliza la resistencia pacífica y legitima la represión estatal.</li>
</ul>



<p><strong>Abuso de autoridad</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Base legal</strong>: Código Penal.</li>



<li><strong>Uso abusivo</strong>: Aplicado a jueces o fiscales que emiten resoluciones favorables a defensores o que cuestionan al MP. Por ejemplo, el juez <strong>Miguel Ángel Gálvez</strong>, quien investigó el <em>Caso Diario Militar</em>, fue acosado judicialmente bajo este cargo.</li>



<li><strong>Consecuencias</strong>: Debilita la independencia judicial y fomenta la autocensura en operadores de justicia.</li>
</ul>



<p><strong>Tráfico de influencias</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Base legal</strong>: Código Penal.</li>



<li><strong>Uso abusivo</strong>: Utilizado para acusar a defensores que colaboran con organismos internacionales, como la exagente fiscal <strong>Samari Gómez</strong>, quien fue absuelta tras demostrarse que las acusaciones carecían de fundamento.</li>



<li><strong>Consecuencias</strong>: Desprestigia el trabajo de acompañamiento legal y desalienta la cooperación internacional.</li>
</ul>



<p>Este enfoque no busca justicia, sino generar un&nbsp;<em>efecto </em>de “enfriamiento”, con la intención de disuadir a otras personas de involucrarse en causas sociales mediante el miedo a represalias legales.</p>



<p>Se puede identificar un patrón común, estas figuras legales se aplican bajo&nbsp;otra estrategia como lo es el de la <strong><em>“reserva legal”</em></strong>, utilizada como impidiendo la transparencia de los procesos y dificultando la defensa. Además, el MP suele acumular múltiples cargos en un mismo caso para prolongar los juicios y maximizar el impacto intimidatorio.</p>



<p>Dentro de todas las consecuencias esta la <strong><em>erosión democrática</em></strong> como ese proceso gradual y silencioso mediante el cual las instituciones y valores fundamentales de un sistema democrático -como la separación de poderes, el Estado de derecho, la participación ciudadana y el respeto a los derechos humanos- son debilitados, distorsionados o destruidos.</p>



<p>La criminalización tiene efectos devastadores a nivel de “autocensura comunitaria”, donde poblaciones enteras evitan denunciar abusos por temor a represalias. Otro efecto es que estos procesos judiciales generan una sobrecarga emocional y principalmente económica, los procesos judiciales requieren de recursos económicos y psicológicos de las defensoras, obligándolas a abandonar su lucha. Pero fundamentalmente la impunidad estructural, mientras el sistema judicial se enfoca en perseguir activistas, crímenes como corrupción o violencia contra mujeres quedan en la impunidad.</p>



<p>Ante este contexto adverso, es fundamental que la comunidad nacional e internacional continúe visibilizando estas violaciones a los derechos humanos y exija el cese de la criminalización de las defensoras. La independencia judicial y el respeto a los derechos humanos son pilares fundamentales de cualquier democracia y su deterioro afecta a toda la sociedad.</p>



<p>Los y las activistas de derechos humanos han sido históricamente un pilar en la lucha por la justicia en Guatemala. Su labor es indispensable para garantizar una sociedad más justa y equitativa.</p>



<p>Por lo que la criminalización de defensoras no es un error del sistema, sino una táctica deliberada para mantener privilegios y neutralizar la disidencia. Cuando el Ministerio Público se convierte en verdugo, pierde credibilidad y debilita el Estado de derecho. La sociedad continua hoy en día exigiendo un MP que priorice la protección de los derechos humanos sobre los intereses de unos pocos.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> <a href="https://www.frontlinedefenders.org/en/resource-publication/global-analysis-202324">https://www.frontlinedefenders.org/en/resource-publication/global-analysis-202324</a></p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> <a href="https://www.frontlinedefenders.org/es/case/smear-campaign-and-harassment-against-nelton-rivera-and-other-members-prensa-comunitaria">https://www.frontlinedefenders.org/es/case/smear-campaign-and-harassment-against-nelton-rivera-and-other-members-prensa-comunitaria</a></p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> <a href="https://www.gov.uk/government/news/campaign-to-tackle-dirty-money-steps-up-with-new-sanctions.es-419">https://www.gov.uk/government/news/campaign-to-tackle-dirty-money-steps-up-with-new-sanctions.es-419</a></p>



<p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Historia de la independencia judicial en Guatemala: El rol de las mujeres indígenas en la defensa legal</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/historia-de-la-independencia-judicial-en-guatemala-el-rol-de-las-mujeres-indigenas-en-la-defensa-legal/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 17 Feb 2025 14:53:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Violencia crónica]]></category>
		<category><![CDATA[AuraLolitaChávez]]></category>
		<category><![CDATA[Casos de alto impacto Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[cooptación del estado]]></category>
		<category><![CDATA[criminalización]]></category>
		<category><![CDATA[criminalización defensores de derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[DefensorasAmbientales]]></category>
		<category><![CDATA[DerechosHumanos]]></category>
		<category><![CDATA[Guatemala]]></category>
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		<category><![CDATA[IndependenciaJudicial]]></category>
		<category><![CDATA[justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[JusticiaComunitaria]]></category>
		<category><![CDATA[MujeresIndígenas]]></category>
		<category><![CDATA[PueblosIndígenas]]></category>
		<category><![CDATA[Resistencia]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>Por: Yonni Aguilar | observatoriociidh@gmail.com</p>



<p>La búsqueda de una justicia objetiva, imparcial e independiente en Guatemala se ha convertido en una lucha que presenta múltiples frentes, en la que convergen desde el fortalecimiento institucional, la defensa de los derechos humanos hasta la resistencia frente a prácticas discriminatorias y represivas. Es en este contexto, que las mujeres indígenas han emergido como uno actor fundamental en la defensa de sus comunidades, desafiando aquellas estructuras de poder tradicionales acosta de arriesgar sus vidas y libertades.</p>



<p>Guatemala, a lo largo de su historia ha estado marcada por conflictos internos, regímenes autoritarios y profundas desigualdades sociales; que hasta el día de hoy persisten, ha enfrentado constantes desafíos para la consolidación de un sistema judicial independiente y justo. Desde la época colonial hasta las crisis políticas contemporáneas, la separación de poderes y la autonomía judicial han sido temas de constante debate y reforma.</p>



<p>Posterior a la finalización de los 36 años de conflicto armado interno y posterior firma de los acuerdos de paz, se ha intentado la implementación de múltiples esfuerzos para fortalecer las instituciones relacionadas al sistema de justicia penal en Guatemala, sin embargo, la influencia de intereses políticos y económicos aún permea el sistema judicial.</p>



<p>En este contexto de coyuntura actual caracterizado por tensiones entre estructuras tradicionales y las diversas demandas sociales, es donde la defensa de los derechos colectivos; especialmente los que afectan a las comunidades indígenas, enfrenta obstáculos desde la corrupción y la impunidad hasta la criminalización de líderes y defensoras que cuestionan el estatus quo.</p>



<p>Es eneste contexto de país que la <strong><a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/que-es-la-independencia-judicial-y-por-que-es-esencial-para-una-democracia/">Independencia judicial</a> y colonialismo en Guatemala</strong> están intrínsecamente ligados a un pasado colonial. Es durante el periodo de la colonia española, que los sistemas jurídicos indígenas fueron suprimidos y reemplazados por estructuras que favorecían a las élites criollas. Es que después de la independencia en 1821, que este modelo se perpetuó, el sistema legal continúo excluyendo a los pueblos originarios, negándoles acceso a la justicia y despojándolos de sus tierras comunales.</p>



<p>En Guatemala los 36 años de conflicto armado interno exacerbó estas desigualdades. El Estado, como una práctica institucionalizada y perfeccionada a lo largo del tiempo, utiliza el sistema judicial como una herramienta de represión, en donde líderes indígenas y campesinos fueron judicializados bajo cargos falsos, mientras las masacres contra comunidades mayas quedaban en la impunidad.</p>



<p>Los&nbsp;<strong>Acuerdos de Paz </strong>firmados en el año de 1996&nbsp;prometían reformas como el Acuerdo de Identidad y derechos de los pueblos indígenas<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>, y reconocimiento del derecho indígena<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>. Sin embargo, en un informe de&nbsp;Naciones Unidas, indica que el 90% de las sentencias relacionadas con conflictos territoriales han favorecido a empresas extractivas, evidenciando la cooptación del sistema de justicia.</p>



<p>La corrupción en el sistema de justicia de Guatemala se ha agravado en la última década. Casos de alto impacto vinculados a funcionarios públicos y empresarios relacionados con casos de corrupción han sido criminalizados por la labor realizada, obligándoles al exilio o a enfrentar a este sistema cooptado por las redes de cooptación del Estado, evidenciando cómo las élites manipulan cortes para proteger sus intereses. Es en este contexto que se puede dar explicación del por qué las mujeres indígenas, como guardianas de la tierra y la cultura, han asumido la defensa legal desde las trincheras comunitarias.</p>



<p><strong>¿Y porque no hubo cambios sustanciales?</strong> Aquí quizás la respuesta es fácil y evidente de responder, porque el modelo actual de impartir justicia se recicló. El Estado criollo-mestizo mantuvo un sistema legal centralista que ha invisibilizado el sistema de justicia ancestral, con el entendido que es comunitaria y colectiva, y que está basada en los valores, costumbres e idioma de las comunidades indígenas. Se aplica en los casos que las comunidades indígenas eligen y a quienes ellos deciden.</p>



<p>El Convenio 169 de las Naciones Unidas establece que los Estados deben garantizar los derechos de los pueblos indígenas, y que los operadores de justicia deben conocerlos y considerarlos en su práctica jurídica.</p>



<p>Es aquí donde el<strong> mito de la neutralidad </strong>de La Corte Suprema de Justicia y el Ministerio Público, quienes históricamente han estado dominados por figuras alineadas con élites económicas, han validado megaproyectos en comunidades del país (minería, hidroeléctricas) sin la realización consultas comunitarias, violando el&nbsp;<strong>Convenio 169 de la OIT<a href="#_ftn3" id="_ftnref3"><strong>[3]</strong></a></strong>. &nbsp;Evidenciando que la justicia opera como brazo legal del extractivismo y no como garante de derechos.</p>



<p>De tal cuenta podemos reflexionar sobre la esperanza que se tenía con la creación de la Corte de Constitucionalidad (1986) y la reforma del Organismo Judicial prometieron democratizar la justicia. No obstante, la cooptación por grupos corruptos nos ha demostrado que, sin independencia real, las instituciones se convierten en teatros de legitimación.</p>



<p>Es en este escenario de convulsión y agitación social que<strong> el liderazgo y residencia de las mujeres indígenas </strong>se encuentra <strong>entre la defensa legal y la criminalización. </strong>Las mujeres indígenas han desempeñado un rol crucial en la articulación de demandas de justicia, derechos territoriales y culturales, y en la protección del medio ambiente. Este liderazgo demostrado a lo largo de los años se fundamenta en un profundo conocimiento de las tradiciones, la cosmovisión comunitaria y un compromiso inquebrantable con la defensa de su identidad.</p>



<p>Las mujeres han asumido responsabilidades de representación ante instituciones estatales, han desarrollado e implementado estrategias de litigio y denuncia que trascienden lo meramente jurídico para adentrarse en el terreno de la transformación social, cultural, política, económica y ambiental.</p>



<p>Por lo que este liderazgo no está exento de riesgos. Esta defensa legal emprendida por las mujeres indígenas en Guatemala implica enfrentarse a un sistema de judicial penal en ocasiones parcial y a estructuras de poder que han mostrado una férrea resistencia de reconocer las demandas legítimas de pueblos históricamente marginados. Es aquí donde las batallas legales se convierten en un acto genuino de resistencia que, además de buscar la reparación por las injusticias sufridas, cuestiona la misma esencia del sistema judicial y su capacidad para proteger a las poblaciones vulnerables.</p>



<p>Las mujeres indígenas han roto estereotipos al convertirse en lideresas de movimientos socioambientales y jurídicos. Su papel no es casual según la&nbsp;diversas organizaciones de mujeres, estiman que el 70% de las comunidades afectadas por megaproyectos (minería, hidroeléctricas) son defendidas por mujeres, quienes ven en la tierra un sustento vital para sus familias.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="alignright size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="940" height="627" sizes="auto, (max-width: 940px) 100vw, 940px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-13.png" alt="" class="wp-image-3684" style="width:487px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-13.png 940w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-13-300x200.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-13-768x512.png 768w" /></figure>
</div>


<p><strong>Aura Lolita Chávez</strong>, líder maya k’iche’ del Consejo de Pueblos K’iche’s (CPK), es un símbolo de esta resistencia. Desde 2012, ha denunciado la tala ilegal en la Reserva de Biosfera Maya y la instalación de hidroeléctricas en Quiché. Su activismo le ha costado amenazas de muerte, campañas de difamación y un exilio forzado en 2017. En 2023, el Ministerio Público aún mantiene abiertos dos procesos penales en su contra por «incitación a la rebelión», cargos que organizaciones como <a href="https://www.frontlinedefenders.org/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Front Line Defenders</a> califican de infundados<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a>.</p>



<p>La criminalización sigue un patrón sistemático:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Fabricación de delitos</strong>: Las lideresas son difamadas, estigmatizadas y con un fuerte componente de discurso de odio, con la intención o fin superior de ser acusadas de «terrorismo», «secuestro» o «usurpación agravada», entre otros “delitos” por protestar pacíficamente.</li>



<li><strong>Uso abusivo del sistema penal</strong>: Según&nbsp;<a href="https://udefegua.org.gt/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">UDEFEGUA</a>, entre 2019 y 2023, el 45% de las agresiones contra defensoras indígenas incluyeron detenciones arbitrarias.</li>



<li><strong>Estigmatización mediática</strong>: Medios afines al poder las etiquetan como «anti-desarrollo» o «delincuentes».</li>
</ul>



<p>Según UDEFEGUA el año 2023 fue el peor año para la defensa de los DD. DD. “…Se destaca un notable aumento de las agresiones contra personas defensoras en 2023… documentó un total de 9,496 agresiones durante este periodo. Este aumento forma parte de un patrón de crecimiento en las agresiones denunciadas en informes anteriores desde el año 2020.”</p>



<p>De este 100% de agresiones el 24% es por defender el derecho de acceder a la justicia, dicho informe destaca que el 26.5% de las víctimas son mujeres. Dicho informe también recopila el tipo de agresión sufrida por defensoras (es) son el Hostigamiento y difamación con un 48% y 24% respectivamente representando el 72%. &nbsp;Este hostigamiento no solo viola derechos individuales, sino que debilita la independencia judicial al convertir las cortes en instrumentos de represión.</p>



<p class="has-text-align-center"></p>


		<div class='wp-block-b-chart-chart  align' id='bChart-bb33b2e0-a' data-attributes='{&quot;cId&quot;:&quot;bb33b2e0-a&quot;,&quot;data&quot;:{&quot;labels&quot;:[&quot;Hostigamiento&quot;,&quot;Difamaci\u00f3n&quot;,&quot;Estigmatizaci\u00f3n&quot;,&quot;Calumnia&quot;,&quot;Amenazas&quot;,&quot;Agresi\u00f3n, hostigamiento a integrantes de la familia&quot;,&quot;Otras causas&quot;],&quot;datasets&quot;:[{&quot;label&quot;:&quot;Valores en porcentaje %&quot;,&quot;data&quot;:[48,24,15,4,3,2,4],&quot;backgroundColor&quot;:[&quot;rgba(142, 202, 230, 0.24)&quot;,&quot;#36a28733&quot;,&quot;#ffce5633&quot;,&quot;#4bc0c033&quot;,&quot;#9966ff33&quot;,&quot;#ff9f4033&quot;,&quot;#4527a433&quot;],&quot;borderColor&quot;:[&quot;rgba(142, 202, 230, 1)&quot;,&quot;rgba(33, 158, 188, 1)&quot;,&quot;rgba(2, 48, 71, 1)&quot;,&quot;rgba(255, 183, 3, 1)&quot;,&quot;rgba(251, 133, 0, 1)&quot;,&quot;var(--935eb2)&quot;,&quot;rgba(167, 119, 34, 1)&quot;],&quot;tension&quot;:0.40000000000000002220446049250313080847263336181640625,&quot;borderWidth&quot;:2,&quot;hoverBorderWidth&quot;:2,&quot;pointRadius&quot;:7,&quot;pointHoverRadius&quot;:10,&quot;pointStyle&quot;:&quot;rectRounded&quot;}]},&quot;type&quot;:&quot;radar&quot;,&quot;width&quot;:&quot;100%&quot;,&quot;height&quot;:&quot;500px&quot;,&quot;textColor&quot;:&quot;var(--contrast)&quot;,&quot;isXScale&quot;:false,&quot;isYScale&quot;:false,&quot;title&quot;:&quot;Tipo de agresiones&quot;,&quot;titleFontSize&quot;:27,&quot;titleColor&quot;:&quot;var(--contrast)&quot;,&quot;align&quot;:&quot;&quot;,&quot;background&quot;:{&quot;color&quot;:&quot;#0000&quot;},&quot;isXGridLine&quot;:true,&quot;isYGridLine&quot;:true,&quot;gridLineColor&quot;:&quot;#0000001a&quot;,&quot;alignment&quot;:&quot;center&quot;,&quot;isTitle&quot;:true,&quot;isSubtitle&quot;:false,&quot;subtitle&quot;:&quot;Chart Subtitle&quot;,&quot;subtitleFontSize&quot;:13,&quot;subtitleColor&quot;:&quot;#8344c5&quot;,&quot;isDownload&quot;:false}'></div>

		


<p class="has-text-align-center">Fuente: Elaboración propia con datos de UDEFEGUA, Informe 2023</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="alignleft size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="512" height="256" sizes="auto, (max-width: 512px) 100vw, 512px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-12.png" alt="" class="wp-image-3682" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-12.png 512w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-12-300x150.png 300w" /></figure>
</div>


<p>El caso de Aura Lolita Chávez, líder maya k’iche’, ilustra cómo la falta de independencia judicial se traduce en&nbsp;<strong>criminalización selectiva</strong>. En el año 2017, un juez de Quiché emitió una orden de captura contra ella por «incitar a delitos» tras liderar protestas contra una hidroeléctrica en territorio k’iche’. Presentando como las únicas pruebas del caso los testimonios de los empleados de la empresa, sin que estos pasaran por un proceso de investigación rigurosa.</p>



<p>En buen chapín se podría decir que en Guatemala “<strong>la justicia no es medida con la misma vara” </strong>existe una doble moral judicial, mientras las defensoras son procesadas con celeridad, los casos de asesinatos de líderes indígenas (como el de&nbsp;<strong>Juana Raymundo<a href="#_ftn5" id="_ftnref5"><strong>[5]</strong></a></strong>, 2018) el cual consiguió sentencia condenatoria<a href="#_ftn6" id="_ftnref6">[6]</a> después de 2 años de un proceso judicial.</p>



<p>En el “mejor” de los casos el <strong>exilio </strong>es el último recurso para preservar la vida, por lo que <strong>debe verse o ser considerado como un síntoma de colapso del sistema de justicia</strong>,en el caso de Lolita quien tuvo que refugiarse en España tras amenazas de muerte. Su situación subraya que, sin independencia judicial, el Estado no protege a quienes desafían el estatus quo, sino que los empuja al destierro.</p>



<p>El caso de Aura Lolita Chávez se enmarca especialmente en un patrón más amplio de criminalización de lideresas indígenas en Guatemala. La persecución legal de estas mujeres va más allá de situaciones aisladas sino que responde a dinámicas estructurales en las que se combinan el racismo, el machismo y la represión política. La criminalización se manifiesta a través de acusaciones infundadas, procesos judiciales irregulares y la utilización del aparato del Estado para desarticular movimientos sociales que reclaman derechos históricos.</p>



<p>Por lo que en el contexto actual y de no cambiar la forma en que el poder judicial del país cambie o en realidad funcione como lo indican sus principios, este fenómeno mantendrá una estrategia que tiene diversas implicaciones como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Deslegitimación de demandas legítimas:</strong> Al criminalizar a las lideresas, se busca debilitar el respaldo a las luchas de comunidades indígenas y desviar la atención de las <strong>violaciones estructurales en materia de derechos humanos</strong>.</li>



<li><strong>Instrumentalización del sistema judicial penal:</strong> El uso de procesos legales para perseguir a activistas constituye una grave vulneración del principio de independencia judicial, ya que el sistema se utiliza para fines políticos más que para impartir justicia.</li>



<li><strong>Efectos intimidatorios:</strong> La criminalización genera un clima de miedo y autocensura, impidiendo que otras mujeres y líderes indígenas se pronuncien y defiendan los derechos de sus comunidades.</li>
</ul>



<p>Por lo que ante la situación actual se exige, por tanto, un análisis profundo y una respuesta coordinada por parte de la sociedad civil, organismos internacionales, academia, gremio de periodistas y principalmente los propios actores que integran directa e indirectamente el <a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/3560-urlvqx/">sistema de judicial penal en Guatemala</a>, para revertir estos procesos y garantizar la protección integral de las defensoras, y que en realidad la justicia sea pronta y expedita<a href="#_ftn7" id="_ftnref7">[7]</a>.</p>



<p></p>



<p><strong>Articulo de interes</strong></p>



<p><a href="https://lac.unwomen.org/es/stories/noticia/2022/08/las-mujeres-indigenas-de-guatemala-no-piden-la-palabra-la-toman">https://lac.unwomen.org/es/stories/noticia/2022/08/las-mujeres-indigenas-de-guatemala-no-piden-la-palabra-la-toman</a></p>



<p><strong>Fuentes Citadas</strong></p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li>UDEFEGUA. (2023).&nbsp;<em>Informe anual sobre agresiones a defensoras de derechos humanos en Guatemala</em>.</li>



<li>Amnistía Internacional. (2022).&nbsp;<em>¿Cuántas más? Criminalización de mujeres indígenas en América Latina</em>.</li>



<li>Plataforma Internacional contra la Impunidad. (2021).&nbsp;<em>Acceso a la justicia para pueblos indígenas: Un sistema en deuda</em>.</li>
</ol>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> Acuerdos de Paz de Guatemala</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> Artículo 66 de la Constitución Política de la República de Guatemala</p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> <a href="https://www.ilo.org/es/media/443541/download">https://www.ilo.org/es/media/443541/download</a></p>



<p class="has-text-align-left"><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> <a href="https://www.frontlinedefenders.org/es/profile/aura-lolita-chavez#:~:text=Aura%20Lolita%20Ch%C3%A1vez%20Ixcaquic%20es,amenazante%20expansi%C3%B3n%20de%20megaproyectos%20mineros%2C">https://www.frontlinedefenders.org/es/profile/aura-lolita-chavez#:~:text=Aura%20Lolita%20Ch%C3%A1vez%20Ixcaquic%20es,amenazante%20expansi%C3%B3n%20de%20megaproyectos%20mineros%2C</a></p>



<p><a href="#_ftnref5" id="_ftn5">[5]</a> <a href="https://www.entremundos.org/revista/politica/juanaraymundo">https://www.entremundos.org/revista/politica/juanaraymundo</a></p>



<p class="has-text-align-left"><a href="#_ftnref6" id="_ftn6">[6]</a> <a href="https://www.dw.com/es/guatemala-62-a%C3%B1os-de-c%C3%A1rcel-para-asesino-de-activista-ind%C3%ADgena/a-55048122">https://www.dw.com/es/guatemala-62-a%C3%B1os-de-c%C3%A1rcel-para-asesino-de-activista-ind%C3%ADgena/a-55048122</a></p>



<p><a href="#_ftnref7" id="_ftn7">[7]</a> Es un principio constitucional que establece que las autoridades deben resolver los conflictos de manera rápida, completa, e imparcial.&nbsp;</p>



<p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>El Proceso Penal en Guatemala: Etapas y Características &#8211; Parte II</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/el-proceso-penal-en-guatemala-etapas-y-caracteristicas-parte-ii/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 07 Feb 2025 18:51:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Abuso del proceso penal]]></category>
		<category><![CDATA[Casos de alto impacto Guatemala]]></category>
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		<category><![CDATA[Derechos humanos y justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Estado de derecho en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Impunidad en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[independencia judicial]]></category>
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		<category><![CDATA[Justicia en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia Restaurativa]]></category>
		<category><![CDATA[pacto de corruptos]]></category>
		<category><![CDATA[Proceso penal en Guatemala]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://odgs.ciidhguatemala.org/?p=3610</guid>

					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="El Proceso Penal en Guatemala: Etapas y Características &#8211; Parte II" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-proceso-penal-en-guatemala-etapas-y-caracteristicas-parte-ii/#more-3610" aria-label="Leer más sobre El Proceso Penal en Guatemala: Etapas y Características &#8211; Parte II">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p>Tomando en cuenta lo expuesto en la <a href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-proceso-penal-en-guatemala-etapas-y-caracteristicas-parte-i/">primera parte de este análisis</a>, se hace necesario que población en general, organizaciones de sociedad civil, defensores y defensoras de derechos humanos, entidades de cooperación internacional, periodistas, investigadores y analistas, conozcamos de una forma simple y básica cómo funciona el proceso penal, si se tiene planificado implementar acciones de monitoreo, por lo que estos  conocimientos básicos con terminología de fácil comprensión y entendimiento, son fundamentales para comprender y entender de forma objetiva dicho proceso.</p>



<h4 class="gb-headline gb-headline-b28e4e6e gb-headline-text"><strong>1. Etapa Preparatoria o de Investigación Inicial</strong></h4>



<p>Esta etapa tiene como objetivo recopilar evidencias y elementos de convicción para determinar si existe mérito para llevar a cabo un juicio. Se divide en las siguientes fases:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Denuncia o Querella<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>:</strong> El proceso inicia con la presentación de una denuncia ante el Ministerio Público (MP) o la Policía Nacional Civil (PNC). La denuncia puede ser presentada por cualquier persona, mientras que la querella solo puede ser interpuesta por la víctima o su representante legal.</li>



<li><strong>Investigación:</strong> El Ministerio Público, como titular de la acción penal, dirige la investigación con el apoyo de la PNC. Durante esta fase, se recaban pruebas, se practican diligencias (allanamientos, interrogatorios, peritajes, etc.) y se identifican a los posibles responsables.</li>



<li><strong>Resolución de la Investigación:</strong> Al concluir la investigación, el MP puede:
<ul class="wp-block-list">
<li>Archivar el caso: Si no encuentra suficientes elementos para acusar.</li>



<li>Solicitar el sobreseimiento: Si se determina que no hubo delito o no existe responsabilidad penal.</li>



<li>Presentar acusación: Si considera que hay suficientes pruebas para llevar el caso a juicio.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<h4 class="gb-headline gb-headline-82aba2d2 gb-headline-text"><strong>2. Etapa Intermedia</strong></h4>



<p>Esta etapa tiene como objetivo depurar el caso y prepararlo para el juicio oral y público. Se divide en dos fases:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Control de la Acusación: El juez de primera instancia revisa la acusación presentada por el MP para determinar si cumple con los requisitos legales. En esta fase, el imputado y su defensa pueden presentar excepciones, objeciones o solicitar la exclusión de pruebas.</li>



<li>Apertura a Juicio: Si el juez considera que hay mérito para continuar, emite un auto de apertura a juicio. En caso contrario, puede rechazar la acusación y ordenar el sobreseimiento.</li>
</ul>



<h4 class="gb-headline gb-headline-d7327404 gb-headline-text"><strong>3. Etapa de Juicio Oral y Público</strong></h4>



<p>Es la fase central del proceso penal, donde se debate la culpabilidad o inocencia del acusado. Se caracteriza por ser oral, público, contradictorio y concentrado. Las etapas son:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Audiencia Preliminar: Se fijan los hechos a debatir, se admiten pruebas y se resuelven cuestiones procesales.</li>



<li>Desarrollo del Juicio: Se presentan las pruebas, se escuchan los testimonios de testigos y peritos, y se realizan los alegatos de las partes (MP, defensa y querellante adhesivo).</li>



<li>Sentencia: El tribunal delibera y emite una sentencia, que puede ser:
<ul class="wp-block-list">
<li>Condenatoria: Si se determina la responsabilidad penal del acusado.</li>



<li>Absolutoria: Si no se prueba la culpabilidad más allá de toda duda razonable.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<h4 class="gb-headline gb-headline-5701b877 gb-headline-text"><strong>4. Etapa de Impugnación</strong></h4>



<p>Las partes pueden impugnar la sentencia mediante recursos legales. Los principales son:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Apelación: Se interpone ante el tribunal superior para revisar la sentencia.</li>



<li>Casación: Se presenta ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para revisar aspectos de forma o fondo en la aplicación de la ley.</li>
</ul>



<h4 class="gb-headline gb-headline-950f577a gb-headline-text"><strong>5. Etapa de Ejecución</strong></h4>



<p>Una vez que la sentencia queda firme (es decir, no cabe recurso alguno), se procede a su ejecución. Esta etapa incluye:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Cumplimiento de la Pena: Si la sentencia es condenatoria, el condenado cumple la pena en un centro carcelario.</li>



<li>Libertad: Si la sentencia es absolutoria o el condenado cumple su pena, se ordena su libertad.</li>
</ul>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="886" height="512" sizes="auto, (max-width: 886px) 100vw, 886px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image.png" alt="" class="wp-image-3612" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image.png 886w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-300x173.png 300w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-768x444.png 768w" /></figure>



<h3 class="gb-headline gb-headline-1b89b003 gb-headline-text"><strong>Principios Rectores del Proceso Penal en Guatemala</strong></h3>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Presunción de Inocencia:</strong> Todo imputado se considera inocente hasta que se demuestre lo contrario.</li>



<li><strong>Legalidad:</strong> Solo se puede perseguir penalmente lo que está tipificado como delito en la ley.</li>



<li><strong>Contradicción:</strong> Las partes tienen derecho a debatir y contradecir las pruebas presentadas.</li>



<li><strong>Publicidad:</strong> El proceso es público, salvo excepciones para proteger derechos fundamentales.</li>



<li><strong>Derechos de la Víctima:</strong> La víctima tiene derecho a participar en el proceso como querellante adhesivo y a recibir protección.</li>
</ul>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="741" height="569" sizes="auto, (max-width: 741px) 100vw, 741px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-1.png" alt="" class="wp-image-3613" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-1.png 741w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-1-300x230.png 300w" /></figure>



<h4 class="gb-headline gb-headline-26359d03 gb-headline-text"><strong>Actores Involucrados</strong></h4>



<p>En el proceso penal participan varias personas e instituciones, cada una con un rol específico. Estos actores trabajan juntos para garantizar que el caso se investigue, se juzgue y se resuelva de manera justa. A continuación, te explicamos quiénes son y qué hacen:</p>



<h5 class="gb-headline gb-headline-6924b687 gb-headline-text"><strong>1. El Ministerio Público (MP)</strong></h5>



<p>El Ministerio Público es una institución clave en el proceso penal. Su función principal es representar a la sociedad y velar por la justicia. Sus responsabilidades incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Investigar los delitos</strong>: El MP dirige la investigación con el apoyo de la Policía Nacional Civil (PNC).</li>



<li><strong>Presentar la acusación</strong>: Si encuentra suficientes pruebas, el MP acusa formalmente a una persona ante un juez.</li>



<li><strong>Defender los intereses de la víctima</strong>: El MP vela por los derechos de la víctima durante todo el proceso.</li>
</ul>



<p>El MP es como el «fiscal» o «procurador» en otros países. Su trabajo es asegurarse de que los delitos no queden impunes.</p>



<h5 class="gb-headline gb-headline-dfdb4d35 gb-headline-text"><strong>2. La Policía Nacional Civil (PNC)</strong></h5>



<p>La PNC es la institución encargada de mantener el orden público y apoyar al Ministerio Público en las investigaciones. Sus funciones en el proceso penal incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Recibir denuncias</strong>: La PNC es el primer contacto cuando alguien quiere denunciar un delito.</li>



<li><strong>Recolectar pruebas</strong>: Los agentes de la PNC ayudan a reunir evidencias, como testimonios, objetos o documentos.</li>



<li><strong>Detener a sospechosos</strong>: Si hay una orden de captura, la PNC puede detener a una persona para que sea investigada.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-653e7570 gb-headline-text"><strong>3. El Juez</strong></h5>



<p>El juez es la persona encargada de tomar decisiones importantes durante el proceso penal. Su rol es garantizar que todo se haga conforme a la ley y que se respeten los derechos de todas las partes. Sus funciones incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Controlar la investigación</strong>: El juez supervisa que las pruebas se obtengan de manera legal.</li>



<li><strong>Decidir si hay juicio</strong>: Revisa si hay suficientes pruebas para llevar el caso a juicio.</li>



<li><strong>Dirigir el juicio</strong>: Durante el juicio, el juez escucha las pruebas y los argumentos de ambas partes.</li>



<li><strong>Emitir la sentencia</strong>: Al final, el juez decide si el acusado es culpable o inocente y, en caso de ser culpable, qué pena debe cumplir.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-4601360c gb-headline-text"><strong>4. El Imputado o Acusado</strong></h5>



<p>El imputado o acusado es la persona a quien se le señala como posible responsable de un delito. Tiene derechos importantes, como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Presunción de inocencia</strong>: Se considera inocente hasta que se demuestre lo contrario.</li>



<li><strong>Derecho a defenderse</strong>: Puede contar con un abogado y presentar pruebas en su favor.</li>



<li><strong>Derecho a un juicio justo</strong>: El proceso debe ser transparente y respetar sus derechos.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-84c72d06 gb-headline-text"><strong>5. La Víctima</strong></h5>



<p>La víctima es la persona que ha sufrido directamente el delito. Tiene un papel importante en el proceso penal, ya que puede:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Presentar la denuncia</strong>: Iniciar el proceso penal al reportar el delito.</li>



<li><strong>Participar como querellante adhesivo</strong>: Esto significa que puede unirse al Ministerio Público para apoyar la acusación y presentar sus propias pruebas.</li>



<li><strong>Recibir protección</strong>: Si corre algún riesgo, puede pedir medidas de seguridad.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-4cde3c78 gb-headline-text"><strong>6. El Defensor (Abogado de la Defensa)</strong></h5>



<p>El defensor es el abogado que representa al imputado o acusado. Su trabajo es proteger los derechos de su cliente y asegurarse de que reciba un trato justo. Sus funciones incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Asesorar al imputado</strong>: Explicarle sus derechos y opciones.</li>



<li><strong>Presentar pruebas y argumentos</strong>: Defenderlo durante el juicio.</li>



<li><strong>Impugnar decisiones</strong>: Si no está de acuerdo con alguna decisión del juez, puede presentar recursos legales.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-2b3042df gb-headline-text"><strong>7. El Querellante Adhesivo</strong></h5>



<p>El querellante adhesivo es la víctima o su representante legal que decide participar activamente en el proceso penal. Puede presentar pruebas, hacer preguntas y apoyar la acusación del Ministerio Público.</p>



<h5 class="gb-headline gb-headline-2a8dba01 gb-headline-text"><strong>8. Los Testigos y Peritos</strong></h5>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Testigos</strong>: Son personas que tienen información relevante sobre el caso. Pueden ser testigos presenciales o personas que conocen detalles importantes.</li>



<li><strong>Peritos</strong>: Son expertos en alguna área (como medicina, balística o informática) que ayudan a interpretar pruebas técnicas o científicas.</li>
</ul>



<h5 class="gb-headline gb-headline-b5f8ebd3 gb-headline-text"><strong>9. El Tribunal de Sentencia</strong></h5>



<p>En la etapa de juicio, un tribunal (compuesto por uno o más jueces) es el encargado de escuchar las pruebas, los testimonios y los argumentos de ambas partes. Al final, el tribunal decide si el acusado es culpable o inocente y, en caso de ser culpable, qué pena debe cumplir.</p>



<h5 class="gb-headline gb-headline-2ff4d8df gb-headline-text"><strong>10. Corte Suprema de Justicia (CSJ)</strong></h5>



<p>En casos muy complejos o cuando se presentan recursos de casación, la Corte Suprema de Justicia revisa las decisiones de los jueces para asegurarse de que se aplicó correctamente la ley.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="886" height="917" sizes="auto, (max-width: 886px) 100vw, 886px" src="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-2.png" alt="" class="wp-image-3615" style="width:915px;height:auto" srcset="https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-2.png 886w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-2-290x300.png 290w, https://odgs.ciidhguatemala.org/wp-content/uploads/2025/02/image-2-768x795.png 768w" /></figure>
</div>


<h5 class="gb-headline gb-headline-6940a470 gb-headline-text"><strong>Resumen de los Actores y sus Roles</strong></h5>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table><tbody><tr><td><strong>Actor</strong></td><td><strong>Rol Principal</strong></td></tr><tr><td>Ministerio Público (MP)</td><td>Investigar y acusar. Representar a la sociedad y a la víctima.</td></tr><tr><td>Policía Nacional Civil</td><td>Apoyar la investigación, recoger pruebas y detener a sospechosos.</td></tr><tr><td>Juez</td><td>Tomar decisiones clave y garantizar un proceso justo.</td></tr><tr><td>Imputado/Acusado</td><td>Persona señalada como responsable. Tiene derecho a defenderse.</td></tr><tr><td>Víctima</td><td>Persona afectada por el delito. Puede participar en el proceso.</td></tr><tr><td>Defensor (Abogado)</td><td>Representar y defender al imputado.</td></tr><tr><td>Querellante Adhesivo</td><td>Víctima que participa activamente en el proceso.</td></tr><tr><td>Testigos y Peritos</td><td>Personas que aportan información o conocimientos técnicos sobre el caso.</td></tr><tr><td>Tribunal de Sentencia</td><td>Juzgar y emitir la sentencia.</td></tr><tr><td>Corte Suprema de Justicia</td><td>Revisar decisiones en casos complejos.</td></tr></tbody></table></figure>



<h4 class="gb-headline gb-headline-08262b6f gb-headline-text"><strong>Derechos de las Partes</strong></h4>



<p>El proceso penal en Guatemala garantiza una serie de derechos a todas las partes involucradas, tales como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Derecho a la defensa: Todo acusado tiene derecho a ser asistido por un abogado.</li>



<li>Derecho a un juicio justo: Las partes tienen derecho a ser escuchadas y a presentar pruebas.</li>



<li>Derecho a la presunción de inocencia: Todo acusado es considerado inocente hasta que se demuestre su culpabilidad.</li>
</ul>



<p>En el proceso penal, tanto el imputado (la persona acusada) como la víctima tienen derechos específicos que deben ser respetados en todo momento. Estos derechos están diseñados para garantizar un proceso justo, transparente y equilibrado. A continuación, te explicamos de manera clara y sencilla cuáles son los derechos de cada una de las partes involucradas.</p>



<p><strong>Derechos del Imputado o Acusado</strong></p>



<p>El imputado es la persona a quien se le señala como posible responsable de un delito. Aunque esté siendo investigado o acusado, tiene derechos fundamentales que deben ser respetados. Estos son los principales:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Presunción de Inocencia</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado se considera inocente hasta que se demuestre lo contrario en un juicio.</li>



<li>Nadie puede tratarlo como culpable antes de que se emita una sentencia.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a ser Informado</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado debe ser informado de los cargos en su contra (qué delito se le acusa) y de las pruebas que existen.</li>



<li>También debe ser notificado de sus derechos, como el derecho a un abogado.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a un Abogado</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado tiene derecho a ser representado por un abogado defensor.</li>



<li>Si no puede pagar uno, el Estado debe proporcionarle un defensor público gratuito.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Guardar Silencio</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado no está obligado a declarar en su contra.</li>



<li>Puede negarse a responder preguntas si así lo decide.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Presentar Pruebas y Argumentos</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado puede presentar pruebas y testigos en su defensa.</li>



<li>También puede contradecir las pruebas presentadas en su contra.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a un Juicio Justo y Público</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El juicio debe ser imparcial, transparente y realizado dentro de un plazo razonable.</li>



<li>El imputado tiene derecho a ser escuchado y a que se respeten todas las garantías procesales.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Impugnar Decisiones</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si el imputado no está de acuerdo con una decisión del juez, puede presentar recursos legales, como una apelación.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a no ser Sometido a Tratos Crueles o Inhumanos</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El imputado no puede ser torturado, maltratado o humillado durante el proceso.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p><strong>Derechos de la Víctima</strong></p>



<p>La víctima es la persona que ha sufrido directamente el delito. También tiene derechos importantes que buscan protegerla y garantizar su participación en el proceso. Estos son los principales:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Derecho a Denunciar</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima puede presentar una denuncia o querella ante el Ministerio Público o la Policía Nacional Civil.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a ser Informada</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima debe ser informada sobre el avance de la investigación y las decisiones importantes, como el cierre del caso o la apertura a juicio.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Participar en el Proceso</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima puede participar como <strong>querellante adhesivo</strong>, lo que significa que puede unirse al Ministerio Público para apoyar la acusación y presentar pruebas.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Protección</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si la víctima corre algún riesgo (por ejemplo, amenazas del acusado), puede solicitar medidas de protección, como escolta policial o cambio de identidad.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a ser Escuchada</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima tiene derecho a ser escuchada durante el proceso, especialmente en el juicio, donde puede presentar su versión de los hechos.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Reparación</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima puede pedir una indemnización por los daños sufridos, ya sea económica, moral o psicológicamente.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Asistencia Legal</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si la víctima no puede pagar un abogado, puede solicitar asistencia legal gratuita para representarse en el proceso.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Respeto y Dignidad</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>La víctima debe ser tratada con respeto y sin discriminación durante todo el proceso.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p><strong>Derechos del Ministerio Público (MP)</strong></p>



<p>Aunque el MP no es una «parte» en el sentido tradicional, también tiene derechos y facultades para cumplir su rol:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Derecho a Investigar</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El MP tiene la facultad de dirigir la investigación y recopilar pruebas.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Acusar</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si encuentra suficientes pruebas, el MP puede presentar una acusación formal ante el juez.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Participar en el Juicio</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El MP presenta las pruebas y argumentos para demostrar la culpabilidad del acusado.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p><strong>Derechos de la Defensa (Abogado del Imputado)</strong></p>



<p>El abogado defensor también tiene derechos para garantizar una defensa adecuada:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>Derecho a Acceder a las Pruebas</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>El defensor puede revisar todas las pruebas que el MP tiene en su contra.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Presentar Pruebas y Argumentos</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Puede presentar testigos, documentos y otras pruebas en favor del imputado.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>Derecho a Impugnar Decisiones</strong>:
<ul class="wp-block-list">
<li>Si no está de acuerdo con una decisión del juez, puede presentar recursos legales.</li>
</ul>
</li>
</ol>



<p><strong>Resumen de los Derechos de las Partes</strong></p>



<figure class="wp-block-table is-style-stripes"><table><tbody><tr><td><strong>Parte</strong></td><td><strong>Derechos Principales</strong></td></tr><tr><td><strong>Imputado/Acusado</strong></td><td>Presunción de inocencia, derecho a un abogado, guardar silencio, presentar pruebas, juicio justo.</td></tr><tr><td><strong>Víctima</strong></td><td>Denunciar, ser informada, participar en el proceso, protección, reparación, asistencia legal.</td></tr><tr><td><strong>Ministerio Público</strong></td><td>Investigar, acusar, participar en el juicio.</td></tr><tr><td><strong>Defensor (Abogado)</strong></td><td>Acceder a pruebas, presentar defensa, impugnar decisiones.</td></tr></tbody></table></figure>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> En Guatemala, la denuncia es un acto de conocimiento, mientras que la querella es una declaración de voluntad.&nbsp;La denuncia es una obligación, mientras que la querella es un derecho.&nbsp;</p>



<p>Denuncia&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Es un acto de colaboración con la justicia</li>



<li>Puede ser presentada por cualquier persona</li>



<li>Puede ser verbal o escrita</li>



<li>Puede ser anónima</li>



<li>No requiere requisitos formales</li>



<li>Se puede presentar ante la policía, el Ministerio Público o la autoridad judicial</li>
</ul>



<p>Querella&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Es un acto voluntario</li>



<li>Es un derecho de las personas directamente afectadas por el delito</li>



<li>Requiere requisitos formales</li>



<li>Debe ser presentada por escrito</li>



<li>Se debe presentar ante el juez o tribunal competente</li>



<li>Requiere la intervención de abogado y procurador</li>



<li>Puede requerir una fianza</li>
</ul>



<p>La denuncia y la querella son actos procesales que se utilizan para iniciar una investigación y un proceso judicial por un delito.&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>El Proceso Penal en Guatemala: ¿justicia o herramienta de persecución? &#8211; Parte I</title>
		<link>https://odgs.ciidhguatemala.org/el-proceso-penal-en-guatemala-etapas-y-caracteristicas-parte-i/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[ODGS]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 03 Feb 2025 16:10:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Corrupción]]></category>
		<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[Publicaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Abuso del proceso penal]]></category>
		<category><![CDATA[Casos de alto impacto Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[cooptación del estado]]></category>
		<category><![CDATA[criminalización]]></category>
		<category><![CDATA[Criminalización de activistas]]></category>
		<category><![CDATA[criminalización defensores de derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos humanos y justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Estado de derecho en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Impunidad en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[independencia judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Independencia judicial en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[justicia abierta]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[pacto de corruptos]]></category>
		<category><![CDATA[Proceso penal en Guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[Sistema de justicia guatemalteco]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://odgs.ciidhguatemala.org/?p=3604</guid>

					<description><![CDATA[ ... <p class="read-more-container"><a title="El Proceso Penal en Guatemala: ¿justicia o herramienta de persecución? &#8211; Parte I" class="read-more button" href="https://odgs.ciidhguatemala.org/el-proceso-penal-en-guatemala-etapas-y-caracteristicas-parte-i/#more-3604" aria-label="Leer más sobre El Proceso Penal en Guatemala: ¿justicia o herramienta de persecución? &#8211; Parte I">Leer más &#62;&#62;</a></p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Por: Yonni Aguilar &#8211; observatoriociidh@gmail.com</p>



<p>El proceso penal guatemalteco, se encuentra regulado por el Código Procesal Penal (Decreto 51-92), el cual establece principios como la&nbsp;<strong>independencia judicial</strong>, presunción de inocencia y legalidad, los cuales son fundamentales para garantizar un Estado de derecho.</p>



<p>Sin embargo, en el contexto actual tanto político, económico e ideológico, Guatemala enfrenta grandes desafíos que socavan estos principios, particularmente en casos que involucran a activistas de derechos humanos, quienes en los últimos años se han visto bajo un ataque constante por el ámbito en que se encuentran específicamente por su involucramiento en la defensa de los derechos no solo de personas a nivel individual, sino del territorio, de la naturaleza, entre otros.</p>



<p>De tal cuenta la independencia judicial, como hemos abordado en análisis o artículos anteriores, es un pilar esencial para evitar la injerencia de poderes políticos, económicos o criminales en las decisiones judiciales. En los últimos años en Guatemala, se han documentado situaciones que cuestionan este principio, por ejemplo, las diversas <strong>presiones políticas y corrupción </strong>donde organismos como la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han señalado y denunciado públicamente, la infiltración de redes de corrupción en el sistema de justicia. Jueces y fiscales que investigaban casos de alto impacto (como corrupción o violaciones de derechos humanos) han enfrentado campañas de desprestigio, amenazas o destituciones arbitrarias y creados casos que han sido judicializados donde se les vinculas a ilegalidades en su accionar.</p>



<p>El <strong>uso estratégico o malicioso de recursos legales </strong>presentador por los sectores tradicionalmente poderosos (económico y político) quienes han instrumentalizado recursos como&nbsp;<strong>acciones de amparo</strong>&nbsp;o&nbsp;<strong>recursos de apelación</strong>&nbsp;para retrasar o bloquear procesos judiciales, afectando la imparcialidad de las resoluciones, y en contubernio con las actuales autoridades del OJ y de la CSJ, de tal cuenta que los casos de alto impacto se han desestimado o anulado las acciones que integraban dichos casos.</p>



<p>Como resultado de este incremento en la impunidad en el sistema de justicia de igual forma se incrementa de forma exponencial, la criminalización de defensores y organizaciones de derechos humanos, como una práctica recurrente que viola los principios del proceso penal, <strong>Abuso de la etapa de investigación, p</strong>rincipalmente el rol que el Ministerio Público (MP) ha jugado en los últimos años, donde han sido acusados de iniciar investigaciones basadas en denuncias falsas o pruebas fabricadas contra activistas. Esto contradice el principio de&nbsp;<strong>legalidad</strong>, persiguiendo actores que defiendes derechos legítimos, y en otros casos han implementado la estrategia de “engavetar” aquellos casos de quienes son afines o de quienes defienden intereses en común.</p>



<p>Recursos como <strong>querellas maliciosas, </strong>en Guatemala los sectores empresariales o políticos han utilizado la figura del&nbsp;<strong>querellante adhesivo</strong>&nbsp;para judicializar conflictos sociales, acusando a líderes indígenas, ambientalistas o periodistas de delitos como «usurpación» o «coacción». acciones buscan desgastar a los activistas mediante procesos largos y costosos.</p>



<p>la <strong>falta de garantías en el juicio</strong>, principalmente en casos emblemáticos, como el de Bernardo Caal Xol (defensor ambiental), donde a lo largo del proceso se observaron y denunciaron irregularidades como la exclusión de pruebas favorables al acusado y la parcialidad de tribunales, violando el derecho a un&nbsp;<strong>juicio justo</strong>&nbsp;y la&nbsp;<strong>contradicción de pruebas</strong>.</p>



<p>Cuandose realiza un breve análisis o comparación entre el <strong>marco legal vs. realidad práctica, </strong>se puede iniciar haciendo referencia al marco legal guatemalteco establece protecciones robustas como la Ley de Víctimas del Delito (Decreto 33-2006), su aplicación es selectiva, por ejemplo se puede hacer en una primera instancia:</p>



<ol style="list-style-type:lower-alpha" class="wp-block-list">
<li><strong>Los derechos del imputado<a href="#_ftn1" id="_ftnref1"><strong>[1]</strong></a> vs. activistas</strong>: aquí podemos decir que mientras el Código Procesal Penal garantiza la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, los activistas enfrentan estigmatización mediática y trato discriminatorio desde la etapa investigativa, ciertos grupos en redes sociales y medios de comunicación han expresado que esta estrategia es una muerte civil para sus enemigos o contrarios políticos o ideológicos.</li>



<li><strong>La protección insuficiente a víctimas-defensores</strong>: A pesar del derecho que asiste a las víctimas a contar con medidas de protección, organizaciones como la Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos (UDEFEGUA) reportan un aumento de agresiones contra activistas, con escasa respuesta estatal. O inclusive aun que el ataque se de desde uno de los poderes del estado, activando toda esa maquinaria con un fin en particular.</li>
</ol>



<p>Por lo que él <strong>impacto en el Estado de Derecho </strong>de estas prácticas solamente causan una erosión en la confianza en las instituciones y generan un clima de impunidad, contribuyendo con un <strong>Efecto disuasorio</strong> por esta estrategia de criminalización con el objetivo que busca desincentivar la participación ciudadana en la denuncia de abusos, especialmente en comunidades indígenas y rurales.  Causando un <strong>debilitamiento de la justicia transicional</strong>, principalmente en casos relacionados con el conflicto armado interno o crímenes de lesa humanidad enfrentan obstrucciones sistemáticas, como la destitución de fiscales especializados.</p>



<p>De tal cuenta que, el proceso penal en Guatemala establece un sistema acusatorio adversarial<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>. Este sistema se caracteriza por la separación de funciones entre los órganos de investigación, acusación y juzgamiento, garantizando los derechos de las partes involucradas, especialmente los de la víctima y el imputado.</p>



<p>El proceso penal en Guatemala es un conjunto de normas y procedimientos que regulan la investigación, persecución y sanción de los delitos. El objetivo de este sistema es garantizar el respeto a los derechos humanos, la justicia y la verdad en el marco de un Estado de derecho.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> Persona que se encuentra en un proceso penal por la presunta comisión de un delito.&nbsp;</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> Sistema de justicia penal que se caracteriza por la confrontación entre la Fiscalía y la defensa ante un juez imparcial.&nbsp;El juez decide la condena o absolución de la persona acusada basándose en las pruebas y argumentos presentados por ambas partes.&nbsp;</p>



<p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
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